Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2006 (29/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano jueves 29 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322697

Comision elevara dicha apelacion debidamente fundamentada y documentada, en MORDAZA instancia a la Comision de MORDAZA Nivel, quien debera pronunciarse en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de recepcionada dicha apelacion, debiendo derivar su pronunciamiento fundamentado y el expediente correspondiente a la Comision de Primer Nivel. Las apelaciones interpuestas por los contratados de los Institutos Especializados y Organismos Publicos Descentralizados seran resueltas por la Comision de Tercer Nivel. c. Revision.El personal contratado que MORDAZA interpuesto una apelacion y luego del pronunciamiento no considere aceptable tal decision, podra presentar recurso de revision ante la Comision de MORDAZA Nivel, en un plazo de tres (3) dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificada la decision. La citada Comision elevara dicha revision debidamente fundamentada y documentada, a la Comision de Tercer Nivel, la que debera pronunciarse en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de recepcionada dicha revision, debiendo derivar su pronunciamiento y el expediente correspondiente a la Comision de Primer Nivel. El recurso de revision no es aplicable para el caso de los Institutos Especializados y Organismos Publicos Descentralizados.

CAPITULO VIII DE LAS RESOLUCIONES DE NOMBRAMIENTO
Articulo 31º.- El nombramiento del personal contratado considerado apto, de acuerdo a la publicacion de los resultados de la Comision del nivel correspondiente, se realizara a traves del respectivo acto resolutivo a cargo de la autoridad competente, dentro de los quince (15) dias naturales contados a partir del dia siguiente de recepcionado el Informe Final de la Comision. Las resoluciones de nombramiento deberan estar debidamente sustentadas con las referencias y antecedentes correspondientes. Articulo 32º.- Una vez cumplido el MORDAZA de nombramiento, la autoridad competente informara a la instancia superior correspondiente, debiendo acompanar la siguiente documentacion: a. Informe final de la Comision de Nombramiento que llevo a cabo el MORDAZA en las dependencias a su cargo. b. Resoluciones de Nombramiento del Personal Contratado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- El MORDAZA de nombramiento a que se refiere el presente Reglamento se efectuara hasta el 15% y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, previo informe favorable de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico de MEF, en las redes de salud, direcciones regionales de salud, hospitales, institutos especiales y demas entidades donde labore el personal contratado del Ministerio de Salud, cumpliendo con los plazos establecidos en el presente Reglamento. Segunda.- La Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces en la unidad ejecutora, es responsable de proporcionar a la respectiva Comision, la documentacion contenida en los legajos del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios, personal auxiliar asistencial y administrativo contratado a plazo fijo sujeto a nombramiento para efecto de la evaluacion del expediente por parte de la Comision respectiva. Tercera.- La Oficina de Logistica o la que haga sus veces de cada unidad ejecutora es responsable de proporcionar la informacion necesaria sobre los contratos por servicios no personales. Cuarta.- El personal contratado a plazo fijo sujeto a nombramiento dispone de quince (15) dias habiles a partir de la vigencia del presente Reglamento para actualizar sus legajos personales, debiendo las entidades responsables implementar los procesos que garanticen su estricto cumplimiento.

CAPITULO VII DEL INFORME FINAL DE LAS COMISIONES DE NOMBRAMIENTO
Articulo 29º.- Las Comisiones de Nombramiento, una vez resueltas las impugnaciones presentadas, elaboraran un Informe Final respecto al desarrollo del MORDAZA, el mismo que debera contener lo siguiente: a. Resolucion de Conformacion de la Comision. b. Acta de Instalacion. c. Actas de Reuniones. d. Acta Final. e. Relacion del personal contratado cuyos expedientes fueron evaluados. f. Relacion de los contratados considerados Aptos y No Aptos para el nombramiento. g. Reclamos y/o apelaciones presentados. h. Absolucion de reclamacion, apelacion y/o revision emitida por la Comision del nivel respectivo. Articulo 30º.- La Comision de Primer y MORDAZA Nivel en caso corresponda emitira el Informe Final a la autoridad competente, a efecto de llevar a cabo las acciones finales a que hubiere lugar.

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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