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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2006 (05/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 5 de julio de 2006 322997REPUBLICADELPERU Mz. Nº Lotes Numerados Área (m2) C 03 01 y 3 309.39 D 03 01 y 3 317.19 E 12 01 y 12 1,635.09 F 08 01 y 08 1,081.77 Total 76 —— 9,844.72 Los Aportes Reglamentarios: De conformidad con la zonificación de Residencial Densidad Media R-4, el terreno se encuentra afectado por el siguiente cuadro de aportes. APORTES % REGLAMENTO PRO YECTO DÉFICIT Recreación Pública 11 1,765.61m2 1,355.70 409.91 m2 Ministerio Educación 02 321.02 m2 ------------ 321.02 m2. El déficit de Aportes Reglamentarios por R.P. ha sido redimido en dinero a la MDLO. Artículo Cuarto.- DÉJESE como carga inscribible en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos el pago pendiente por el déficit de aporte al Ministerio de Educación de 321.02 m2, quedando el lote 10 de la manzana “E” en garantíade pago hasta que la Promotora de Inmuebles CASAPROS.R.L cumpla con los pagos de dicho aporte. Artículo Quinto.- RECONÓZCASE a partir de la presente resolución como Habilitación Urbana “PROGRAMA DE VIVIENDA EL MOLINO DE LOS OLIVOS”. Artículo Sexto.- DISPONER que la Promotora de Inmuebles CASAPRO S.R.L., en la titulación individual que celebre, deberá insertar las cláusulas queestablezcan la indivisibilidad de los lotes que se habilitan. Artículo Sétimo .- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargode los interesados en plazo máximo de 30 días contados apartir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Artículo Octavo.- REMITIR la presente resolución y el plano que se aprueba en copia Certificada a la Dirección de Desarrollo Urbano de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, para su conocimiento de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2005- Vivienda. Artículo Noveno.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS - SUNARP para losefectos de inscripción correspondiente. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la SUBGERENCIA DE DESARROLLO URBANO a través de la DIRECCIÓN DE URBANISMO CATASTRO Y TRANSPORTE en coordinación con el GRUPO DE TRABAJO DE CATASTRO, CONTROL Y HABILITACIÓN URBANA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11571 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65 /G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G32/G32/G35/G20/G79/G20/G31/G36/G34/G2C/G20/G61/G73/GED /G63/G6F/G6D/G6F/G2C/G20/G64/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G4E/GBA/G20/G35/G37/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 233 Miraflores, 27 de junio de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado consagra el concepto de autonomía municipal, garantía institucional sobre la base de la cual las municipalidades tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, a su turno, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, define a las municipalidades como órganos de gobierno con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, promotores deldesarrollo integral, de la autonomía local y de la prestaciónde servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º inciso 4) de la Constitucióntienen rango de Ley; Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que correspondeal Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar lasOrdenanzas; Que, de acuerdo con el inciso 5 del Artículo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, el cual comprende los supuestos en que procede el pago de derechos detramitación, con indicación de su monto y forma de pago; Que, en este sentido, mediante Ordenanza N º 225 de fecha 7 de marzo de 2006, se aprobó la Norma que Regula el Otorgamiento de las Licencias de Apertura deEstablecimientos en el distrito de Miraflores; Que, asimismo, mediante Ordenanza N º 164, de fecha 27 de julio de 2004, se incluyó en el Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA) el Procedimiento de Autorización Municipal para Uso Temporal de la Vía Pública con Fines Comerciales (Ordenanza Nº 124- 2003-MM); Que, ante lo expuesto precedentemente, y a fin de brindar una mejor prestación de los servicios al público en general, es necesario aprobar los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos contenidos en la Ordenanza N º 225 de fecha 7 de marzo de 2006 y Ordenanza N º 164, de fecha 27 de julio de 2004; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar los derechos de tramitación de los procedimientos contenidos en la Ordenanza Nº 225, de fecha 7 de marzo de 2006, señalados en el anexo que se adjunta y forma parteintegrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- Modificar el derecho de tramitación del procedimiento aprobado por la Ordenanza Nº 164, de fecha 27 de julio de 2004, por el monto de derecho de trámite señalado en el anexo que se adjunta y forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el procedimiento Nº 57 del Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA), de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 229, de fecha 2 de mayo de 2006. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Información solicitar la ratificación de la presente Ordenanza ante la Superintendencia de AdministraciónTributaria – SAT, en lo referente a lo aprobado por los Artículos Primero y Segundo, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 727-MML, de fecha 11 de noviembre de2004. Artículo Quinto.- Derogar todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde