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PÆg. 311793 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de febrero de 2006 otorgándose el plazo de ley para la interposición de las tachas respectivas; Que, mediante Oficio Nº 211-2006-SG/JNE, de fecha 20 de enero de 2006, el Jurado Nacional de Eleccionescomunica a la Secretaría General de la ONPE, que a lafecha se ha recibido la tacha formulada por el señor Francisco Salas Gómez contra los señores Jeffrey Martel Ávila y María Teresa Charún Illescasseleccionados como jefes de ODPE; Que, el Jurado Electoral Especial del Cusco se ha pronunciado con Resolución Nº 001-2006-JEE-Cusco,del 21 de enero del 2006, declarando improcedente la tacha interpuesta contra los señores citados en el párrafo precedente, resolución contra la cual procede recursode apelación, de acuerdo al artículo 49º de la LeyNº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que, en atención a lo expuesto, con fecha 25 de enero del presente año, se publicó la Resolución Jefatural Nº 020-2006-J/ONPE, con la cual se designan a Jefes y Asistentes Administrativos de las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales quedesempeñarán sus funciones en las elecciones antescitadas, excluyendo a las dos personas que fueron objetode tachas, por lo que, no se designó al jefe de ODPE de Sullana ni de Chachapoyas; Que, con Oficio Nº 397-2006-SG/JNE, del 31 de enero de los corrientes, el Jurado Nacional de Elecciones, informaa la Secretaría General de la ONPE que respecto a laResolución Nº 001-2006-JEE-Cusco no se ha interpuestoningún recurso de apelación, motivo por el cual el JEE- Cusco la ha declarado consentida y ordena su archivo; Que, mediante el Memorando de vistos la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional haprocedido a realizar la asignación de las personas quedesempeñarán sus funciones como jefes de ODPE enlas circunscripciones de Sullana y Chachapoyas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los literalesc) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487,Ley Orgánica de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales, así como, el literal d) y aa) del artículo 9º, desu Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; y, Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, a los señores Jeffrey Martel Ávila y María Teresa Charún Illescas en el cargo de Jefe de las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales de las ODPEde Sullana y Chachapoyas, respectivamente, quienesdesempeñarán sus funciones en las EleccionesGenerales para Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República, y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2006. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de lapresente resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa NacionalOficina Nacional de Procesos Electorales 01980 S B S Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema deSeguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1977-2005 Lima, 30 de diciembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Efraín Aníbal Rosas Liendo para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 19-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º delReglamento del Registro del Sistema de Seguros hacalificado y aprobado la inscripción respectiva en elindicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros- Ley Nº 26702, y sus modificatorias; en virtud de lafacultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005del 25 de julio de 2005 y Resolución SBS Nº 1886-2005del 21 de diciembre del 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Efraín Aníbal Rosas Liendo con matrícula Nº N-3783 enel Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales, quelleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO QUEVEDO FLORIDO Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 01872 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran fundada demanda de inconstitucionalidad respecto de lasOrdenanzas N”s. 001-1998-MDSL y otras emitidas por la Municipalidad Distrital de San Luis, sobre arbitriosmunicipales EXPEDIENTE Nº 0012-2005-PI/TC PEDRO PABLO FERNÁNDEZ SOLIS MÁS DEL 1 % DE CUIDADANOS SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 26 días del mes de setiembre de 2005, el Tribunal Constitucional en sesión de PlenoJurisdiccional, con la asistencia de los magistrados Alva Orlandini, Presidente; Bardelli Lartirigoyen, Vicepre- sidente; Gonzales Ojeda, García Toma, Vergara Gotelliy Landa Arroyo, pronuncia la siguiente sentencia. I. ASUNTO Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por don Pedro Pablo Fernández Solís, en representación de laAsociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Las Moras (APRULM) del distrito de San Luis y más del 1% de ciudadanos del referido distrito,