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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2006 (20/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324392El Peruano jueves 20 de julio de 2006 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a bienes de la Iglesia Católicadel Perú de las épocas colonial yrepublicana RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 958/INC Lima, 20 de junio de 2006 VISTO, el documento Prot. N° 25.02.2006, de fecha 23 de febrero del 2006, presentado por la Comisión Episcopal para los Bienes Culturales de la Iglesia; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del Sector Educación conpersonería de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación,restauración, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo III de la Ley Nº 28296 “Ley Generaldel Patrimonio Cultural de la Nación”, consagra la presunción legal que los bienes de la época prehispánica, virreynal y republicana, constituyen Patrimonio Cultural de la Nación,independientemente de su condición de propiedad pública o privada; en los casos en que tengan la importancia, el valor y significado referidos en el artículo II de la acotada ley y/o seencuentren comprendidos en los tratados y convenciones sobre la materia de los que el Perú sea parte; Que, según lo define el artículo II de la Ley Nº 28296, se entiende como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación toda manifestación del quehacer humano – material o inmaterial – que por su importancia, valor ysignificado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual;sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo; la misma que, quedará sin efecto por declaración expresa de la autoridad competente,ya sea de oficio o a solicitud de parte; Que, mediante Informe Nº 052-2006-INC/SDIRCPCMMC de fecha 22 de febrero del 2006, la Subdirección de Inventario,Registro, Catalogación y Restauración del Patrimonio Cultural Mueble de la Dirección de Fomento de las Artes del Instituto Nacional de Cultura señala que, Patrimonio de la Iglesia es elconjunto de bienes que a lo largo del tiempo ésta ha ido acumulando como resultado de su dinámica histórica y social en el Perú, llegando a contar con cuadros y figuras diversaspara el adoctrinamiento que se hizo apremiante desde el siglo XVI hasta el XIX, lo que hizo del clero el mecenas más importante del arte colonial y republicano; por consiguiente, un 80% delarte colonial está dedicado a temas religiosos los que tuvieron y tienen todavía un enorme atractivo para la clientela piadosa y los coleccionistas; Que, el citado Informe indica que, el Patrimonio de la Iglesia Católica en el Perú se divide tipológicamente en los siguientes bienes: pintura, escultura y tallas, retablo,mobiliario, objetos litúrgicos, ornamentos sagrados, joyas, grabados, dibujos, instrumentos musicales, cristalería, cueros, libros corales, incunables y cerámica; siendo que,a través de ellos se manifestaron las características de originalidad, calidad y experiencia técnica con la que los maestros del pasado realizaron sus obras; dado que cadauna de éstas es original e irrepetible, cada una se convierte en un ejemplar único cuya pérdida nos priva de un conocimiento más profundo de nuestra propia historia eidentidad. Estos bienes fueron confeccionados hasta hace cien años, presentando las características establecidas en el artículo II de la Ley Nº 28296, antes citado;Que, el referido patrimonio de la Iglesia Católica del Perú, viene siendo objeto de la comisión de delitos contra el Patrimonio Cultural que no están siendo calificados como tales por el Ministerio Público ni sancionados por el PoderJudicial; fundamentándose en que el tipo penal o el agravante se configura únicamente si estos bienes estuvieron previamente declarados como Patrimonio Culturalde la Nación; Que, mediante Informe N° 229-2006-INC/OAJ de fecha 17 de marzo de 2006, la Oficina de Asuntos Jurídicos,opina favorablemente por la declaración de los bienes de la Iglesia Católica del Perú como Patrimonio Cultural de la Nación; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Fomento de las Artes y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo prescrito en el artículo 21º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”; Decreto SupremoNº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, los bienes de la Iglesia Católica del Perú de las épocas colonial yrepublicana, de acuerdo a los tipos siguientes: 1. Pintura (2.0). Se considera tanto las pinturas sobre tela, cobre, madera y otros como aquellas realizadas directamente sobre el muro. 2. Escultura – Talla (2.1). Se considera aquí todo tipo de objeto escultórico tanto en bulto redondo como media figura o relieve, ya sea completo o fragmento, sea en madera, piedra, bronce u otro material. 3. Retablos (2.2). Son muebles litúrgicos o arquitectura en madera, yeso o piedra que se encuentra integrada a la arquitectura del templo o capilla a la que pertenece. Sonbienes muebles dorados o en color natural que se construyen bajo pautas arquitectónicas. 4. Mobiliario (2.3). Son piezas de uso común como camas, mesas, sillas, armarios, consolas, etc. Tanto las que pertenecen al ámbito profano como las que pertenecen a los conventos y monasterios. 5. Objetos Litúrgicos (2.4). Las piezas consideradas en este tipo son: cálices, custodias, patenas y otros, de materiales diversos que van desde el bronce al oro pasandopor la plata dorada y la decoración con piedras finas. 6. Ornamentos Sagrados (2.5). Son los ornamentos de riqueza decorativa y valor artístico que fueron usadospor los presbíteros en la liturgia cristiana: casullas, dalmáticas, estolas, amitos, albas, etc. Hechos en diversos materiales y diversas técnicas. 7. Cerámica (2.6). Se incluye aquí todo tipo de utensilios y elementos de adorno confeccionados de dos formas: una, cerámica de carácter rústico con decoración pintaday, la otra, cerámica vidriada o tratada para convertirla en porcelana. Se ubica aquí todos aquellos objetos de carácter utilitario y decorativo: platos, tazones, floreros, urnas, etc. 8. Metalurgia y Orfebrería (2.7). Son todos aquellos objetos de carácter laico y otros de naturaleza religiosa que no se usan en la liturgia cristiana como por ejemplo: sahumadores,limosneros, jarrones, platos, etc., confeccionados en plata u otro metal. Consideramos aquí también los objetos de orfebrería y adornos que tienen un valor artístico como por ejemplo:tupus, prendedores diversos y otros. 9. Textiles (2.8). Se incluye aquí objetos como tapices, alfombras y otros que provienen de la corriente artísticaoccidental y también de la oriental. 10. Material ecológico (2.9). 11. Papelería (2.10). En este rubro hallamos diplomas y otros documentos que por su valor histórico le corresponde al Instituto Nacional de Cultura declararlo como Patrimonio Cultural de la Nación. 12. Fotografía (2.11). Corresponde a ejemplares conocidos a partir de la segunda mitad del siglo XIX y que tienen valor como documento histórico. 13. Armas y Armaduras (2.12). Se considera aquí armas o armaduras, completas o parciales, de origen europeo u oriental. Igualmente, armas como espadas, dagas, masas, flechas, lanzas,alabardas, armas de fuego de distinto tipo, etc. 14. Joyas (2.13). Piezas como collares, pulseras, pendientes y otros de distinto material: oro o plata de épocas