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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (13/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de febrero de 2006 SEGUROS S.A. del Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De losCorredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredoresde Seguros Generales y de Vida), por los motivos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 02667 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G79/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G72/GFA/G73/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN SBS Nº 144-2006 Lima, 3 de febrero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice la apertura deuna agencia ubicada en la calle Horacio Zevallos s/n, Mz. J, Lote 1, Puerto Esperanza, distrito y provincia de Purús, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la aperturasolicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B" mediante el Informe Nº 018-2006-DEB "B"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegadamediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación la apertura de una agencia ubicada en la calle Horacio Zevallos s/n, Mz. J, Lote 1, Puerto Esperanza, distrito y provincia de Purús, departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02508 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6D/G61/G6E/G64/G61/G20/G64/G65 /G69/G6E/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G36/G31/G37/G20/G2D/G20/G4C/G65/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G6C/G61/G42/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO JURISDICCIONAL 0030-2005-PI/TC SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Del 2 de febrero de 2006 Más del 25% del número legal de miembros del Congreso de la República (demandantes) c. Congreso de la República (demandado)Asunto: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más del 25% del número legal de miembros del Congreso de la República contra la Ley Nº 28617 -Ley que establece la Barrera Electoral-. Magistrados firmantes: GARCÍA TOMA GONZALES OJEDA ALVA ORLANDINIBARDELLI LARTIRIGOYEN VERGARA GOTELLI LANDA ARROYO EXPEDIENTE Nº 0030-2005-PI/TC LIMA MÁS DEL 25% DEL NÚMERO LEGAL DE MIEMBROS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 2 días del mes de febrero de 2006, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, integrado por los magistrados García Toma, presidente;Gonzales Ojeda, vicepresidente; Alva Orlandini, Bardelli Lartirigoyen, Vergara Gotelli y Landa Arroyo, con el fundamento de voto del magistrado Alva Orlandini,pronuncia la siguiente sentencia I. ASUNTO Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más del 25% del número legal de miembros del Congreso de la República contra la Ley Nº 28617, que modifica los artículos 20º y 87º de la Ley Nº 26859 -LeyOrgánica de Elecciones-, y el artículo 13º, inciso a), de la Ley Nº 28094 -Ley de Partidos Políticos-. II. DATOS GENERALES Tipo de proceso: Proceso de inconstitucionalidad.Demandantes : 35 Congresistas de la República. Norma sometida a control : Ley Nº 28617. Bienes constitu- : El derecho a participar, en forma cionales cuya individual o asociada, en la vida afectación se política de la Nación (artículo 2º, alega: in ciso 17); el derecho de los ciudadanos de ser elegidos y de elegir libremente a sus repre-sentantes (artículo 31º); de ejercer sus derechos individual- mente, o a través de organiza-ciones políticas, y que tales organizaciones concurran en la formación y manifestación de lavoluntad popular (artículo 35º); haber excedido de los requisitos previstos constitucionalmentepara ser congresista (artículos 90º y 91º); el principio de que el sistema electoral tiene por finalidadasegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de losciudadanos, y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresadaen las urnas por votación directa (artículo 176º); el derecho a que el escrutinio de los votos se realiceen acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio (artículo 85º); el sistema de representaciónproporcional de las elecciones pluripersonales (artículo 187º).