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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (02/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320098El Peruano viernes 2 de junio de 2006 que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 3º.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento,matrimonio y defunción, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de AYMAÑA, cuya delegación de facultades registralesse aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin que el procedimiento registralse realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09776 MINISTERIO PÚBLICO /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G69/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G65/G6C/G69/G6D/G69/G6E/G61/G72 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G76/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E /G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G69/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G65/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G34/G36/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4D/G50/G2D/G46/G4E/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G64/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G6A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G79/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 641-2006-MP-FN Lima, 31 de mayo de 2006 VISTA:La Resolución de la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Loreto Nº 165-2006-MP-DS-LORETO,del 29 de mayo de 2006; CONSIDERANDO: Que a tenor de lo previsto por el inciso 2) del artículo 139º de la Constitución Política del Perú, ninguna autoridadpuede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones, siendo, además, imperativo constitucional, la observanciadel debido proceso y la tutela jurisdiccional, por la que ninguna persona puede ser desvida de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de lospreviamente establecidos ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación,conforme precisa el inciso 3) del artículo citado. Que la competencia funcional de los fiscales se determina, entre otros, por razón de la materia, grado yterritorio; y estando a que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1735-2005-MP-FN, del 9 de septiembre de 2005, se dispuso el desplazamiento a laciudad de Lima de la señora Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Maynas, por comisión de servicio, para que continúe con lainvestigación preliminar contra el ciudadano Jorge Chávez Montoya y otros, prorrogándose su estadía mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2091-2005-MP-FN, 2265-2005-MP-FN y 084-2006-MP-FN, dándose por concluido su desplazamiento por Resolución Nº 346-2006-MP-FN del 28 de marzo de 2006, debiendoretornar a su fiscalía de origen, a fin que se avoque al conocimiento de las denuncias judicializadas y en proceso ante el Tercer Juzgado Penal de Maynas;encargándose las investigaciones preliminares realizadas por la citada magistrada al Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial Especializadaen Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Lima. Que de la documentación que sustenta la Resolución de visto, se advierte la existencia de hechos nuevos quepor la especialidad del caso y personas involucradas enla investigación, requiere que sean asumidas por un Fiscal competente de la ciudad de Lima, toda vez que la actuación de gran parte de las diligencias a nivel policial deberán ser realizadas conjuntamente con el EquipoEspecial de Investigación Policial de la Dirección Antidrogas con sede en la capital de la República, razón por la cual a fin de lograr que la investigación se realicerespetando las reglas de competencia previstas por el artículo 19º del Código de Procedimientos Penales, es que procede designar al Fiscal Provincial Especializadocompetente, a fin que se avoque al conocimiento de éstos hechos nuevos. Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º de del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar la investigación preliminar contra Fernando Melciades Zevallos Gonzáles y otros, sobre Lavado de Activos y otros al doctor Iván Leudicio Quispe Mansilla, Fiscal Provincial Titular de laPrimera Fiscalía Provincial Especializada en Trafico Ilícito de Drogas y las Derivadas de la Ley Nº 27765, a que se contrae la Resolución de la Fiscalía de la NaciónNº 1456-2005-MP-FN, el mismo que deberá presentar los avances de la investigación ante el Despacho de la Fiscalía de la Nación. Artículo Segundo.- Precisar que el doctor Eduardo Octavio Castañeda Garay, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delito deTrafico Ilícito de Drogas - Sede Lima, continuará a cargo de la investigación preliminar que se le encomendó por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 346-006-MP-FN respecto de las diligencias a practicarse dentro del ámbito de su competencia territorial. Artículo Tercero.- Precisar que la doctora Luz Hortencia Loayza Suárez, Fiscal Provincial Titular de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Maynas, continúa en conocimiento de los hechos judicializados, que seencuentran en la etapa de instrucción ante el Tercer Juzgado Penal de Maynas. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Director General de la Policía Nacional de Perú, Gerencia General, Fiscalías Superiores Decanas de los Distritos Judiciales de Lima y de Loreto, FiscalCoordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trafico Ilícito de Drogas, Gerencia de Registro de Fiscales, y a los Fiscales mencionados, para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 09765 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53 /G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 079-2006-J-OPD/INS Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 079-2006- J-OPD/INS, publicada en nuestra edición del día 20 de mayo de 2006. DICE: RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 079-2006-J-OPD/INS DEBE DECIR: RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 279-2006-J-OPD/INS 09740