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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G39/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de febrero de 2006 1. Dirección Nacional de Educación Básica Regular a. Dirección de Educación Inicial b. Dirección de Educación Primaria c. Dirección de Educación Secundaria 2. Dirección Nacional de Educación Básica Alternativaa. Dirección de Programas de Educación Básica Alternativa b. Dirección de Alfabetización 3. Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico-Profesional a. Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico-Productiva b. Dirección de Educación Superior Pedagógica c. Dirección de Coordinación Universitaria 4. Dirección Nacional de Educación Básica Especial 5. Dirección Nacional de Educación Comunitaria y Ambiental 6. Dirección Nacional de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural a. Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe b. Dirección de Educación Rural 7. Dirección de Investigación, Supervisión y Documentación Educativa 8. Dirección de Tutoría y Orientación Educativa 9. Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte - Proyecto HuascaránDependientes del Viceministerio de Gestión Institucional: 1. Oficina de Cooperación Internacional a. Unidad de Cooperación Técnica b. Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable 2. Oficina de Infraestructura Educativa 3. Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación a. Unidad de Descentralización de Centros Educativos b. Unidad de Capacitación en Gestión c. Unidad de Organización y Métodos d. Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos 4. Oficina de Coordinación y Supervisión Regionala. Unidad de Coordinación y Supervisión en Gestión b. Unidad de Participación en la Gestión Educativa ÓRGANOS DE APOYO Dependientes de la Secretaría General: 1. Oficina General de Administración a. Unidad de Personal b. Unidad de Abastecimiento c. Unidad de Administración Financiera d. Unidad de Fiscalización y Control Previo 2. Unidad de Defensa Nacional 3. Oficina de Asesoría Jurídica 4. Oficina de Prensa y Comunicaciones 5. Oficina de Trámite Documentario 6. Oficina de Gestión de Proyectos TÍTULO V FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CAPÍTULO 1 DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 11º.- De la Alta Dirección. La Alta Dirección del Ministerio de Educación está conformada por el Ministro, el Viceministerio de GestiónPedagógica, el Viceministerio de Gestión Institucional y la Secretaría General. Artículo 12º.- Del Ministro. El Ministro es la máxima autoridad del Sector Educación y titular del pliego presupuestal. Dirige la política sectorial en materia de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación, en concordancia con la política general del Estado y los planes de desarrollo nacional. Coordina sobre asuntos de su competencia con los Poderes del Estado, entidades públicas e instituciones sociales que trabajan a favor de la Educación Nacional. Artículo 13º.- Del Viceministerio de Gestión Pedagógica. El Viceministerio de Gestión Pedagógica es el órgano responsable de proponer políticas, objetivos y estrategias nacionales, educativas y pedagógicas, de las etapas, niveles, modalidades y formas del sistema educativo que gestiona el Ministerio de Educación, para la aplicación de las estructuras curriculares básicas, los planes de formación y capacitación del personal docente, el seguimiento de los factores de calidad de la educación, de las investigaciones de carácter pedagógico y el uso de nuevas tecnologías de enseñanza. En el ámbito de su competencia, establece las relaciones intersectoriales y con instituciones de la sociedad civil que actúan a favor de la educación. Artículo 14º.- Del Viceministerio de Gestión Institucional. El Viceministerio de Gestión Institucional es el órgano responsable de diseñar e implementar la política y estrategias para preservar la unidad de la gestión del sistema educativo nacional. Dirige el proceso de descentralización y establece criterios técnicos que orientan el desarrollo y modernización en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, coordina las relaciones con los organismos de cooperación internacional, emite normas para la construcción, refacción y equipamiento de locales escolares. En el ámbito de su competencia, establece las relaciones intersectoriales con instituciones de la sociedad civil que actúan a favor de la educación. Artículo 15º.- De la Secretaría General. La Secretaría General es el órgano responsable de las Relaciones Institucionales, de los Sistemas de Información y de las comunicaciones, de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería y Recursos Humanos, así como de asesorar e informar en materia de legislación, sobre la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias del Sector y de la administración interna del Pliego Presupuestal del Ministerio de Educación. CAPÍTULO 2 DE LOS ÓRGANOS CONSULTIVOS ESPECIALIZADOS Artículo 16º.- Del Consejo Nacional de Educación. El Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación. Maneja su presupuesto. Tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Sus funciones son: a) Participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional. b) Presentar al Ministro de Educación una propuesta de plan de desarrollo de la educación peruana. c) Promover la concertación de opiniones y propuestas de políticas de mediano y largo plazo entre diferentes Sectores y actores políticos del país. d) Promover acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil. e) Opinar sobre temas de trascendencia educativa, a solicitud del Ministerio de Educación o del Congreso de