Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2006 (14/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano miercoles 14 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321471

presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10525

2003-MTC con sus normas complementarias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 459-94-MTC/15.17, a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 27 de diciembre de 2014, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 2º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones semestrales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese.

Renuevan autorizacion otorgada a MORDAZA de Radiodifusion S.A.C. para operar estacion de servicio de radiodifusion comercial por television en VHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 300-2006-MTC/03
MORDAZA, 6 de junio de 2006 VISTO, el Escrito Registro Nº 1999-00362007 del 20 de enero de 1999, la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., solicita la renovacion de su autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 459-94-MTC/ 15.17 del 20 de diciembre de 1994, se otorgo autorizacion, via ampliacion, por el plazo de diez (10) anos a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A., para la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en el distrito y provincia de MORDAZA y departamento de Ancash; Que, segun consta en Partida Registral Nº 02005964, la empresa modifico su regimen societario, adoptando la modalidad de sociedad anonima cerrada por tanto, la denominacion a considerarse es MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C; Que, conforme el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordando con el ar ticulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los ar ticulos 201º y 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senalan que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con los requisitos que en ellas se detallan, normas aplicables en vi rtu d d e l ma n d MORDAZA c ontenido en la P r imer a Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la L e y d e R a d i o y Te l ev i s i o n ; a s i m i s m o d e b e acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina, mediante Informe Nº 4922006-MTC/17.01.ssr, que la estacion autorizada a empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., se encuentra en aptitud tecnico y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion, y cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion de la citada empresa; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 10446

Otorgan autorizaciones a personas juridica y natural para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF y UHF en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 304-2006-MTC/03
MORDAZA, 7 de junio de 2006 VISTO, el Expediente Nº 2002-014547 presentado por la empresa RADIO EBENEZER E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la

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