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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 6 de julio de 2006 323057REPUBLICADELPERU DIRECTIVA Nº 96-2006-ME/VMGI-OCSR PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS DIRECTORES DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL I. FINALIDAD Orientar el proceso de evaluación de la gestión pedagógica, institucional y administrativa de los Directoresde las Unidades de Gestión Educativa Local, designadosmediante Concurso Público. II. OBJETIVOEstablecer las normas y procedimientos para determinar el nivel de logros alcanzados en la gestión pedagógica,institucional y administrativa de los Directores de lasUnidades de Gestión Educativa Local, a través de procesosperiódicos de evaluación. III. BASE LEGAL3.1. Ley Nº 28044, Ley General de Educación. 3.2. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.3. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.3.4. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y LeyNº 28013. 3.5. Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación. 3.6. Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionalesde Educación y de las Unidades de Gestión Educativa. 3.7. Decreto Supremo Nº 019-2004-ED, Aprueba el Reglamento General del Concurso Público de selección deDirectores de las Unidades de Gestión Educativa Local. 3.8. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. IV. ALCANCELa presente Directiva tiene el siguiente alcance:4.1. Direcciones Regionales de Educación - DRE 4.2. Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL V. DISPOSICIONES GENERALES5.1. Las Direcciones Regionales de Educación, con participación de los Gobiernos Regionales, tendrán a sucargo la ejecución del proceso de evaluación de la gestiónde los Directores de las UGEL de su jurisdicción. 5.2. La evaluación de la gestión del Director de la UGEL será entendida, como la valoración de los resultadospedagógicos, institucionales y administrativos, enmarcadosen los objetivos de mejoramiento de la calidad educativa y enel marco de las políticas educativas nacional, regional y local. 5.3. Los Directores de las UGEL serán evaluados en el ejercicio de sus funciones, por una Comisión Evaluadora,integrada por dos representantes de la Dirección Regionalde Educación y un representante del Gobierno Regional. 5.4. La evaluación de la gestión del Director de la UGEL, es un proceso de carácter integral y tiene alcance a todoslos órganos de la Sede Institucional, a excepción del Órganode Control Institucional. 5.5. El proceso de evaluación de los Directores de las UGEL, se desarrollará en estricta observancia de losprincipios de Equidad, Evaluación Técnica, Mérito,Objetividad, Probidad, Transparencia y Veracidad. 5.6. El Director de la UGEL a ser evaluado, proporcionará con carácter de obligatoriedad, la informaciónsolicitada sobre su gestión, brindando las facilidades delcaso para el cumplimiento del trabajo que realizará laComisión Evaluadora. 5.7. La evaluación de la gestión de los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local, se realizará conuna periodicidad no menor de seis (6) meses, ni mayor deun año, contados a partir de la designación del Directorrespectivo, para proceder a la ratificación en el cargo o suremoción, de acuerdo a los resultados obtenidos. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS6.1. De la Conformación y Funciones Básicas de la Comisión Evaluadora:a) La Comisión Evaluadora de la gestión de los Directores de UGEL, estará integrada por tres miembros: - El Director de Gestión Institucional de la DRE, quien la presidirá. - Un representante de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional. - El Director de Gestión Pedagógica de la DRE. b) Podrán integrar la Comisión Evaluadora, en calidad de observadores: - Un representante del Consejo Participativo Regional de Educación, COPARE, acreditado por el Presidente delmismo. - Un representante de la Defensoría del Pueblo. c) La Dirección Regional de Educación, expedirá la Resolución Directoral de constitución de la ComisiónEvaluadora, en cada oportunidad que se requiera realizarla evaluación de los Directores de UGEL de la jurisdicción. d) Constituida la Comisión Evaluadora, será responsable de las siguientes funciones básicas: - Formular el Plan de Trabajo del proceso de evaluación y de su respectivo Cronograma de Actividades. - Comunicar, mediante oficio y en forma oportuna, al Director de la UGEL, sobre el proceso de evaluación delcual será sujeto, especificando los propósitos y aspectosmotivo de la evaluación, el período de ejecución, losmiembros que conforman la Comisión Evaluadora y otrosaspectos que considere pertinentes. - Adecuar o reajustar de los instrumentos de evaluación, si se considera necesario. - Ejecutar las evaluaciones periódicas de la gestión del Director de la UGEL, en el marco de las normas establecidas. - Elaboración de los informes : Preliminar y Final de los resultados de la evaluación realizada. 6.2. De los Órganos y Aspectos Motivo de Evaluación:a) La evaluación de la gestión de los Directores de UGEL, se realizará en cada uno de los órganos queconforman la Institución y abarcará la implementación yejecución de las políticas educativas nacional, regional ylocal, en los aspectos pedagógicos, institucionales yadministrativos. b) En el Órgano de Dirección de la UGEL: - Identificación y priorización de las funciones directrices. - Aplicación de las políticas: Nacional y regional.- Implementación de las normas de gestión pedagógica, institucional y administrativa. - Impulso al Programa de Emergencia Educativa y a los Proyectos de Innovación Pedagógica. - Ejecución de los procesos de racionalización y concursos en las instituciones educativas. - Promoción de la participación comunal a nivel institucional, local, regional, nacional e internacional, enapoyo a la mejora de la cobertura y calidad del servicioeducativo. - Supervisión y evaluación del proceso educativo, con fines de mejorar la calidad del servicio educativo. - Aplicación de mecanismos de información y rendición de cuentas. c) En el Órgano de Línea : Área de Gestión Pedagógica:- Diversificación curricular en los diversos niveles y modalidades educativas de su jurisdicción. - Desarrollo de programas de capacitación continua a directores y docentes, en función a la identificación denecesidades. - Implementación del Programa Nacional de Emergencia Educativa en el ámbito local. - Impulso a la innovación pedagógica y la producción de material educativo contextualizado. - Organización, funcionamiento y evaluación de redes educativas. - Promoción de la educación inclusiva.- Promoción de la participación comunal e institucional, local, regional, nacional e internacional, a través deconvenios, proyectos y otros, en apoyo al servicio educativo. - Acciones de supervisión y evaluación para la toma de decisiones y la retroinformación. - Verificación de las acciones de supervisión y evaluación del trabajo docente, en las instituciones educativas.