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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (05/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320256El Peruano lunes 5 de junio de 2006 CONTRALORÍA GENERAL /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G65/G72/G74/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G2D /G32/G30/G30/G36/G2D/G43/G47/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G41/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 163-2006-CG Lima, 31 de mayo de 2006 Visto, el Informe Nº 003-2006-CG/CE-SOA de la Comisión Especial de Designación de Sociedades deAuditoría constituida mediante Resolución de ContraloríaNº 126-2006-CG, encargada de la evaluación y calificación de las propuestas presentadas en el Concurso Público de Méritos Nº 02-2006-CG para laDesignación de Auditorías Externas; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloría General de la República, mediante publicacionesefectuadas en el Diario Oficial El Peruano los días 18 y19 de abril de 2006, convocó al Concurso Público deMéritos Nº 02-2006-CG, a fin de designar sociedadesde auditoría externa para auditar los estados financieros, información presupuestaria y examen especial, aspectos operativos y auditoría de gestión, correspondiente anoventicinco (95) entidades que solicitaron la ejecuciónde estos servicios; Que, como resultado del Concurso Público de Méritos Nº 02-2006-CG se emitió la Resolución de Contraloría Nº 150-2006-CG, la cual, entre otros, declaró en su artículo cuarto, desierto por primera vez el citado Concurso parala MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC -BAMBAMARCA, período 2005; ENTIDAD PRESTADORADE SERVICIOS ILO S.A. - EPS ILO S.A., período 2005;FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA, INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA DEL SECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES,período 2005; asimismo, en el artículo quinto se declaródesierto por segunda vez el referido Concurso respectoal BANCO AGRARIO EN LIQUIDACIÓN, Balance Finalde Liquidación 1.Set.2005 al 31.Dic.2005; Que, conforme al documento del visto, con Resolución de Contraloría Nº 090-2006-CG ya se había declarado desiertopor primera vez un Concurso Público de Méritos con relacióna la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC -BAMBAMARCA, período 2005; ENTIDAD PRESTADORA DESERVICIOS ILO S.A.- EPS ILO S.A., período 2005; FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA, INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA DELSECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, período2005; por lo cual se ha incurrido en error material en el InformeNº 002-2006-CG/CE-SOA y en el artículo cuarto de laResolución de Contraloría Nº 150-2006-CG; en virtud de lo cual se recomienda precisar que la declaratoria de desierto del Concurso Público de Méritos Nº 02-2006-CG respecto a lascitadas entidades es por segunda vez; Que, asimismo, en el documento del visto, se señala que se convocó por primera y no por segunda vez unConcurso Público de Méritos respecto al BANCO AGRARIO EN LIQUIDACIÓN, Balance Final de Liquidación 1.Set.2005 al 31.Dic.2005; por lo cual se haincurrido en error material en el Informe Nº 002-2006-CG/CE-SOA y en el artículo quinto de la Resolución deContraloría Nº 150-2006-CG; en virtud de lo cual serecomienda precisar que la declaratoria desierto del Concurso Público de Méritos Nº 02-2006-CG respecto a la citada entidad es por primera vez; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento del visto y en concordancia a lo establecidoen el artículo 201º de la Ley de ProcedimientoAdministrativo General - Ley Nº 27444, y Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que la declaratoria de desierto del Concurso Público de Méritos respecto aMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC -BAMBAMARCA, período 2005; ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS ILO S.A.- EPS ILO S.A., período 2005; FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA,INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA DELSECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES,período 2005, es por segunda vez, por lo que dichasentidades deben estar incluidas en el artículo quinto de la Resolución de Contraloría Nº 150-2006-CG. Artículo Segundo.- Precisar que la declaratoria de desierto del Concurso Público de Méritos respecto alBANCO AGRARIO EN LIQUIDACIÓN, Balance Final de Liquidación 1.Set.2005 al 31.Dic.2005, es por primera vez, por lo que dicha entidad debe estar incluida en elartículo cuarto de la Resolución de Contraloría Nº 150-2006-CG. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la implementación de lo dispuestoen la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 09851 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G63/G75/G6C/G61/G64/G6F/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G74/G69/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G2D/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 164-2006-CG Lima, 31 de mayo de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 010-2006-CG/ GDPC de 28.MAR.2006, Oficios Nºs. 059-2005-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-PUNO y 897-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 27 y 30.MAY .2005,respectivamente; así como el Informe Nº 010-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-PUNO de 5.MAY.2005 de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República,resultante de las investigaciones realizadas en la UniversidadNacional del Altiplano - Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República a través del Oficio Nº 1171-2004-CG/DC de 31.MAY.2004 dispusose efectúe una verificación de denuncia en torno apresuntas irregularidades detectadas en la UniversidadNacional del Altiplano - Puno, designando para el caso una Comisión a efectos de realizar la mencionada verificación; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 010-2004-CG/GDPC, en el cual se ha determinado que unaautoridad universitaria contrató a sus parientes como docente y jefe de área, respectivamente, mediante la modalidad de locación de servicios; asimismo, se verificóque las firmas de otra persona contratada como jefe deárea, consignadas en los contratos, declaracionesjuradas de fiel cumplimiento, comprobantes de pago einformes, presentan rasgos diferentes a la firma registrada en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, igualmente se ha evidenciadoque los cheques con los que se efectuó el pago a la