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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 20 de julio de 2006 324393REPUBLICADELPERU tanto de importación europea y oriental como de creación local, que por su calidad y antigüedad forman parte del patrimonio cultural del Perú. 15. Objetos varios (2.14). Todos los objetos cuya tipología no esté en la presente clasificación, por ejemplo: tocados de la época colonial y republicana de las tribus de la selva y otros. 16. Grabados (2.15). Ubicamos aquí aquellas obras de carácter bidimensional en tinta sobre papel que se crean con la ayuda de una prensa. Se incluye todas las técnicasde realización: xilografía, talla dulce, agua fuerte, punta de plata, punta seca, etc. Son obras que pueden haber llegado de Europa o bien haber sido hechas localmente, por logeneral de temática religiosa. 17. Dibujo (2.16). Son todas aquellas obras realizadas dentro de las propuestas académicas o bien puedenmanifestar un carácter vanguardista que se hacen sobre papel, cartulina o cartón u otra superficie con carboncillo, tinta china u otros materiales. 18. Instrumentos musicales (2.17). Instrumentos de origen occidental u oriental, tanto de cuerda como de viento o percusión como: vihuelas, laúdes, virginales, piano,flautas, guitarra española y otros. 19. Cristalería (2.18). Piezas de cristal cortado mezclados con plomo que se caracterizan por el brillo delmaterial y el peso. Son objetos de distinto uso: jarrones, urnas, platos, etc. Pueden ser en color natural o estar teñidas de azul o rojo oscuro, también en algunas hallamostonalidades ocres combinadas con color natural del cristal. 20. Cueros (2.19). Por lo general se les encuentra como complemento de muebles coloniales y eventualmente comoelementos sueltos: látigos, estribos, etc. 21. Numismática (2.20). Monedas y medallas que por su valor ornamental o histórico deben ser consideradosdentro del patrimonio nacional. 22. Libros Corales (2.21). Libros de gran tamaño cuyas páginas están hechas con piel de oveja o papiro diseñadospara el canto religioso comunal de las órdenes monásticas. Se importaron y comenzaron a hacerse en el Perú desde el siglo XVI hasta el XIX. Incluyen decoración pintada en sushojas en concordancia con la tradición occidental del libro iluminado. Debido a su naturaleza tanto plástica como musical su declaratoria como Bienes integrantes delPatrimonio Cultural de la Nación corresponde al Instituto Nacional de Cultura. Artículo 2º.- ENCARGAR a las Direcciones de las Sedes Regionales del Instituto Nacional de Cultura, la coordinación con los estamentos de la Iglesia Católica de su jurisdicción;para el inventario, registro y catalogación de los bienes culturales bajo su custodia y/o de su propiedad. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00153-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del Gobierno Regional de Apurímac ORDENANZA REGIONAL Nº 045-2006-CR-APURIMAC LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, en Sesión Ordinaria del día Cinco de Abril del dos mil seis; con la Agenda: Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional deApurímac, Período 2006; y en uso de las facultades conferidas en el inciso f) del Artículo 9º y el inciso k) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902 y LeyNº 28013, Decreto Legislativo Nº 807 y Ley Nº 27444. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado Peruano establece, que los Gobiernos Regionalestienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que en el Numeral 38.1 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 Ley de ProcedimientosAdministrativos Generales, dispone la obligación de aprobar y difundir el Texto Único de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas. Que, estando a lo dispuesto por los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27867 Ley de Gobiernos Regionales y su Modificatoria Ley Nº 27902 y los Artículos 2º y 4º delReglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado la Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBESE EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC, cuyo texto consta de 21 folios y forma parteintegrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Presidencia del Gobierno Regional de Apurímac, Gerencia General y demásGerencias, Direcciones y Áreas que corresponda su Implementación y Aplicación; encargando a la Dirección Regional de Administración y Finanzas, publique el Texto Únicode Procedimientos Administrativos “TUPA” de la Sede Central del Gobierno Regional de Apurímac, en el Diario Oficial El Peruano, el Diario Judicial Local y el Portal Electrónico, el queentrará en vigencia al día siguiente de su publicación. La presente Ordenanza Regional, fue aprobada por el Vicepresidente Ángel Barrantes Yucra y los ConsejerosRegionales: Pedro Pinares Antonio, Miriam Rojas Pariona, Esther Bringas Contreras, Carmen Palomino Dongo y Aída Ñahui Crusinta y la abstención de Adrián Cuellar Zanabria. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Apurímac, a los doce días del mes de abril del dos mil seis. ROSA A. SUÁREZ ALIAGA Presidenta del Gobierno Regional de Apurímac 00150-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de funcionaria para asistir a la Feria Agropecuaria, Industrial y Comercial de Cuiabá que se realiza en Brasil PRESIDENCIA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 206-2006-GRA/PR VISTO; El Informe Nº 073-2006-GRA/P-GGR-GRDE- SGGEPUB, de 6 de julio del 2006, cursado por el Gerente Regional de Desarrollo Económico, por el cual comunica laInvitación a la funcionaria del Gobierno Regional de Arequipa, señora Rocío Verónica Cervantes Mansilla, para participar en la Feria Agropecuaria, Industrial y Comercial de Cuiabá, allevarse en cabo en el Estado de Matto Grosso, de la República Federativa del Brasil, del 13 al 23 de julio del año en curso; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto