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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (29/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 29 de junio de 2006 322695REPUBLICADELPERU Artículo 12º.- Las Plazas a ser implementadas para el nombramiento del personal contratado se financiarán mediante modificaciones presupuestales de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28411. Las modificaciones presupuestales entre grupos genéricos de gasto requieren el informe favorable previo de la DirecciónNacional del Presupuesto Público. Artículo 13º.- De acuerdo a la modalidad de contrato y financiamiento, las modificaciones y anulaciones citadas en el artículo anterior serán de la siguiente forma: a. El costo de los contratos con cargo a la específica del gasto 5.1.11.10 Retribuciones y Complementos Contrato a Plazo Fijo (Regímenes Laborales Públicos y Privados), financiará el costo del nombramiento con cargoa la específica del gasto 5.1.11.01 Retribuciones y Complementos de la Ley de la Carrera Administrativa. b. El costo de los contratos con cargo a la específica del gasto 5.3.11.27 Servicios No Personales, financiará el costo del nombramiento con cargo a la específica delgasto 5.1.11.01 Retribuciones y Complementos de laLey de la Carrera Administrativa. CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES DE NOMBRAMIENTO Artículo 14º.- Para efectos de la conducción del proceso de nombramiento del personal contratado, se conformarán las Comisiones siguientes: a. Comisión Nacional de Nombramiento, a la que se denominará en lo sucesivo “Comisión de Tercer Nivel”. b. Comisiones de Nombramiento en el Pliego Ministerio de Salud, organismos públicos descentralizados y direcciones regionales de salud, a las que se denominarán en lo sucesivo “Comisiones deSegundo Nivel”. - Comisiones de Nombramiento de las Direcciones de Salud. - Comisiones de Nombramiento de los Institutos Especializados. - Comisiones de Nombramiento de los Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud. - Comisiones de Nombramiento de las Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales. c. Comisiones de Nombramiento de las demás unidades ejecutoras correspondientes al Pliego Ministerio de Salud y a las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, a las que se denominarán en lo sucesivo “Comisiones de Primer Nivel”. - Comisiones de Nombramiento de las Direcciones Subregionales de Salud. - Comisiones de Nombramiento de las Direcciones de Redes de Salud. - Comisiones de Nombramiento de Hospitales. La Comisión de Tercer Nivel se conformará por Resolución del Ministerio de Salud y estará integrada por: - Un representante del Despacho Ministerial de Salud, quien la presidirá; - El Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos o su representante, quien actuarácomo Secretario Técnico. - El Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante. - El Coordinador General del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión (PAAG) o su representante. - El Director General de la Oficina General de Administración o su representante. - Dos representantes de los Trabajadores del Sector Salud, cuya designación estará a cargo del Titular del Pliego. Las Comisiones de Segundo Nivel se conformarán por resolución emitida por su respectivo titular y estarán integradas por: - El Titular de la dependencia o su representante, quien la presidirá; - Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica o la dependencia que haga sus veces.- Un representante de la Oficina de Recursos Humanos o la dependencia que haga sus veces. - Un representante del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión (PAAG). - Un representante de la Oficina de Administración o la dependencia que haga sus veces. - Dos representantes de los Trabajadores del Sector Salud, cuya designación estará a cargo del Titular del Pliego. - Un representante de la Defensoría del Pueblo, para el caso de las Comisiones de las Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales. Las Comisiones de Primer Nivel se conformarán por resolución emitida por su respectivo titular y estaránintegradas por: - El Titular de la dependencia o su representante, quien la presidirá; - Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica o la dependencia que haga sus veces. - Un representante de la Oficina de Recursos Humanos o la dependencia que haga sus veces. - Un representante del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión (PAAG). - Un representante de la Oficina de Administración o la dependencia que haga sus veces. - Dos representantes de eces. - Dos representantes de los Trabajadores del Sector Salud, cuya designación estará a cargo del Titular del Pliego. Artículo 15º.- Las Comisiones de Nombramiento están facultadas para solicitar en calidad de apoyo la participación de los profesionales y/o especialistas que estimen necesarios para el mejor ejercicio de sus funciones. Artículo 16º .- Los integrantes de las Comisiones de Nombramiento participan en todos los actos del proceso de evaluación y su condición de miembros implica la asistencia obligatoria a todas las actividades de dichas comisiones. Artículo 17º.- Los miembros de las Comisiones de Nombramiento se inhibirán de la evaluación del personal contratado, en el caso de existir vínculo familiar hasta elcuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o por razón de matrimonio del personal sujeto a nombramiento, u otras incompatibilidades debidamentefundamentadas. Artículo 18º.- Son funciones de la Comisión de Tercer Nivel: a. Monitorear el proceso de nombramiento del personal contratado. b. Proponer, de ser el caso, directivas complementarias que permitan cumplir con el objetivodel presente Reglamento. c.Asesorar y absolver consultas sobre la aplicación del proceso de nombramiento. d.Coordinar con las demás Comisiones de Nombramiento. e.Cumplir las normas y procedimientos establecidos en la Ley y el presente Reglamento. f.Recepcionar las apelaciones y/o revisiones según fuere el caso y demás documentación que corresponda al proceso de nombramiento de su nivel de competencia. g.Resolver en última instancia los recursos de revisión que interponga el personal contratado ante lasComisiones de Segundo Nivel. Asimismo, resolverá los recursos de apelación que interponga el personal contratado de los institutos especializados y organismos públicos descentralizados. Artículo 19º.- Las direcciones regionales de salud delegarán la evaluación del personal contratado para el nombramiento de la Dirección respectiva, en una de las Comisiones de Primer Nivel que se encuentren dentro de su ámbito de competencia administrativa ygeográfica. Las Comisiones de Segundo Nivel resuelven en segunda instancia, los recursos de apelación que seinterpongan en las Comisiones de Primer Nivel que se encuentren dentro de su ámbito de competencia administrativa y geográfica. Artículo 20º.- Las Comisiones de Segundo Nivel tendrán las siguientes funciones: