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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2006 (06/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 6 de julio de 2006 323067REPUBLICADELPERU a) Becas integrales La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará acciones con el Ministerio de Educación, a través del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo (INABEC), con el fin de implementar un programa de becas integrales descentralizado en los departamentos más afectados, exclusivamente para los beneficiarios, concursable, con cuotas por regiones y por tipo de carrera profesional, para estudios superiores técnicos o universitarios. b) Educación para adultos La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará acciones con el Ministerio de Educación, quien a través del Programa Nacional de Alfabetización y las instituciones educativas con experiencia en este tipo de programas, establecerá programas de educación de adultos en las zonas de mayor incidencia del proceso de violencia, tanto urbanas como rurales, y a través de la oficina de Coordinación para el Desarrollo Educativo Rural, implementará programas especiales no escolarizados, orientados a permitir la culminación de estudios primarios o secundarios. Asimismo, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará con el Ministerio de Educación implementará Centros de Educación Ocupacional (CEOS) y centros de capacitación técnico productivo para los adultos afectados por el proceso de violencia. En ambos casos se deberá tomar en cuenta las diferencias culturales y lingüísticas de cada zona, así como los diagnósticos locales de salud mental. Artículo 21º.- Convenios La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará con el Ministerio de Educación la promoción de la firma de convenios de cooperación con las universidades públicas para facilitar el acceso de los beneficiarios de este programa a sus servicios, así como el otorgamiento de las exoneraciones arriba mencionadas. Artículo 22º - Programa de reparaciones en salud Los objetivos de este programa son la recuperación de la salud mental y física, reconstitución de las redes de soporte social y fortalecimiento de las capacidades para el desarrollo personal y social. Constituyen modalidades del programa de reparaciones en salud, las siguientes: a) Atención integral en servicios públicos de salud, priorizando a niños, mujeres y ancianos. b) Recuperación integral desde la intervención comunitaria , que incluye: b.1 Reconstrucción de las redes de soporte comunitario b.2 Recuperación de la memoria histórica b.3 Creación de espacios comunitarios para la recuperación emocional. c) Recuperación desde la intervención clínica, lo que implica el diseño de un modelo de atención clínica que se ajuste a las necesidades y recursos humanos de las diversas zonas del país. d) Promoción y prevención a través de la educación y sensibilización. e) Inclusión en las políticas públicas de salud. f) Mejora de la infraestructura de atención en los servicios de salud. Artículo 23º.- Beneficiarios de reparaciones en salud Son beneficiarios de este programa las personas y grupos de personas acreditadas por el RUV, quienes padecen algún problema físico y/o mental que haya sido producido directamente por o sean resultados del proceso de violencia. Artículo 24º.- Intervención específica de las entidades públicas para el programa de reparaciones en salud La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará acciones con el Ministerio de Salud, ESSALUD y las organizaciones de sanidad de las Fuerzas Armadas y policiales, con el fin de poner en marcha un programa de formación y capacitación de los profesionales en salud para el cumplimiento de los fines de este programa, a través de una unidad especializada para desarrollar dicho programa y ejecutar las acciones que correspondan.En coordinación con la Comisión Multisectorial, el Ministerio de Salud, y en su caso, las Direcciones Regionales de Salud, capacitarán a los profesionales de sus redes y microrredes de entidades prestadoras de salud, tanto enlas zonas urbanas como rurales; a las cuales pueden ser derivados y atendidos los beneficiarios que requieran atención clínica. Asimismo, se promoverán campañas permanentes de atención en salud en las comunidades afectadas. Estarán considerados dentro del ámbito y la cobertura del Seguro Integral de Salud los beneficiarios individuales que padecen algún problema físico y/o mental, prioritariamente las personas con discapacidadpermanente, parcial o total, cuando dicha discapacidad es producto de violaciones sexuales, torturas, heridas o lesiones ocurridas durante el proceso de violencia, acreditados por las entidades correspondientes. Los beneficiarios individuales serán integrados al SIS y gozarán de gratuidad de las medicinas que brinda elEstado a través de las farmacias de los hospitales públicos y centros de atención médica en caso de tratamiento ambulatorio en el marco del SIS. Adicionalmente, se dará gratuidad de medicinas para tratamientos de enfermedades complejas cuando éstas se deriven de los hechos de violencia. La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará junto al Ministerio de Salud el equipamiento de los centros de Salud que brindarán asistencia a las víctimas beneficiarias del PIR y promoverá los botiquines comunales. Artículo 25º.- Programa de Reparaciones Colectivas El objetivo del Programa de Reparaciones Colectivas es contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico-productivo de las familiasy comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia. Artículo 26º.- Beneficiarios de reparaciones colectivas Pueden ser beneficiarios del programa de reparaciones colectivas de las familias, las comunidades campesinas, comunidades nativas, centros poblados y otras formas de organización comunal afectados por el proceso de violencia;las familias de desplazados provenientes de las comunidades afectadas en sus lugares de inserción. Artículo 27º.- Modalidades Constituyen modalidades del programa de reparaciones colectivas: a) La consolidación institucional, que comprende la incorporación de acciones de apoyo al saneamiento legalde las comunidades, la instauración de las autoridades y poderes locales, la capacitación en Derechos Humanos, prevención y resolución de conflictos internos eIntercomunales, a partir de un diagnóstico comunal participativo que ayude a identificar las acciones necesarias, dentro de un enfoque de derechos que priorice la educación para la paz y la construcción de una cultura de paz. b) La recuperación y reconstrucción de la infraestructura económica, productiva y de comercio, y el desarrollo de capacidades humanas y acceso a oportunidades económicas. c) El apoyo al retorno, reasentamiento y repoblamiento, así como a las poblaciones desplazadas como consecuencia del proceso de violencia. d) La recuperación y ampliación de infraestructura de servicios básicos de educación, salud, saneamiento, electrificación rural, recuperación del patrimonio comunal yotros que el colectivo pueda identificar. Artículo 28º.- Intervención específica de las entidades públicas para el programa de reparaciones colectivas La Comisión Multisectorial de Alto Nivel y el Ministerio de Agricultura desarrollarán un programa especial de apoyo a la agricultura y ganadería, así como de capacitación y asistencia técnica, los que podrán ser solicitados ygestionados por colectivos con reconocimiento legal y representación debida. La Comisión Multisectorial de Alto Nivel coordinará con el Ministerio de Educación las acciones necesarias para que éste último implemente planes y programas de atención prioritaria a las zonas afectadas por el proceso de violencia.