Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2006 (02/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Que, sin embargo, aun cuando las Bases del MORDAZA fueron excesivamente rigurosas como se menciona en el mismo resolutivo, una vez que estas quedan integradas se convierten en reglas definitivas y no pueden ser cuestionadas en ninguna otra via ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, conforme lo contempla el articulo 117º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, primer parrafo; Que, en este contexto, el Poder Judicial solo cumplio con requerir toda la documentacion de acuerdo a la normativa vigente asi como atendiendo a lo senalado en las Bases Integradas del proceso; Que, la Resolucion emitida por el Tribunal tiene una abierta contradiccion con lo establecido en las Bases que normaron el MORDAZA y que incluso fueron opor tunamente revisadas por el mismo Tribunal (Resolucion Nº 503/2005.TC-SU) con motivo del Recurso de Revision interpuesto por el mismo impugnante, sin merecer observacion alguna; Que, otro aspecto de especial relevancia que no fue apreciado por dos de los senores integrantes de la Sala que hicieron mayoria para emitir la Resolucion Nº 934/ 2005.TC-SU, fue el hecho de que el Representante Legal del Consorcio se ausentara repentinamente de la reunion sostenida el 22 de junio ultimo, sin llegar a firmar el contrato por temor a la fiscalizacion posterior de la documentacion presentada, como consta en el Acta elaborado por el Dr. MORDAZA Vera; esta situacion deberia acarrear la perdida del derecho a suscribir el contrato; Que, por las consideraciones precedentemente expuestas resulta conveniente, conforme a lo dispuesto por el articulo 174º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, interponer la accion contencioso - administrativa contra dicha Resolucion, para lo cual debe autorizarse a la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial; De conformidad con el Informe Legal Nº 538-2005OAL-GG-PJ, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, modificado por la Ley Nº 27465; y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, el inicio de la accion contencioso - administrativa contra la Resolucion Nº 934/2005.TC-SU emitida por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por los fundamentos MORDAZA expuestos. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los actuados del caso a la Procuraduria Publica referida en el articulo precedente, para las acciones pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 01990

El Memorandum Nº 1077-2005-OAL-GG/PJ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal del Poder Judicial, el Memorandum Nº 1251-2005-GPEJ-GG/PJ emitido por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial, el Informe Nº 086-2005-SRB-GPEJ-GG/PJ y los antecedentes que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, al Dr. MORDAZA MORDAZA Arcaya MORDAZA, ex Vocal Provisional de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, se le efectuo un pago indebido de remuneraciones ascendente a S/. 2,242.67 (Dos Mil Doscientos Cuarentidos y 67/100 Nuevos Soles) y S/. 408.00 (Cuatrocientos Ocho y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de bonos jurisdiccionales correspondiente al periodo agosto - setiembre de 1996; Que, por Resolucion de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial Nº 1952-2003-GPEJ-GG-PJ, quedo establecida la responsabilidad economica del ex Magistrado; Que, mediante la Carta Nº 111-2004-SRB-GPEJGGIPJ, el Subgerente de Remuneraciones y Beneficios requirio al ex Magistrado al cumplimiento de la obligacion pendiente; Que, al ex servidor se le remitio, adjunta a la Carta Nº 145-2005-SRB-GPEJ-GG/PJ, del 25 de MORDAZA del 2005, una Autorizacion de Extorno a fin que la devuelva firmada, para efectuar el cargo respectivo en su Cuenta de Ahorros del Banco de la Nacion, sin que hasta la fecha se MORDAZA producido la devolucion del mismo. En dicho documento se le comunica que los intereses legales ascienden a la suma de S/. 277.24 (Doscientos Setentisiete y 24/100 Nuevos Soles) en consecuencia la obligacion puesta a cobro hasta la fecha es de S/. 2,927.91 (Dos Mil Novecientos Veintisiete y 91/100 Nuevos Soles); y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra el Dr. MORDAZA MORDAZA Arcaya MORDAZA, ex Vocal Provisional de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 01994

Autorizan a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial iniciar acciones contra ex Vocal Provisional de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 036-2006-P-PJ MORDAZA, 25 de enero del 2006

Autorizan a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial iniciar acciones legales contra presunto responsable de ilicito penal en la MORDAZA de declaracion jurada
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 039-2006-P-PJ MORDAZA, 25 de enero del 2006

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