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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (05/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320248El Peruano lunes 5 de junio de 2006 De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembrede 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembrede 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- En vía de regularización delegar en la persona del doctor Oscar Shiappa-Pietra Cubas, Director Ejecutivode la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por laEmbajada Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo yla Cooperación (COSUDE) y la República del Perú,representada por la Agencia Peruana deCooperación Internacional (APCI), y la Defensoría del Pueblo (Defensoría) relativo al Apoyo al Programa Quinquenal 2006-2010 de la Defensoríadel Pueblo a través de la Canasta de Fondos "LaPromoción de la Equidad e Inclusión para larealización de los Derechos Humanos" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al doctor Oscar Shiappa-Pietra Cubas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09930 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20 /G61/G6C/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72 /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G50/G43/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G28/G50/G43/G43/G29/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 195-2006-RE Lima, 1 de junio de 2006 Visto el Memorándum (AJU) Nº 124-2006, de 25 de abril de 2006, de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Habiéndose suscrito el 23 de agosto de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajadade Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y laCooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de CooperaciónInternacional (APCI) relativo al Proyecto "Programade Cooperación Comercial (PCC)" ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- En vía de regularización delegar en la persona del doctor Oscar Schiappa-Pietra Cubas, Director Ejecutivode la Agencia Peruana de Cooperación Internacional(APCI), las facultades suficientes para suscribir enrepresentación del Gobierno del Perú, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú,representada por el Ministerio de RelacionesExteriores - Agencia Peruana de CooperaciónInternacional (APCI) relativo al Proyecto "Programa de Cooperación Comercial (PCC)" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al doctor Oscar Schiappa-Pietra Cubas, Director Ejecutivode la Agencia Peruana de Cooperación Internacional(APCI). Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09931 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G73/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G52/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G54/G61/G72/G61/G70/G6F/G74/G6F/G20/G2D/G20/G4A/G75/G61/G6E/G6A/G75/GED/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 439-2006 MTC/02 Lima, 1 de junio de 2006 VISTO: El Informe Nº 049-2006-MTC-20.5-LCHV elaborado por el Especialista de Obras - BID del Proyecto Especialde Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍASNACIONAL y el Informe Nº 1342-2006-MTC/08 de laOficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación del supervisor dela obra “Rehabilitación de la Carretera Tarapoto - Juanjuí“,Sector: km. 11+000 al km 34+000; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 049- 2006-MTC-20.5-LCHV elaborado por el Especialista deObras - BID de PROVÍAS NACIONAL, se desprendeque con fecha 15 de marzo de 2006 se suscribió el Contrato de Ejecución de Obra Nº 105-2006-MTC/20 para la ejecución de la Obra “Rehabilitación yMejoramiento de la Carretera Tarapoto - Juanjuí“, Tramodel Km. 11+ 000 al Km. 34 + 000, con el ConsorcioTarapoto integrado por las empresas Construcción yAdministración S.A.C. - ARAMSA Contratistas Generales S.A.C - A & Z Constructores S.A.C., Ganador de la Buena Pro de La Licitación Pública Nacional Nº 0011-2005/MTC/20, con un plazo de ejecución de 360 días naturales; Que, a través del Concurso Público Nº 031-2005- MTC/20, el Comité Especial designado medianteResolución Viceministerial Nº 463-2005-MTC/02, efectuó las acciones correspondientes para llevar a cabo el proceso de selección destinado a la selección de laempresa encargada de prestar los servicios deSupervisión de la obra “Rehabilitación de la CarreteraTarapoto- Juanjuí, Sector: Km. 11+ 000 al 34+ 000”. Sinembargo, ante las observaciones presentadas por el postor Acruta & Tapia Ingenieros S.A.C, y el periodo de implementación de las recomendaciones efectuadas porel Consucode mediante el Pronunciamiento Nº 024-2006/GTN para la integración de las Bases, las mismascontaron con la aprobación de Consucode con fecha 23de marzo de 2006 mediante el Oficio Nº 236-2006/GTN/ ATN. La Buena Pro del referido proceso se otorgó con fecha 29 de marzo de 2006 a favor del Consorcio VialJuanjui conformado por las empresas P y V - Finsa;