Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2006 (24/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 24 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 315401

por la MORDAZA modificatoria indicada y en concordancia con las normas invocadas exactamente en sus incisos a) y b), que "los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertando entre si, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y, b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado"; Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 15º, incisos b) y c), preven como atribucion del Consejo Regional "aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional" y, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su Articulo 1º define el MORDAZA del Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil". En este sentido, su Articulo 4º establecio las instancias de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto como son el Consejo de Coordinacion Regional, el Consejo de Coordinacion Local Provincial y el Consejo de Coordinacion Local Distrital, prescribiendose la mecanica de esta participacion respecto a los consejos de coordinacion regionales y locales, estipulando su Articulo 5º que "la sociedad civil forma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales con enfasis en los gastos de inversion, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitira la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, conforme a cuyo Articulo 3º quedaron establecidos los objetivos del Presupuesto Participativo, pergenando su Articulo 7º lo concerniente al desarrollo de los talleres de trabajo; Que, este mismo Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, perfilo en su Articulo 5º el procedimiento para la convocatoria a participar y a registrarse de los Agentes Participantes definidos por el inciso d) de su Articulo 1º, senalando que "el Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Local establecera mecanismos de registro complementarios a los ya existentes"; agregando que, "con el proposito de lograr una amplia participacion y representatividad de la sociedad civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundira por los medios adecuados el inicio del MORDAZA de identificacion de Agentes Participantes en el MORDAZA del MORDAZA del presupuesto participativo"; Que, es necesario salvar las dificultades de caracter burocratico, estrechez de plazos y rigidez normativa que caracterizaron procesos participativos anteriores, implementando las acciones necesarias para asegurar la celeridad y finalidad que a este efecto cumple la participacion ciudadana. En este sentido, es necesario contribuir con una politica de estrecha relacion entre el Gobierno Regional de MORDAZA y la sociedad civil organizada, aplicando positivamente la experiencia obtenida de los procesos anteriores a fin de institucionalizar un reglamento y mecanismos de accion que lo faciliten; Que, a fin de garantizar que el MORDAZA de elaboracion del presupuesto participativo para el Ano Fiscal 2007 cuente con la MORDAZA atencion ordenada a la obtencion de los mejores resultados, cuya importancia cobra relevancia especial en el contexto de un cierre de gestion, es que debe apuntar ademas a coadyuvar a la transferencia de un gobierno regional con procesos ordenados e institucionalizados a fin que la participacion ciudadana siga siendo el motor generador del desarrollo de la Region Lambayeque; es preciso para ello que el Gobierno Regional de MORDAZA proceda a convocar al MORDAZA de Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2007

a efectos de cumplir luego con el correspondiente cronograma de actividades relacionadas con el mismo, asi como a aprobar el reglamento correspondiente; Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONVOCASE al MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA - Ano Fiscal 2007. Articulo Segundo.- APRUEBASE el Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA - Ano Fiscal 2007, conforme al texto que integrado por veinticinco articulos y cuatro disposiciones complementarias y finales corre adjunto a la presente Ordenanza Regional como Anexo I, formando parte integrante de la misma. Articulo Tercero.- DISPONGASE que la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cronogramen y realicen las acciones pertinentes al periodo preparatorio del MORDAZA citado, entendiendose por tal a la convocatoria, inscripcion, admision de proyectos declarados viables, planificacion y adecuacion en su etapa de ejecucion al instructivo que el Ministerio de Economia y Finanzas debera oportunamente emitir a este efecto. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional ANEXO I REGLAMENTO PARA LA IDENTIFICACION Y ACREDITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES EN EL MORDAZA DE ELABORACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA REGION MORDAZA ANO FISCAL 2007 TITULO PRIMERO PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO PRIMERO PRINCIPIOS RECTORES Articulo 1º.- Para el desarrollo del MORDAZA de elaboracion del presupuesto participativo, se debera tener en cuenta los principios rectores senalados en la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, en especial, los principios de concertacion, participacion, igualdad de oportunidades y equidad de genero. 1. Concertacion A traves de la concertacion, el MORDAZA buscara la interaccion de multiples actores sociales, con diversidad de enfoques, a fin de determinar objetivos y acordar acciones que permitan resolver problemas y aprovechar las potencialidades, promoviendo en todos los sectores el desarrollo sostenible de la poblacion de Lambayeque. 2. Participacion La participacion resulta necesaria porque, reconociendo la multiplicidad de actores, permitira su acceso en la toma de decisiones y en la ejecucion de acciones para alcanzar los objetivos de quienes no detentan el mandato popular.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.