Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2006 (05/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano lunes 5 de junio de 2006

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EP

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
Organizaciones politicas 19 20 21 22 23 24 PARTIDO RENACIMIENTO MORDAZA FRENTE INDEPENDIENTE MORALIZADOR PARTIDO APRISTA PERUANO PERU AHORA AVANZA MORDAZA - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL Y SE LLAMA PERU Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de ciudadanos que votaron

320265
Votos 00 00 00 00 00 00 00 205 00 205

registra cifras diferentes a las que aparecen en el acta de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, especificamente en la votacion congresal de las agrupaciones politicas "Partido Reconstruccion Democratica", "Movimiento Nueva Izquierda" y, "Peru Posible"; asi como los valores registrados como votos blancos y nulos; Que, el acta remitida por el JEE de MORDAZA Sur consigna la siguiente votacion congresal: cero (0) votos a favor de cada una de las agrupaciones politicas "Partido Reconstruccion Democratica", y "Peru Posible" y, un (1) MORDAZA para el "Movimiento Nueva Izquierda" y, cero (0) votos MORDAZA y nulos; debiendo ser, conforme aparece en el acta de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones de la siguiente manera: un (1) MORDAZA congresales a favor de la agrupacion politica "Partido Reconstruccion Democratica", catorce (14) votos congresales a favor de la agrupacion politica "Peru Posible" y, cero (0) MORDAZA congresales para el "Movimiento Nueva Izquierda", diecisiete (17) votos en MORDAZA y, diecinueve (19) votos nulos; Que, dichas cantidades de votos senaladas en el considerando precedente sumadas a las demas votaciones a favor de las organizaciones politicas, dan un valor de 212 votos emitidos, cantidad que excede del total de ciudadanos que votaron que es de 205; correspondiendo aplicar el Articulo Tercero, Acapite II, numeral 3) del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, que establece que en estos casos se anula el acta electoral, debiendo revocarse lo resuelto por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur; Que, siendo el "total de ciudadanos que votaron" consignado en el acta electoral, menor que el "total de electores habiles", se debera cargar en el computo como votos nulos el "total de ciudadanos que votaron", en aplicacion del articulo MORDAZA, inciso 6), literal b) del Reglamento acotado; Por los fundamentos expuestos, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Amavila Porturas MORDAZA, personera legal de la organizacion politica "Peru Posible" y en consecuencia, revocar la Resolucion Nº 3560-2006JEE-LIMA SUR de fecha 12 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, en todos sus extremos. Articulo Segundo.- Anular el Acta Electoral de la Mesa de Sufragio Nº 044039-33-0 del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de Congresistas de la Republica; debiendo computarse de la siguiente manera: Acta Electoral de la Mesa de Sufragio Nº 044039-33-0
Organizaciones politicas 1 PARTIDO SOCIALISTA 2 PROYECTO MORDAZA 3 RESTAURACION NACIONAL 4 ALIANZA POR EL FUTURO 5 UNION POR EL PERU 6 PARTIDO JUSTICIA NACIONAL 7 FUERZA DEMOCRATICA 8 RESURGIMIENTO PERUANO 9 ALIANZA PARA EL PROGRESO 10 UNIDAD NACIONAL 11 PARTIDO RECONSTRUCCION DEMOCRATICA 12 CONCERTACION DESCENTRALISTA 13 MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA 14 FRENTE DE CENTRO 15 CON FUERZA PERU 16 PERU POSIBLE 17 PROGRESEMOS PERU 18 FRENTE POPULAR MORDAZA FIA DEL PERU -FREPAP Votos 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00

Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 1113-2006-JNE Expediente Nº 1016-2006 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 VISTO, en audiencia publica de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal de la organizacion politica "Peru Posible" MORDAZA Amavila Porturas MORDAZA, contra la Resolucion Nº 4121-2006-JEE-LIMA SUR de fecha 15 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, que resuelve la observacion por error material detectada en el acta electoral Nº 076909-41-N del distrito Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de Congresistas de la Republica; CONSIDERANDO: Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones resolver en MORDAZA y definitiva instancia, entre otras, las materias electorales, conforme a lo dispuesto por los articulos 142º, 178ª y 181º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 34º in fine de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, la resolucion materia de impugnacion, resolvio en su articulo primero, considerar en el acta electoral Nº 076909-41-N, la votacion contenida en el cuadro que forma parte del referido articulo, al sumar a los votos nulos, la cantidad de 62, cifra obtenida como resultado de la diferencia entre el "total de ciudadanos que votaron" (218) y, el "total de votos emitidos" (156), de conformidad con lo establecido en el Articulo Tercero, Acapite II, numeral 4) del reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE; Que, la apelante impugna la mencionada Resolucion expresando que, en el ejemplar del acta del personero de mesa de su agrupacion politica, que no se anexa, el total de votos nulos es cincuenta y cinco (55), dando un total de doscientos treinta y ocho (238), cifra que indica la apelante, es mayor al total de ciudadanos que votaron que es de doscientos dieciocho (218); por lo que, agrega la apelante, el acta electoral en cuestion seria nula; Que, para los efectos de resolver la presente apelacion, corresponde practicar un cotejo entre la MORDAZA certificada del acta electoral remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, que sirvio de sustento

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