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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325110El Peruano miércoles 26 de julio de 2006 "Reglamento de Aplicación de Sanciones por Incumplimiento del Depósito Legal en la BibliotecaNacional del Perú", formulada por la Directora General del Centro Bibliográfico Nacional mediante Informe Nº 071-2006/BNP-CBN; respecto al plazo que dichaDirección puede conceder a los administrados que no han cumplido con el depósito legal para regularizar su situación; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Descentralizado con autonomía técnica, administrativa y económica, conforme a lo establecido en elartículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y la autonomía administrativa lefaculta a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 050- 2006-BNP , de fecha 21 de febrero de 2006, se aprobó el "Reglamento de Aplicación de Sanciones por Incumplimiento del Depósito Legal en la BibliotecaNacional del Perú", que tiene por objeto establecer las normas y procedimientos internos para la imposición de multa por el incumplimiento de las obligaciones contenidasen la Ley Nº 26905 modificada por la Ley Nº 28377, Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú, que se efectúe en ejercicio de la potestad sancionadoraconferida por Ley; Que, en la única Disposición Transitoria del Reglamento señalado precedentemente, se estableceque durante los primeros 60 (sesenta) días hábiles contados desde su entrada en vigencia, el Centro Bibliográfico Nacional podrá conceder un plazo deregularización no mayor a 30 (treinta) días a aquellos administrados que no hayan cumplido con la Ley de Depósito Legal para cumplimiento; Que, en el Informe de la Directora General del Centro Bibliográfico Nacional se manifiesta la necesidad de ampliar el plazo de regularización anteriormente indicado,debido a las diversas solicitudes recibidas de instituciones públicas y editoriales, por lo que resulta pertinente la emisión de la presente Resolución; y, En ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funcionesde la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, la Ley de Depósito Legal Nº 26905, modificada por la Ley Nº 28377, su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 018-98-ED; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Disposición Transitoria Única del "Reglamento de Aplicación de Sanciones por Incumplimiento del Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú" aprobada medianteResolución Directoral Nacional Nº 050-2006-BNP , la misma que quedará redactada de la siguiente manera: "Durante los primeros 120 (ciento veinte) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente Reglamento, el Centro Bibliográfico Nacional podráconceder un plazo de regularización no mayor a 50 (cincuenta) días hábiles a aquellos administrados que no hayan cumplido con la Ley de Depósito Legal paracumplimiento". Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Página Web de la Institución (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional 00386-2INDECI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G6F/G6C/G69/G64/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4A/G65/G66/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72 /G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G49/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G73/G65/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G6C /G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G75/G61/G6C/G65/G73/G20/G73/G65/G61/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 327-2006-INDECI Lima, 14 de julio del 2006 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCMconsagra el principio de publicidad en el ámbito de la Administración Pública, en mérito al cual toda información que posean las entidades del Estado se presume pública,salvo excepciones expresamente establecidas, en cuya virtud se deben adoptar medidas básicas que garanticen la transparencia y acceso a la información que lasentidades públicas administran; Que, durante el primer semestre 2006 el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ha recibido diversosbienes en calidad de donación por parte de instituciones y entidades públicas y privadas del interior del país; Que, estas donaciones han sido aceptadas mediante Resoluciones Jefaturales y destinadas a las diferentes acciones de prevención y de atención de emergencias, entre las que se incluyen la atención de damnificadospor fenómenos naturales o antrópicos; Que en consecuencia, resulta necesario aprobar y publicar un cuadro consolidado consignando unextracto de dichas resoluciones a efecto de darle publicidad y transparencia a estas acciones, considerando que el contenido íntegro de lasResoluciones, estará a disposición de cualquier persona interesada, pudiendo ser solicitadas a través de los canales que se han implementado al interior delInstituto Nacional de Defensa Civil - NDECI en observancia a las normas de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Estando a los fundamentos expuestos, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, normas modificatorias y complementarias, el Decreto SupremoNº 043-2003-PCM, en aplicación de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por elDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar el Cuadro Consolidado de Resoluciones Jefaturales emitidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI en el Primer Semestre del año 2006, mediante las cuales se aceptan donacionesefectuadas por instituciones y entidades públicas y privadas del país, para las acciones de prevención y de atención de emergencias, el mismo que en Anexo formade la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del Cuadro Consolidado, en elDiario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- La Secretaría General ingresará la presente Resolución en el Archivo General del INDECI,remitiendo copia autenticada por fedatario a la Dirección Nacional de Logística, el Almacén General, al Órgano de Control Institucional y a la Oficina de Asesoría Jurídica. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil