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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G35/G34/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de marzo de 2006 3. Igualdad de Oportunidades Resulta necesario el respeto a la igualdad de oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones por sexo y de carácter político, ideológico, religioso, étnico, edad, racial o deotra naturaleza, de los y las representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en los procesos de planificación y presupuesto participativo. 4. Equidad de Género La equidad de género debe ser observada no sólo en cuanto a la composición por cuotas de los agentes participantes, sino y sobretodo a que el propio presupuestopueda ser trabajado de manera que promueva la participación de todas las personas cualquiera sea su sexo, buscando un equilibrio en su intervención. CAPÍTULO SEGUNDO DE SU APLICACIÓN Y BASE LEGAL Artículo 2º.- El presente Reglamento norma y regula el proceso de identificación de los Agentes Participantes que participarán en la elaboración del presupuesto de la Región Lambayeque, en el marco de las disposiciones legalesvigentes. Artículo 3º.- La base legal que ampara el desarrollo de este proceso, está definida en las siguientes normas: - Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales.- Ley que modifica la Ley Nº 27867, y que regula la participación de los Alcaldes Provinciales y de la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales para fortalecer el procesode descentralización y regionalización. Ley Nº 27902. - Ley Nº 28056 - Marco del Presupuesto Participativo. - Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Cuando en el presente Reglamento se haga mención a la Ley, se entenderá que es la Ley Nº 28056. TÍTULO SEGUNDO OBJETIVO E INSTANCIAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO PRIMERO OBJETIVO Artículo 4º.- El proceso del presupuesto participativo, al igual que el de planeamiento del desarrollo concertado, tiene como objetivo reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utiliza losmecanismos de democracia directa y democracia representativa, generando compromisos y responsabilidades compartidas. Para ello deberá tenerse en cuenta los PrincipiosRectores que señala la Ley, y en especial los señalados en el artículo primero del presente Reglamento. CAPÍTULO SEGUNDO INSTANCIAS Artículo 5º.- Constituyen instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto, enconcordancia con las disposiciones legales vigentes: - El Consejo de Coordinación Regional; - Los Consejos de Coordinación Local Provincial;- Los Consejos de Coordinación Local Distrital; TÍTULO TERCERO AGENTES PARTICIPANTES Y PROCESO DE IDENTIFICACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 6º. - Los Agentes Participantes son todas aquellas personas que participan en el proceso deplaneamiento del presupuesto participativo y se agrupan en dos niveles: - Agentes Participantes con Voz y Voto: 1. Miembros del Consejo de Coordinación Regional. 2. Un representante de cada Consejo de Coordinación Local provincial o distrital, acreditado por la autoridadmunicipal correspondiente. 3. Miembros del Consejo Regional. 4. Un representante de cada municipio provincial o distrital ubicado dentro del territorio regional de Lambayeque. 5. Un Representante de cada Organización Social e Instituciones Privadas inscritas en el libro de registro de las organizaciones de la sociedad civil del gobierno regional de Lambayeque. 6. Un Representante de cada Organización Social o Institución Privada que solicite su inscripción para la elaboración del presupuesto participativo solamente enel proceso fiscal 2007. 7. Un Representante de cada entidad del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en la jurisdicción seencuentre o no en proceso de transferencia de funciones (direcciones regionales sectoriales, instituciones, organismos, programas y proyectos especiales). 8. Los representantes de la sociedad civil no organizada que acrediten su inscripción para este proceso conforme al Artículo 11º de este Reglamento. - Agentes Participantes con Voz pero sin Voto: 1. Equipo Técnico. Está presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional o Local y conformado por funcionarios de los GobiernosRegionales y Locales de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional; de Programación e Inversiones y del Área de Desarrollo Urbano y Rural. 2. Expertos. Personas de la sociedad civil especialistas en los temas de planeamiento y presupuesto. Debiendo considerarse a mujeres yvarones en forma equitativa y en igualdad de oportunidades. Artículo 7º.- Entre los representantes de la Sociedad Civil, están comprendidas las Organizaciones Sociales, teniendo en consideración el criterio territorial así comola línea temática desarrollada. TÍTULO CUARTO PROCEDIMIENTO CAPÍTULO PRIMERO DE LA CONVOCATORIA Artículo 9º.- El Presidente Regional, como Presidente del Consejo de Coordinación Regional y titular del pliego,es el responsable de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley y en el presente Reglamento. Artículo 10º.- Durante todo el proceso de difusión de la convocatoria para el presupuesto participativo, el Gobierno Regional deberá tener en cuenta los siguientescriterios que permitan asegurar la participación más amplia posible de ciudadanos y ciudadanas: a) Desarrollar la difusión e información del proceso, teniendo en cuenta la estrategia comunicacional de Información, Educación y Comunicación (IEC). b) La publicidad y difusión se deberá realizar, a través de diferentes medios de comunicación (Diarios, Radios, TV) y con la ayuda de material informativo (trípticos,afiches, volantes). c) Asegurar que la difusión sea de alcance regional, y en especial en los lugares y territorios más alejadoscomo los Centros Poblados, Caseríos y Comunidades, a fin de evitar que las distancias geográficas sean causantes de la poca participación de las poblacionesque habitan en estas zonas. d) Participación sensible al género y con igualdad de oportunidades. Se deberá promover, en especial, la