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PÆg. 312289 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de febrero de 2006 VISTO: El oficio Nº 018-2006-DINESS/UDCREES, presentado por el Director Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica del Ministerio de Educación, de fecha 13 de enero del 2006, subsanada mediante oficio Nº 050-DM-2006 del 7 de febrero del presente, a fin que se autorice las campañas publicitarias de difusión sobre el uso y cuidado de los textos escolares y material educativo y sobre el diseño curricular nacional; y, CONSIDERANDO: Que, del análisis de contenidos de las campañas publicitarias cuya autorización se solicita se aprecia que los mismos no hacen alusión u otra señal similar de alguna organización política de forma tal que la ciudadanía la relacione directa o indirectamente, con ésta o con el gobierno de turno; por tanto, no contraviene lo dispuesto en el artículo 192º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859. Por los fundamentos expuestos, habiendo el recurrente cumplido con los requisitos exigidos por el Art. 7º de la Resolución Nº 387-2005-JNE; y, en uso de las facultades de que está investido, el Jurado Electoral Especial Lima-Centro: RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica del Ministerio de Educación, la contratación de publicidad a fin de promover la campaña de difusión sobre el uso y cuidado de los textos escolares y material educativo y sobre el diseño curricular nacional, a través de material impreso, audiovisual y promocional en el plazo y en los términos que se señalan en los documentos anexos que forman parte de la solicitud presentada. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ZÁRATE GUEVARA MEDINA GALDÓS MARTÍNEZ GARCÍA 02494 Autorizan a la SEPS la contratación de publicidad en medios de prensa escrita JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 060-2006-JEE/LC Lima, 6 de febrero del 2006 VISTO: El Oficio en subsanación Nº 00003-2006- SEPS/OC de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, del 1 de febrero del 2006, sobre autorización de difusión de publicidad estatal mediante avisos en prensa escrita; en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Elecciones y de la Resolución Nº 387-2005-JNE; y, CONSIDERANDO: Que, según el "Reglamento sobre el uso de publicidad estatal para las elecciones generales" aprobado mediante Resolución Nº 387-2005-JNE, las entidades que requieran contratar avisos publicitarios deben solicitar autorización al Jurado Nacional de Elecciones; estableciéndose en el numeral 6.4 que en ningún caso podrá contener o hacer alusión a colores, nombres, signos distintivos o similares de alguna organización política de forma tal que la ciudadanía lo relacione, directa o indirectamente, con ésta o con el gobierno de turno;Que, analizado el texto y formato del aviso a publicar en los diarios "La República", "Gestión" y revista especializada "Gestión Médica" así como el folleto institucional para atención del público y afiliado, no se advierten elementos que vulneren lo dispuesto en las normas limitativas sobre publicidad estatal, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado por la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; Por los fundamentos expuestos, al amparo de lo dispuesto por el artículo 178º de la Constitución; y, en uso de las facultades de que está investido, el Jurado Electoral Especial Lima-Centro: RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Superinten- dencia de Entidades Prestadoras de Salud la contratación de publicidad a ser publicada en los medios a que hace referencia la parte considerativa de la presente Resolución y de acuerdo a la información técnica presentada. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ZÁRATE GUEVARA MEDINA GALDÓS MARTÍNEZ GARCÍA 02495 Aprueban realización de publicidad estatal presentada por el Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 061-2006-JEE/LC Lima, 1 de febrero del 2006 VISTA: La Carta 008-PD.GL.GCC/2006, presentada por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, mediante la cual el Presidente del Consejo Directivo de dicho organismo supervisor solicita autorización de publicidad estatal; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre del 2005 en el Diario Oficial, se convocó a elecciones generales para el 9 de abril del 2006, precisando que dicho proceso electoral se regirá por las disposiciones de la Constitución Política del Estado, de la Ley Nº 26859 y sus modificatorias, las Leyes Nºs. 25851 y 28360; Que, el artículo 192º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modificado por Ley Nº 27369, prohíbe al Estado efectuar propaganda política a través de publicaciones oficiales o estaciones de televisión o imprenta, públicos o privados a favor o en contra de cualquier partido, agrupación independiente o alianza, a partir de la convocatoria a elecciones, salvo casos de impostergable necesidad o utilidad pública, limitación que recoge en esencia, el artículo 53º de la Ley de Radio y Televisión Nº 28278; Que, el Reglamento para el uso de publicidad estatal para las elecciones generales aprobado mediante Resolución Nº 387-2005-JNE, señala en el acápite 6.3 del numeral 6, que las Entidades están exceptuadas de la prohibición general, sólo en los casos de impostergable necesidad o utilidad pública, acorde a sus políticas institucionales; estableciendo el procedimiento que las entidades del Estado deben seguir para obtener autorización del Jurado Nacional de Elecciones; la misma