Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2006 (20/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de febrero de 2006

recreativas en coordinacion con las Direcciones pertinentes. g) Establecer convenios y auspicios a nivel nacional e internacional para la promocion escolar, la gestion cultural y el desarrollo del deporte. h) Concertar acciones multisectoriales con organismos del Estado, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, asi como empresas, organizaciones no gubernamentales, gremios e instituciones en beneficio de las actividades de los estudiantes. i) Promover entre los estudiantes el conocimiento, defensa y conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion. j) Disenar, producir y distribuir material educativo de cultura y deporte a las Instituciones Educativas publicas y organizaciones de cultura y deporte. k) Formular, planificar, organizar, supervisar y evaluar la practica deportiva, las formas gestoras de la cultura y promocionales de la recreacion. Articulo 49º.- Proyecto Huascaran. El Proyecto Huascaran es un organo desconcentrado del Ministerio de Educacion, encargado de desarrollar, ejecutar, evaluar y supervisar, con fines educativos, una red nacional, moderna, confiable, con acceso a todas las MORDAZA de informacion y capaz de transmitir contenidos de multimedia, a efectos de mejorar la calidad educativa en las zonas rurales y urbanas. Depende del Viceministerio de Gestion Pedagogica. Sus funciones son: a) Normar y regular el MORDAZA de integracion de las Tecnologias de Informacion y Comunicacion en el MORDAZA educativo, en concordancia con estandares internacionales y las politicas educativas. b) Promover, planificar, disenar y ejecutar acciones destinadas a la integracion de las tecnologias de informacion y comunicacion del MORDAZA educativo. c) Fomentar y desarrollar investigaciones e innovaciones para la integracion de la Tecnologias de Informacion y Comunicacion a la educacion peruana, de manera articulada con las dependencias del Ministerio de Educacion responsables de la formulacion del curriculo. d) Desarrollar y proveer a la comunidad educativa, con recursos especializados en las Tecnologias de Informacion y Comunicacion, el desarrollo de portales y comunidades educativas virtuales. e) Establecer las necesidades de formacion docente que debera tener en cuenta el Sistema de Formacion Continua para el aprovechamiento pedagogico de las Tecnologias de la Informacion y Comunicacion. f) Articular y coordinar acciones intersectoriales y con otros organismos que permitan ampliar la cobertura de los ser vicios educativos con Tecnologias de Informacion y Comunicacion. g) Ampliar la cobertura de los servicios educativos principalmente en las zonas mas pobres y alejadas con programas de educacion a distancia y promover el desarrollo de redes educativas que MORDAZA uso de las tecnologias de informacion y comunicacion. h) Proponer los lineamientos necesarios para ejecutar un efectivo planeamiento, monitoreo y evaluacion de las actividades desarrolladas a favor de la comunidad educativa. i) Articular intrasectorialmente las acciones que implican la participacion de otras Direcciones del Ministerio de Educacion mediante mecanismos eficaces de coordinacion tecnica horizontal. j) Establecer lineamientos para la implementacion de la plataforma tecnologica en las Instituciones Educativas, en lo que corresponde a las aulas de innovacion u otro ambiente en el que debe impulsarse la integracion de las TIC. DEPENDIENTES DEL VICEMINISTERIO DE GESTION INSTITUCIONAL Articulo 50º.- De la Oficina de Cooperacion Internacional. La Oficina de Cooperacion Internacional representa al sector ante los organismos nacionales e internacionales. Es responsable de proponer, ejecutar y coordinar los lineamientos de politica y normas para la

cooperacion internacional del Sector. Depende del Viceministerio de Gestion Institucional. Sus funciones son: a) Proponer los lineamientos de politica y normas para la cooperacion internacional del Sector Educacion. b) Lograr que los gobiernos extranjeros, organismos internacionales e instituciones civiles de otros paises, otorguen cooperacion tecnica, transferir o intercambiar recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnologia o financiamiento no reembolsable a proyectos en educacion, ciencia y tecnologia, cultura y deporte, acordes con los lineamientos de politica del Sector Educacion. c) Representar los intereses del Estado Peruano en Educacion, Ciencia y Tecnologia, Cultura y Deporte en el exterior, en estrecha coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores. d) Promover, or ientar, evaluar y preparar la participacion del Ministerio de Educacion en los diversos foros internacionales en el ambito de la educacion, la ciencia y tecnologia, cultura y deporte. e) Realizar el seguimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano en los temas de educacion, ciencia y tecnologia, cultura y deporte, en el MORDAZA de las reuniones de Ministros y Viceministros, Jefes de Estado y de Gobierno. f) Conducir la Secretaria General de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO. g) Conducir la Secretaria Nacional del Convenio MORDAZA Bello. h) Difundir ante los gobiernos extranjeros, los organismos internacionales, agencias internacionales de cooperacion e instituciones civiles en el exterior las necesidades, prioridades, politica sectorial, objetivos estrategicos y banco de programas y proyectos de educacion. i) Representar al Sector Educacion ante la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y el Ministerio de Relaciones Exteriores asi como entre las representaciones extranjeras, agencias internacionales de cooperacion, fundaciones y demas asociaciones comprometidas con la educacion. j) Brindar asesoramiento a las Direcciones Nacionales y Oficinas del Ministerio de Educacion para la formulacion de Proyectos de Cooperacion Tecnica Internacional a nivel bilateral y multilateral. k) Formular y negociar los convenios de cooperacion tecnica y/o financiera no reembolsable internacional. l) Realizar el seguimiento y evaluacion de los proyectos de cooperacion tecnica bilateral y multilateral que se encuentran en ejecucion. m) Aprobar y/o aceptar las donaciones del exterior para la educacion, ciencia y cultura con la opinion tecnica de los organos competentes. n) Proponer las normas, registrar y reportar la autorizacion de donaciones del exterior, a la Contraloria General de la Republica y la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, corroborando a traves de los organos tecnicos competentes la efectiva asignacion y uso de las mismas. o) Evaluar, tramitar, super visar y efectuar el seguimiento de los expedientes de donaciones provenientes del exterior. p) Gestionar, coordinar y aprobar la tramitacion de becas, pasantias, solicitudes de expertos y servicios de voluntarios, asi como la inscripcion y/o renovacion en el registro de Organismos No Gubernamentales de Desarrollo con los organos responsables de instituciones de Cooperacion Tecnica Internacional. q) Efectuar el seguimiento de los proyectos ejecutados por Organismos No Gubernamentales nacionales que reciben financiamiento externo y cuando sea necesario firmar convenios. Articulo 51º.- De la Unidad de Cooperacion Tecnica. La Unidad de Cooperacion Tecnica depende de la Oficina de Cooperacion Internacional. Sus funciones son: a) Asesorar a los organos y entidades del Sector Educacion respecto a la MORDAZA y gestion de proyectos para su priorizacion y su oficializacion ante la fuente cooperante.

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