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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (20/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G39/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de febrero de 2006 al desarrollo pleno de las personas a lo largo de su vida. El Ministerio de Educación dispone de una eficiente y eficaz capacidad de gobierno sectorial en el nivel central y descentralizado e instrumenta políticas que aseguran a los niños y jóvenes de todo el país iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato sin ninguna forma de discriminación, en un sistema educativo flexible, adecuado a las necesidades y exigencias de la diversidad y el logro de competencias básicas para que todas las personas se desenvuelvan social y laboralmente, tiendan a la creatividad e innovación, orienten su comportamiento por los valores democráticos, promueven el desarrollo humano integral y sostenible la justicia social y la cultura de paz, así como para que ejerzan el derecho a aprender en forma continua y con autonomía. Artículo 7º.- Misión. El Ministerio de Educación tiene como misión, asegurar ofertas educativas pertinentes de calidad, sustentadas en el trabajo concertado con la sociedad civil y centradas en la formación integral de todos los peruanos, guiados con una perspectiva de interculturalidad, equidad, cohesión social y desarrollo humano sostenible, que permita formar personas capaces de desarrollar su identidad, autoestima y capacidades, e integrarse adecuada y críticamente a la sociedad, en armonía con su entorno. Artículo 8º.- Objetivos.a) Fortalecer el desarrollo de una Educación Inicial de calidad con un enfoque de atención integral de los niños y niñas, de 0 a 5 años, tomando en cuenta la diversidad sociocultural, especialmente de aquellos y aquellas más vulnerables. b) Asegurar que todos los estudiantes, especialmente aquellos más vulnerables y desfavorecidos, concluyan una Educación Primaria de calidad, que considere los aprendizajes correspondientes al nivel y una formación en valores. c) Brindar a los adolescentes y jóvenes una Educación Secundaria y Técnico-Productiva de calidad, que satisfaga sus necesidades básicas de aprendizaje y formación en valores, que los prepare para la vida y el ejercicio de la ciudadanía. d) Mejorar la calidad de la Educación Superior para que se ajuste a las necesidades del país y aporte a su desarrollo. e) Mejorar la atención de las necesidades educativas de los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales asociadas a la discapacidad y por talento y condiciones excepcionales, bajo el enfoque de educación inclusiva. TÍTULO III FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Artículo 9º.- Funciones. Son funciones del Ministerio de Educación: a) Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específicas de equidad. b) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación. c) Elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación. d) Diseñar programas nacionales de aprovechamiento de nuevas tecnologías de información y comunicación, coordinando su implementación con las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas del Sector. e) Organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo que sirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos. Se crean en función de la dinámica y necesidades sociales específicas. f) Dirigir el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del magisterio en coordinación con las instancias regionales y locales. g) Dirigir el Programa Nacional de Investigación Educativa en articulación con las instituciones especializadas en la materia y con las Direcciones Regionales de Educación.h) Definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del Sector e implementar la carrera pública magisterial. i) Liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa. j) Establecer un plan nacional de transparencia en la gestión que consolide una ética pública. k) Implementar un sistema de información para la toma de decisiones estratégicas. l) Coordinar con los organismos encargados de operar el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, los procesos de medición y evaluación de logros de aprendizaje en los términos establecidos por ley, así como su difusión. m) Promover una evaluación formativa que motive el desarrollo integral del estudiante, de acuerdo a los principios y fines de la educación establecidos por la Ley Nº 28044, Ley General de Educación. n) Asegurar, desde una perspectiva intersectorial en una acción conjunta con los demás Sectores del Gobierno Nacional, la atención integral de los estudiantes para garantizar su desarrollo equilibrado. o) Fortalecer el funcionamiento de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector y regular la relación de estos con el Ministerio de Educación. p) Establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación. q) Concertar y promover la cooperación nacional e internacional técnica y financiera para el mejoramiento de la educación. r) Las demás establecidas por Ley, así como las que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines y que no hayan sido asignadas a otras instancias o entidades. TÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 10º.- Estructura orgánica. El Ministerio de Educación para cumplir con su finalidad y funciones cuenta con la siguiente estructura orgánica: ALTA DIRECCIÓN 1. Ministro 2. Viceministerio de Gestión Pedagógica 3. Viceministerio de Gestión Institucional 4. Secretaría General ÓRGANOS CONSULTIVOS 1. Consejo Nacional de Educación 2. Consejo Nacional de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 1. Oficina de Coordinación con Instituciones de la Sociedad Civil 2. Secretaría de Planificación Estratégica a. Oficina de Informática b. Unidad de Presupuesto c. Oficina de Planificación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa - Unidad de Programación - Unidad de Estadística Educativa - Unidad de Medición de la Calidad Educativa ÓRGANO DE CONTROL 1. Órgano de Control Institucional a. Unidad de Control en Gestión b. Unidad de Control Financiero PROCURADURÍA PÚBLICA 1. Procuraduría Pública ÓRGANOS DE LÍNEA Dependientes del Viceministerio de Gestión Pedagógica: