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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2006 (20/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324386El Peruano jueves 20 de julio de 2006 el Agente de Intermediación perdiera la condición mencionada anteriormente, dentro de los cinco (5) días siguientes de informada la sanción, deberá comunicar su situación a los Inversionistas Acreditados para que estosse registren en la Base de Datos de otro Agente de Intermediación. Todo Agente de Intermediación que administre una Base de Datos de Inversionistas Acreditados está obligado a remitir la información correspondiente a CONASEV. Esta institución proporcionará la lista de códigos de InversionistasAcreditados a los Agentes de Intermediación, a las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores y a los emisores de valores regulados en este Reglamento,en caso se acojan al artículo 63º de la Ley. La pérdida de la facultad de administrar Bases de Datos de Inversionistas Acreditados, por parte de los Agentes deIntermediación, no implica la inhabilitación para efectuar cualquier otra actividad acorde con su objeto social. Artículo 13º.- Limitaciones a la Colocación y Negociación.- Los valores mobiliarios colocados mediante oferta pública primaria bajo el presente Reglamento, solo podrán ser transferidos a otros Inversionistas Acreditados. Estos valores podrán ser negociados en un mecanismocentralizado de negociación una vez que se adopte un segmento destinado a su negociación exclusiva por parte de Inversionistas Acreditados. La restricción mencionada en el párrafo anterior quedará sin efecto una vez transcurrido el plazo de doce (12) meses desde la primera colocación. Transcurrido este plazo, elemisor que de manera voluntaria opte por admitir la negociación de los valores entre el público en general, deberá adecuar la documentación e información de acuerdocon lo exigido para estas ofertas, según el tipo de emisor y el tipo de valor inscrito, por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y susdisposiciones complementarias. La aprobación de este trámite se realizará automáticamente con la presentación de la documentación e información correspondiente. Durante el plazo mencionado, y en tanto no se haya cumplido con lo establecido en el párrafo anterior, antes de cada transacción todo inversionista deberá adjuntar a susórdenes de compra, una declaración jurada, debidamente suscrita, con el contenido mínimo establecido en el Anexo II del presente Reglamento. Es obligatoria la participación de un Agente de Intermediación en toda transacción secundaria de valores inscritos bajo el presente Reglamento. Adicionalmente, losemisores o los Agentes de Intermediación son responsables de verificar que los inversionistas que pretendan adquirir los mencionados valores, se encuentren registrados enuna Base de Datos de Inversionistas Acreditados. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El presente Reglamento entrará en vigencia luego de transcurridos treinta (30) días calendario de supublicación en el Diario Oficial. Segunda.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento se podrán aplicar a los procesos de inscripción,registro o aprobación, según corresponda, que se encuentren en trámite ante CONASEV al momento de su entrada en vigencia. Para ello, el solicitante delprocedimiento deberá presentar la solicitud de desistimiento del trámite anterior y adecuar los documentos conforme con lo exigido en la presente norma, sin que ello signifiqueel pago de un derecho adicional por el nuevo trámite. Tercera.- La política de supervisión, señalada en el artículo 10 del presente Reglamento, será aprobada por laGerencia General y será aplicable simultáneamente con la entrada en vigencia de la presente norma. ANEXO I INFORMACIÓN MÍNIMA QUE DEBE CONTENER LA SOLICITUD DE REGISTRO EN LA BASE DE DATOS DE INVERSIONISTA ACREDITADOS 1. Información sobre identificación del inversionista solicitante 1.1 Nombre o denominación del inversionista; 1.2 Documento de identidad; 1.3 Registro Único de Titular (RUT);1.4 Dirección (Calle, Ciudad, Departamento, Código Postal); 1.5 Teléfono (incluir código de área); 1.6 Tipo de organización (Persona natural, persona jurídica, fondo o patrimonio autónomo); 1.7 Nombre del gestor del fondo o patrimonio autónomo; 1.8 Nombre del representante que solicita el registro;1.9 Documento de identidad; 1.10 Cargo (Gerente General, Gerente de Administración, Gerente de Finanzas, Otro (especificar)); 2. Información sobre el cumplimiento de los requisitos por parte del inversionista: 2.1 Inversionista Institucional; 2.2 Entidades señaladas en el artículo 3, literal b., del Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados; 2.3 Otras entidades: 2.3.1 Persona jurídica: 2.3.1.1 Ultimas declaraciones anuales del Impuesto a la Renta o documentos equivalentes, o, cuando corresponda, con los documentos acreditativos de lasinversiones efectuadas que acrediten el cumplimiento de lo exigido por el artículo 3 del Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigida exclusivamente a InversionistasAcreditados; 2.3.1.2 Copia del estatuto en donde el objeto social especifique que una de sus actividades es la inversión envalores mobiliarios; 2.3.2 Persona natural:2.3.2.1 Ultimas declaraciones anuales del Impuesto a la Renta o documentos equivalentes, o, cuandocorresponda, con los documentos acreditativos de las inversiones efectuadas que acrediten el cumplimiento de lo exigido por el artículo 3 del Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados; 2.3.2.2 Copia de las constancias de trabajo o estudio que acrediten experiencia laboral o académica mínima de tres (3) años en mercado de valores. 2.3.3 Fondo o patrimonio autónomo: 2.3.3.1 Indicación de las disposiciones legales o copia del acto constitutivo o contrato de fideicomiso correspondiente que acrediten que el fondo o patrimonio tiene como objeto la inversión en valores mobiliarios y esadministrado por alguna de las personas jurídicas mencionada en el articulo 3 del Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a InversionistasAcreditados. Nota: Los términos y cifras que se señalan tendrán el significado y se actualizarán según lo establecido por el artículo 3 y la Novena Disposición Final del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios,respectivamente. ANEXO II INFORMACIÓN MÍNIMA QUE DEBE CONTENER LA DECLARACIÓN JURADA DE UN INVERSIONISTA ACREDITADO Por la presente, yo, .................................................. ........................................ con documento de identidad ................... y domicilio en .................................................,en nombre propio o en representación de .................... ...................................................................................., con documento de identidad ........................ y domicilio en.........................................................., declaro lo siguiente: a) Que yo (o mi representado) me encuentro registrado en la Base de Datos de Inversionistas Acreditados con el Código de Acreditación Nº .................... b) Que los valores a adquirir se encuentran inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores bajo el Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigida