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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 2 de junio de 2006 320099REPUBLICADELPERU /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53 /G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2006-GRU/CR Pucallpa, 27 de abril del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política vigente, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del TítuloIV , sobre Descentralización-Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,Modificado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de abril del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27902 se modificó la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorporándose el Consejo de Coordinación Regional,como órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional, integrado por los Alcaldes Provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil; Que, en cumplimiento a la Constitución Política del Perú; a la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, modificada por LeyNº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, del Reglamento de la Ley, aprobado conDecreto Supremo Nº 171-2003-EF; Ley Nº.27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modificaciones; eInstructivo Nº 001-2006-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo para el año fiscal 2007, aprobado por Resolución Directoral Nº 011-2006-EF/76.01, que establece los lineamientos generales para el Proceso del Presupuesto Participativo; Que, en concordancia al marco legal, antes señalado, es necesario contar con un reglamento que regule los mecanismos y procedimientos, a través del cual se incorporan los Agentes Participantes conénfasis a las organizaciones de la sociedad civil; al Comité de Vigilancia y Control; y Equipo Técnico, en el proceso del Presupuesto Participativo, incluido uncronograma, como marco orientador de las actividades a realizar en cada una de las etapas del proceso; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previstoen el Artículo 15º inciso a) y el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el desarrollo regional implica desencadenar un proceso promovido y asumido por todos los actores e individuos de un territorio; se orienta a optimizar y racionalizar el potencial humano, los recursosinstitucionales, ambientales, sociales, económicos y culturales de un territorio, de una forma equilibrada y sostenible. Para tal fin será importante desarrollar unaadecuada definición de objetivos estratégicos y priorización de acciones y proyectos que permitan aprovechar los recursos existentes de maneraconcertada entre los distintos actores públicos y de la sociedad civil, así como la coordinación entre los distintos niveles de gobierno;Que, es necesario perfeccionar la interrelación entre los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a fin que los procesos en la región se desarrollen de manera articulada. Para ello será importante que desde cadaámbito y nivel de gobierno, tomen en cuenta la visión nacional, regional y local y que consideren los acuerdos alcanzados y las propuestas adoptadas en sus propiosprocesos participativos, a fin que se produzca una retroalimentación entre los procesos de las respectivas circunscripciones; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno delConsejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de abril del 2006, aprobó la siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento Nº 001- 2006-GR Ucayali-P” Reglamento del Proceso General del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2007, queconsta de SEIS (6) Títulos, VENTIUN (21) Artículos y SIETE (7) Disposiciones Transitorias y Finales, cuyo documento se adjunta y forma parte de la presenteordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,preparar el Cronograma de actividades del proceso. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, lapublicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 09660 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53 /G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/GED/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6E/G73/G65/GF1/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 ORDENANZA Nº 264-MDMM Magdalena del Mar, 30 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 12 de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley Nº 27680, Ley de ReformaConstitucional, establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan alvecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, esta gestión viene recibiendo quejas de los vecinos de determinados sectores del distrito manifestando la existencia de ciertas empresas que