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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2006 (06/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323074El Peruano jueves 6 de julio de 2006 Estando a lo dispuesto por el numeral 1. del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el DecretoLegislativo Nº 957 y el inciso 5) del artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicialaprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado MARIO BEGAZO GUILLEN, formulado por elSegundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia deTacna, y declarado procedente por la Sala PenalPermanente de la Corte Suprema de Justicia de la República,por la comisión del delito de omisión de asistencia familiar,en agravio de Ludy Carmen Herrera Pinto y otros; y disponersu presentación por vía diplomática, a la República Federalde Alemania, de conformidad a lo estipulado por las normaslegales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- El Gobierno del Perú se compromete a respetar los pedidos de extradición formulados por la RepúblicaFederal de Alemania, en base al principio de reciprocidad. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porlos Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11808 MIMDES /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61 /G64/G65/G20/G49/G6D/G61/G67/G65/G6E/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G44/G49/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 436-2006-MIMDES Lima, 4 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 028-2006-MIMDES de fecha 6 de enero de 2006, entre otros, se designó alseñor VALENTIN ALBERTO AHON DURANTE en el cargode Jefe de la Oficina de Imagen Institucional del ConsejoNacional de Integración de la Persona con Discapacidad –CONADIS, Organismo Público Descentralizado del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, cargo al cual haformulado renuncia; Que, es necesario aceptar la citada renuncia;De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27793, 27594 y 27050, en el Reglamento deOrganización y Funciones del CONADIS aprobado porDecreto Supremo Nº 014-2005-MIMDES, y en elReglamento de Organización y Funciones del MIMDES,aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor VALENTIN ALBERTO AHON DURANTE al cargo deJefe de la Oficina de Imagen Institucional del Consejo Nacionalde la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS,Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11733PRODUCE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G73/G69/G6C/G65/G6E/G63/G69/G6F/G20 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20 /G6E/G65/G67/G61/G74/G69/G76/G6F /G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65 /G70/G65/G73/G63/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 089-2006-PRODUCE/DVP Lima, 27 de junio del 2006 VISTO: El escrito de registro Nº 00886, del 24 de mayo de 2006, mediante el cual el señor ARTURO DEL CASTILLOWERTHEMAN interpone recurso de apelación contra elsilencio administrativo negativo que habría operado enprimera instancia; CONSIDERANDO:Que, por medio de Escritos presentados el 20 de enero de 2003, el señor ARTURO DEL CASTILLO WERTHEMANsolicita permiso de pesca al amparo del régimen establecidoen la Ley Nº 26920 para las embarcaciones pesquerasdenominadas: “CRISTO REY”, con matrícula Nº PL-3031-CM y 96.16 m3 de capacidad de bodega; “JORGE OMAR”,con matrícula Nº PL-4213-CM y 96.20 m3 de capacidad debodega; y, “FELIPE”, con matrícula Nº PL-011755-PC y109.52 m3 de capacidad de bodega; Que, a través de Carta Notarial dirigida a la Dirección Regional de la Producción de Piura, del 2 de abril de 2005,el señor ARTURO DEL CASTILLO WERTHEMAN sostieneque el 20 de enero de 2003 solicitó permiso de pesca, alamparo de la Ley Nº 26920, para las naves “CRISTO REY”,“JORGE OMAR” y “FELIPE”, sin obtener respuesta por partede la Administración; Que, mediante Oficio Nº 1322-2004-GRP-420020-100- 300, del 18 de abril de 2005, la Dirección Regional de laProducción de Piura indica al administrado que al nohaberse subsanado las observaciones planteadas a susolicitud se procedió a devolver la documentaciónpresentada a través de Oficio Nº 001-2003-CTAR PIURA-DIREPE-DIZOPE-PARACH, del 27 de enero de 2003; y,por medio de Escrito de Registro Nº 3436, del 25 de abrilde 2005, el señor ARTURO DEL CASTILLO WERTHEMANsostuvo que nunca se le remitió el citado Oficio, motivo porel cual renuevan su solicitud y vuelven a adjuntar losdocumentos correspondientes; Que, a través de Informe Nº 005-2005-GRP-420020- 400 del 6 de mayo de 2005, la Dirección Regional de laProducción de Piura señala que la solicitud del administrado,habría sido presentada sin adjuntar todos los requisitoslegalmente establecidos, por ello, con Oficio Nº 001-2003-CTAR PIURA-DIREPE-DIZOPE-PARACH, del 29 de enerode 2003, se procedió a devolver los expedientes; asimismo,sostiene que la solicitud debe ser declarada inadmisiblepor extemporánea; Que, mediante Resolución Directoral Nº 073-2005-GRP- 420020-100 del 6 de mayo de 2005, la Dirección Regionalde la Producción de Piura declara inadmisible porextemporánea la solicitud de permiso de pesca para lasembarcaciones pesqueras denominadas “CRISTO REY”,“JORGE OMAR” y “FELIPE”, presentada por el señorARTURO DEL CASTILLO WERTHEMAN; Que, por medio de Escrito de Registro Nº 4366, del 24 de mayo de 2005, el señor ARTURO DEL CASTILLOWERTHEMAN interpone recurso de apelación contra laResolución Directoral Nº 073-2005-GRP-420020-100; Que, a través de Resolución Viceministerial Nº 048- 2005-PRODUCE/DVM-PE, del 30 de septiembre de 2005,el Despacho Viceministerial de Pesquería declara fundadala apelación interpuesta por el señor ARTURO DELCASTILLO WERTHEMAN contra la Resolución DirectoralNº 073-2005-GRP-420020-100, declarando la nulidad delOficio Nº 01-2003-CTAR-PIURA-DIREPE-DIZOPE-PARACHy de su acto de notificación, así como de la Resoluciónapelada, ordenando que se retrotraiga el procedimientoadministrativo al estado anterior a la emisión de los actosdeclarados nulos; Que, mediante Documento Nº V.200-0948 del 15 de marzo de 2006, la Dirección General de Capitanías delPerú comunica que de la revisión de los expedientes de lasnaves “JORGE OMAR”, “CRISTO REY” y “FELIPE”, seobserva que respecto de la embarcación “JORGE OMAR”