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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G39/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de febrero de 2006 b) Gestionar y coordinar la tramitación de becas, pasantías, solicitud de expertos, servicio de voluntariosy donaciones con los órganos responsables de instituciones de cooperación técnica internacional. c) Mantener, en coordinación con el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, un banco de información sobre becas de estudios y capacitación. d) Procesar y calificar las solicitudes de aprobación o aceptación de donaciones de bienes procedentes del exterior destinadas al Sector Educación y a las entidadeseducativas y culturales sin fines de lucro. e) Canalizar las demandas de cooperación cultural del Sector Educación, organismos públicos y privados,en el marco de los acuerdos y/o convenios culturales suscritos por el Gobierno Peruano. f) Propiciar, apoyar acciones y promover la suscripción de convenios que reafirmen las relaciones internacionales en los campos de la educación, ciencia y tecnología, cultura y deporte; mantener un registroactualizado de convenios y acuerdos básicos del Gobierno Peruano, así como convenios y acuerdos específicos. Artículo 52º.- De la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable La Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable depende de la Oficina de Cooperación Internacional. Sus funciones son: a) Promover y apoyar la formulación, negociación y aprobación de proyectos con cooperación financierainternacional. b) Elaborar y negociar con las fuentes cooperantes los convenios, acuerdos y proyectos de cooperaciónfinanciera no reembolsable a suscribirse en coordinación con los órganos correspondientes de los Ministerios de Economía y Finanzas y Relaciones Exteriores y de laPresidencia. c) Velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud a los convenios de cooperaciónfinanciera no reembolsable suscritos. d) Supervisar periódicamente a las unidades ejecutoras de los Proyectos a fin de que sus accionesse ajusten a la política del Sector Educación. e) Requerir periódicamente los informes financieros de los Proyectos con cooperación financierainternacional. f) Promover y apoyar la formulación, negociación y aprobación de proyectos mediante canje de deuda porinversión en educación. Artículo 53º.- De la Oficina de Infraestructura Educativa. La Oficina de Infraestructura Educativa es responsable de normar, diseñar y difundir criteriostécnicos sobre construcción, equipamiento y mantenimiento de locales escolares; promover proyectos experimentales en el área de su competencia; manteneractualizados los inventarios de propiedad inmobiliaria del Sector. Depende del Viceministerio de Gestión Institucional. Sus funciones son: a) Formular el Plan Nacional de Infraestructura Educativa, en coordinación con la Oficina de PlanificaciónEstratégica y Medición de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación y los órganos competentes del Estado. b) Consolidar la información de identificación de las necesidades de construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa nacional,en coordinación con las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada. c) Formular las normas técnicas de diseño arquitectónico para la construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa y promover proyectos experimentales. d) Supervisar y evaluar la aplicación y difusión de diseños arquitectónicos apropiados para las diferentes realidades del país. e) Elaborar programas de inversión para el mediano y largo plazo destinados a la construcción, equipamiento y mantenimiento de los locales escolares.f) Elaborar y difundir manuales de mantenimiento permanente de la infraestructura educativa. g) Captar inmuebles y coordinar acciones de carácter técnico con las entidades que aportan, donan, transfieren y asignan inmuebles al Sector Educación en coordinacióncon la Oficina de Administración. h) Mantener actualizado el margesí de bienes inmuebles que corresponden al Ministerio de Educación,efectuando la inscripción en los Registros Públicos en coordinación con la Oficina de Administración. Artículo 54º.- De la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación. La Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación es responsable de proponer la política, estrategias y normas para preservar la unidad de la gestión del sistema educativo nacional; fortalecer laorganización y la capacidad de decisión de las Instituciones Educativas. Desarrollar programas de capacitación en gestión; supervisar la investigación dedenuncias y reclamos en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada. Depende del Viceministerio de Gestión Institucional. Sus funciones son: a) Proponer la política y las estrategias para preservar la unidad de la gestión del sistema educativonacional en el marco de la descentralización y modernización de la gestión del Estado. b) Formular y proponer normas para los procesos de modernización, racionalización y simplificación administrativa del Sector Educación. c) Supervisar el desarrollo de una gestión descentralizada, simplificada, participativa y flexible en las instancias de gestión educativa descentralizada. d) Diseñar, con la participación de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, los modelos innovadores que fortalezcan la capacidad de decisión de las Instituciones Educativas. e) Asesorar a la Alta Dirección y a los demás órganos del Ministerio de Educación, en materia de organización, racionalización y simplificación administrativa. f) Supervisar el desarrollo de programas de capacitación en temas de gestión institucional y administrativa dirigidos al personal de diferentes gruposocupacionales de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local en coordinación con los Gobiernos Regionales. g) Participar en la formulación de los Proyectos de Modernización de la Gestión Educativa. h) Supervisar a las Comisiones de Atención de Denuncias y Reclamos del Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y sus respectivas Unidades de Gestión Educativa Local. i) Proponer normas para la gestión de la Redes Educativas Institucionales, ubicadas en las áreas urbanas y rurales. j) Promover la constitución y funcionamiento de los Consejos Educativos Institucionales, Consejos Participativos Regionales y Locales de Educación comomecanismos de participación y vigilancia ciudadana. Artículo 55º.- De la Unidad de Descentralización de Centros Educativos. La Unidad de Descentralización de Centros Educativos depende de la Oficina de Apoyo a laAdministración de la Educación. Sus funciones son: a) Elaborar normas y documentos técnicos para fortalecer la autonomía y la gestión descentralizada de las Instituciones Educativas, que contribuyan con la calidad y la equidad educativa y promuevan la evaluacióny autoevaluación de la gestión de la Institución Educativa. b) Promover el proceso de descentralización mediante la propuesta de lineamientos y estrategiasorganizacionales para mejorar la gestión de las Instituciones Educativas con participación de la comunidad organizada. c) Promover la constitución y funcionamiento de los Consejos Educativos Institucionales y otras formas de organización y participación. d) Proponer lineamientos para la formulación e implementación del Proyecto Educativo Institucional y otros instrumentos de gestión, orientados a consolidar