Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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2006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", para recibir las inscripciones de las listas de los candidatos a representantes titulares y suplentes para el Parlamento Andino; Que los partidos politicos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, solo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso en cada Distrito Electoral ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente, hasta sesenta (60) dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme lo establece el articulo 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el articulo 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Primero: Que de conformidad con lo senalado en el articulo 2º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, publicada el 09 de enero de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, precisa los requisitos que deben cumplir los candidatos a representantes al Parlamento MORDAZA y los articulos 3º y 4º de la mencionada Resolucion senalan que estos candidatos tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades que los postulantes al Congreso de la Republica, asi como los requisitos de la solicitud; Segundo: Que habiendose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos relativos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadania de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condicion de inelegibilidad, cuota de genero, declaracion jurada de MORDAZA, democracia interna y demas exigencias legales previstas en la Constitucion y la Ley Organica de Elecciones, Ley de Partidos Politicos y demas normas conexas, ademas del TUPA; resulta procedente la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, conforme lo dispone el articulo 9º del Reglamento para la Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino; se procede a admitir a tramite la solicitud de inscripcion de los candidatos senalados en el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolucion. Tercero: Que del analisis efectuado se advierte que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el penultimo parrafo del articulo 3º del Resolucion Nº 004-2006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", respecto a los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que debe serles concedida 60 (sesenta) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, por lo que se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 04 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06193213, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Instituto de Salud del MORDAZA, institucion perteneciente al Ministerio de Salud, el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, desempenandose como Enfermera, tal como se advierte de su propia Declaracion Jurada de MORDAZA a fojas 46; MORDAZA Colombier MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 07 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 10470950, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, tal como se advierte de su propia Declaracion Jurada de MORDAZA a fojas 70, en la que no senala fecha de salida por tanto es de considerarse que continua el vinculo laboral con el Ministerio de Justicia, el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, ocupando el cargo de Asesor de Imagen Institucional, asimismo indica que labora en la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana y Lince, desempenandose como Asesor de Prensa y Jefe de Imagen Institucional respectivamente; MORDAZA Boulangger MORDAZA Grimaneza con numero de inscripcion 10 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07558115, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Instituto MORDAZA

Perinatal, institucion perteneciente al Ministerio de Salud, el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, desempenandose como Trabajadora Social, tal como se advierte de su propia Declaracion Jurada de MORDAZA a fojas 94 Cuarto: Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; el que establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. No se podra postular por mas de una lista de candidatos, en consecuencia se deniega la admision a tramite de la solicitud de inscripcion del candidato MORDAZA MORDAZA Ang el MORDAZA, con numero de inscripcion 05 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08709329, de acuerdo con el Informe emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas se encuentra en el padron de afiliados al Partido Popular MORDAZA, siendo el caso que no ha cumplido con adjuntar su carta de renuncia o la autorizacion expresa del partido politico al que pertenece; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Articulo Primero.- Admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada personero legal del partido politico "Frente Independiente Moralizador", para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue:
Nº ORDEN 01 02 03 05 06 08 09 11 12 13 14 15 APELLIDOS Y NOMBRES Heraud Solari MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anglas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Llontop MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jarama MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guia MORDAZA MORDAZA MORDAZA D`arrigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 10320578 08294598 07831672 08709329 25689566 09567506 06118500 06796120 07010729 04056960 06745775 06752515

Articulo Segundo.- Denegar a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada personero legal del partido politico "Frente Independiente Moralizador", para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue:
Nº APELLIDOS Y NOMBRES ORDEN 04 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07 MORDAZA Colombier MORDAZA MORDAZA 10 MORDAZA Boulangger MORDAZA Grimaneza DNI 06193213 10470950 07558115

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 03930

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