Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2006 (13/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2006

del 2004 - Estatuto del CONAFU en su articulo 11º, Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades en su Sesion Ordinaria del 11 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones; evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional y tambien solicitudes de autorizacion para funcionamiento definitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo, teniendo ademas como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU y, en su articulo 11º Son atribuciones del pleno del CONAFU, en su inciso s) Constituir y designar comisiones especiales para el desempeno de encargos especificos; Que, por Ley Nº 27154, se institucionaliza la Acreditacion de Facultades o Escuelas de Medicina Humana en las Universidades del MORDAZA, para garantizar la calidad e idoneidad de la formacion academicoprofesional de los medicos cirujanos y de la atencion de salud a la comunidad, estando entre otros dicha Comision, por un representante del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU; Que, por Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades en su Sesion Ordinaria del 11 de enero del 2006, acordo por UNANIMIDAD designar al doctor MORDAZA MORDAZA Huarachi MORDAZA como representante del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU ante la Comision para la Acreditacion de Escuelas o Facultades de Medicina Humana - CAFME el mismo que MORDAZA efecto a partir de la expedicion de la Resolucion correspondiente; Estando a lo expuesto, la Ley Nº 26439, la Ley Nº 27154, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU en su articulo 11º, Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades en su Sesion Ordinaria del 11 de enero del 2006 y, en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y el articulo 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA Huarachi MORDAZA como representante del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU ante la Comision para la Acreditacion de Escuelas o Facultades de Medicina Humana - CAFME, a partir de la expedicion de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento de la Comision para la Acreditacion de Facultades o Escuelas de Medicina Humana - CAFME la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 02671

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito en agravio de CORPAC S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 044-2006-CG MORDAZA, 9 de febrero de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 010-2006-CG/SP, resultante del Examen Especial practicado a la Cor poracion Peruana de Aeropuer tos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., por el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso una accion de control a la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., con relacion a los procesos de adquisicion y contratacion de bienes y servicios realizados efectuadas por la citada Corporacion durante el ano 2004; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que CORPAC S.A. realizo un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para el suministro de combustible durante el periodo 2004 - 2005, el cual luego de haberse otorgado la buena pro y estando esta consentida, fue declarado nulo sin haberse presentado alguna de las causales reguladas por la normativa vigente; procediendose a contratar a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia a otra empresa, con la que CORPAC S.A. venia ejecutando un Contrato de Suministro de Combustible anterior, habiendose determinado que en la ejecucion del contrato MORDAZA citado se efectuaron pagos que excedieron en S/. 32 942,59 el monto pactado contractualmente; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Negociacion Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el articulo 399º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 02602

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