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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 83

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 Espinoza Cáceres, siendo el plazo de ejecución 30 días naturales, el valor referencial es de S/. 63,925.92 (Sesentay tres mil novecientos veinticinco con 92/100 Nuevos Soles) y la Unidad de Abastecimiento la encargada de la contratación”. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y remitir copia a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,bajo responsabilidad, conforme a lo estipulado en el Artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO IBERICO ROJAS Presidente de la Comisión de Orden y Gestión TEDY PANDURO RAMIREZ Secretario General 03258 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G6C/G76/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA COMISIÓN DE ORDEN Y GESTIÓN PRESIDENCIA RESOLUCIÓN Nº 0106-2006-COG-P-R1376-UNAS Tingo María, 7 de febrero del 2006 VISTO: La Resolución Nº 098-2005-COG-P-R1376-UNAS, de fecha 21 de diciembre que aprueba la Exoneración del Proceso de Selección para la ejecución de la obra:Canalización de la Calle 06 de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, por causal de desabastecimiento inminente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1376-2005-ANR, de fecha 21 de noviembre de 2005 la Asamblea Nacional de Rectores, designó una nueva Comisión de Orden yGestión en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con atribuciones de Asamblea Universitaria y Consejo Universitario, quedando suspendidos en sus funciones,los Órganos de Gobierno; Que, de la revisión del documento de visto, se ha observado la omisión de algunos aspectos consideradosen el numeral 6.5. de las disposiciones específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y publicadaen el Diario Oficial El Peruano el 7 de julio del 2001; por lo que es procedente modificar la Resolución del documento de visto, en el extremo de incluir los aspectos omitidos;y contando con el visto bueno de Asesoría Legal; y, Estando al acuerdo de la Comisión de Orden y Gestión en su sesión extraordinaria de fecha 7 de febrero, y enuso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1376-2005-ANR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 098-2005-COG-P-R1376-UNAS, en los siguientes términos:“Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por situación de desabastecimientoinminente la ejecución de la obra Canalización de la Calle 06 de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, la misma que será ejecutada por el ingeniero CarlosAurelio Espinoza Cáceres, siendo el plazo de ejecución 30 días naturales, el valor referencial es de S/. 50,447.86 (Cincuenta mil cuatrocientos cuarenta ysiete con 86/100 nuevos soles) y la Unidad de Abastecimiento la encargada de la contratación; el órgano de control interno deberá adoptar las accionespertinentes para determinar la responsabilidad de los servidores en caso de que el desabastecimiento se haya producido como consecuencia del obrarnegligente en sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el 3er. párrafo del Art. 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la LeyContrataciones y Adquisiciones del Estado.” Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y remitir copia a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,bajo responsabilidad, conforme a lo estipulado en el artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO IBERICO ROJAS Presidente de la Comisión de Orden y Gestión TEDY PANDURO RAMÍREZ Secretario General 03257 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN CONASEV Nº 007-2006-EF/94.10 Fe de Erratas de la Resolución CONASEV Nº 007- 2006-EF/94.10, publicada en nuestra edición del 15 defebrero de 2006. En el Considerando 10: DICE: Que, aplicar la regla contraria "esto es, interpretar (...) con derecho a voto" implicaría (...) DEBE DECIR: Que, aplicar la regla contraria -esto es, interpretar (...) con derecho a voto- implicaría (...) En el Considerando 14: DICE: Que, si se considerase que el cálculo (...) "y, por ende, (...) se traten" (...) DEBE DECIR: Que, si se considerase que el cálculo (...) -y, por ende, (...) se traten"-(...) En el Considerando 18: