Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2006 (13/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2006

Que a traves del escrito de registro Nº CE-00625002, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. solicito cambio de nombre de la embarcacion pesquera "JAVIER" de matricula Nº CO-13008-PM por la de "TASA 54", asi como el cambio de titular del permiso de pesca para operar la mencionada embarcacion pesquera, acreditando ser armador de la embarcacion pesquera en virtud al Certificado Compendioso de Dominio emitido por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel ( Trachurus picturatus MORDAZA ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Nº 19-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente modificar el nombre de la embarcacion "JAVIER" por el de "TASA 54"; Que respecto a la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera "TASA 54" (ex JAVIER), se ha verificado a traves de los documentos obrantes en el expediente, que la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., ha adquirido la posesion inmediata de la citada embarcacion pesquera en merito al "Contrato de Arrendamiento Financiero" celebrado por Escritura Publica entre el Banco Continental y la Empresa Tecnologica de Alimentos S.A., el 15 de setiembre de 2004, lo cual se encuentra corroborado con el respectivo Certificado Compendioso de Dominio; Que asimismo, se ha determinado que la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, acreditando de esta forma que posee la calidad de armador de la embarcacion pesquera "TASA 54" (ex JAVIER), motivo por el cual procede aprobar el cambio de titular de la citada embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 146-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 353-97-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP, que a su vez fue modificada por la Resolucion Directoral Nº 133-2004-

PRODUCE/DNEPP, solo en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "JAVIER" de matricula Nº CO-13008-PM, la misma que en adelante se denominara "TASA 54". Articulo 2º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "TASA 54" (ex JAVIER) de matricula Nº CO13008-PM, otorgado por Resolucion Ministerial Nº 35397-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 1492002-PRODUCE/DNEPP y que, a su vez, fue modificada por la Resolucion Directoral Nº 133-2004-PRODUCE/ DNEPP, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP a favor de la EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A. para operar la embarcacion denominada "JAVIER" de matricula Nº CO13008-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion "TASA 54" (ex JAVIER) de matricula Nº CO-13008-PM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A. Articulo 5º.- El acceso al recurso sardina, en lo que corresponde al permiso de pesca de la embarcacion pesquera "TASA 54" (ex JAVIER), sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo R.S.W. o C.S.W., cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y publicarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 02645

SALUD
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Supe "Laura MORDAZA MORDAZA Dulanto"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-2006/MINSA MORDAZA, 9 de febrero del 2006 Visto el Expediente Nº 05-554714-001, que contiene el Oficio Nº 1333-2005-HBC-SBS-UPPR-D del Hospital de Supe "Laura MORDAZA MORDAZA Dulanto"; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, dispone que en cumplimiento a la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y segun lo establecido en los Reglamentos de Organizacion y Funciones respectivos, se formularan los MORDAZA para Asignacion de Personal y los Presupuestos Analiticos de Personal modificados del Ministerio de Salud, de sus Organos Desconcentrados que integran el Pliego

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