Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2006 (13/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 312503

Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02250 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1152-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de noviembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 1622-2005-GP/SGDAC/RENIEC e Informe Nº 1200-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 3 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia Registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, siendo la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, el organo de linea encargado de las labores de depuracion y actualizacion de datos, se ha podido detectar que diversos ciudadanos, que forman parte del Informe del Visto, han recurrido al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, declarando datos que no corresponden a la verdad, los mismos que han sido detectados y corresponde tomar acciones legales con relacion a los ellos, en aplicacion de la Ley Nº 14207 y su Reglamento; Que, conforme a los expedientes remitidos por la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, de acuerdo a su procedimiento y luego de un minucioso examen, en cuanto a las inscripciones de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la inscripcion Nº 80356793 y Nº 80546012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MONJARAS titular de la inscripcion Nº 80653856, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORREDOR titular de la inscripcion Nº 80623709, MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la inscripcion Nº 80158128 , respectivamente, se ha podido detectar, en cada caso, que estos han recurrido al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, a efectos de inscribirse declarando datos que no corresponden a la verdad, por lo que habrian afectado el procedimiento registral en cada caso y de manera concurrente, se encuentran dentro de las causales de exclusion del Registro, de manera taxativa en el Articulo 67º de la Ley Nº 14207 y el Decreto Supremo Nº 039-62-JUS, consideradas como una Declaracion de Datos Falsos; Que, los hechos MORDAZA descritos por la forma y circunstancias como se han llevado a cabo, constituyen indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad Ideologica, conforme asi ha opinado la Gerencia de Asesoria Juridica, el mismo que se encuentra previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal, en tanto la conducta mostrada por estos se adecua al MORDAZA penal en referencia; Que en atencion a las consideraciones expuestas, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos Judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra las personas mencionadas en los documentos del Visto; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MONJARAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORREDOR y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, por la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02251

SBS
Cancelan certificado de inscripcion de Atesa Corredores de Seguros S.A. del Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 102-2006 MORDAZA, 1 de febrero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Battistini, para que se cancele la inscripcion de la empresa ATESA CORREDORES DE SEGUROS S.A. del Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Seccion II : De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida); y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha procedido a la modificacion de su denominacion y objeto social, tal como consta en la acta de acuerdo de la Junta General de Accionistas celebrada el 15 de setiembre de 2005 e inscrita con fecha 13 de enero de 2006 en el asiento B0002 de la partida electronica Nº 03019701 de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; y, Estando a lo opinado por el Departamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Informe Nº 010-2006-RIAS; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar el certificado de inscripcion Nº J-0051 de la empresa ATESA CORREDORES DE

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.