Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

Aprueban Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la MORDAZA personal en la MORDAZA Eleccion Presidencial 2006
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 010-2006-SG/ONPE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTOS; el Informe Nº 043-2006-CMSC-GAJ/ONPE, el Informe Nº 004-2006-CMSC-MABB-GAJ/ONPE y el Memorandum Nº 366-2006-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 186º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo 40º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios; siendo estas disposiciones de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional; Que, segun lo dispuesto por el articulo 348º de la Ley Organica de Elecciones, el comando de la Fuerza Armada pone a disposicion de la ONPE los efectivos necesarios para asegurar el libre ejercicio del derecho de sufragio, la proteccion de los funcionarios electorales durante el cumplimiento de sus deberes y la custodia del material, documentos y demas elementos destinados a la realizacion del acto electoral; disponiendo la misma MORDAZA que, para tal efecto, el Comando ejerce las siguientes atribuciones: a) prestar el MORDAZA correspondiente que garantice el normal funcionamiento de las Mesas de Sufragio; b) mantener el libre MORDAZA de los electores desde el dia anterior al de la eleccion y durante las horas de sufragio e impedir que MORDAZA coaccion, cohecho, soborno u otra accion que tienda a coactar la MORDAZA del elector; c) facilitar el ingreso de los personeros a los locales en que funcionen las Mesas de Sufragio; d) custodiar los locales donde funcionen los organos electorales y las oficinas de Correos; y e) hacer cumplir las disposiciones que adopte la ONPE para dicho efecto; Que, la misma MORDAZA preve que para la ejecucion de lo dispuesto en dicho articulo, los miembros de la Fuerza Armada reciben las ordenes e instrucciones pertinentes de sus superiores; y que las atribuciones y facultades concedidas a la Fuerza Armada estan sujetas, en todo caso, a las disposiciones e instrucciones de la ONPE; Que, de conformidad con el literal f) del articulo 5º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487, es funcion de la ONPE dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios; Que, asimismo, el articulo 6º de la Ley Organica de la ONPE establece que las instrucciones y disposiciones referidas en el considerando anterior, son obligatorias y de estricto cumplimiento para la Policia Nacional y las Fuerzas Armadas; Que, de las citadas normas, queda MORDAZA que la ONPE tiene la competencia constitucional y legal para dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios, las mismas que son de obligatorio cumplimiento por parte de la Policia Nacional y las Fuerzas Armadas; Que, de acuerdo al literal j) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 311-2005-J/ ONPE, la funcion de dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios le corresponde a la Jefatura Nacional de la ONPE; Que, sin embargo, el literal bb) del articulo 9º del mismo Reglamento, establece como atribucion de la Jefa de la ONPE, delegar las facultades administrativas y/o

legales que MORDAZA procedentes, conforme a las leyes y disposiciones vigentes; Que, en uso de dicha atribucion la Jefatura Nacional de la ONPE ha expedido la Resolucion Jefatural Nº 1022006-J-ONPE, mediante la cual delega en la Secretaria General de la ONPE, durante el desarrollo de la MORDAZA Eleccion Presidencial 2006, la funcion de dictar las disposiciones e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden y la MORDAZA personal durante los comicios; Que, la Secretaria General de la ONPE, de conformidad con el numeral e) del articulo 26º del mismo Reglamento de Organizacion y Funciones, esta facultada para coordinar durante el desarrollo de los procesos electorales, con las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru y el Ministerio Publico los asuntos relativos a la seguridad de los procesos electorales, a fin de proponer a la Jefatura Nacional las medidas adecuadas para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal; Que, de acuerdo con lo expuesto, la Secretaria General de la ONPE ha formulado las Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la MORDAZA personal en la MORDAZA Eleccion Presidencial 2006, que es necesario aprobar; De conformidad con el articulo 74º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; el literal n) del articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE y de acuerdo a la delegacion de facultades realizada mediante Resolucion Jefatural Nº 102-2006-J/ONPE, y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las "Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la MORDAZA personal en la MORDAZA Eleccion Presidencial 2006", que consta de catorce articulos y dos capitulos, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner la presente Resolucion en conocimiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de la Defensoria del Pueblo y del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria General Oficina Nacional de Procesos Electorales DISPOSICIONES PARA GARANTIZAR EL ORDEN, LA SEGURIDAD Y LA MORDAZA PERSONAL EN LA MORDAZA ELECCION PRESIDENCIAL DE LAS ELECCIONES GENERALES 2006 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto de las disposiciones De conformidad con el articulo 186º de la Constitucion Politica del Peru, con los articulos 40º, y 348º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y con los articulos 5º, literal f), y 6º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE Nº 26487, mediante el presente instrumento, este organismo electoral dicta las instrucciones y disposiciones para el orden, la seguridad y la MORDAZA personal durante en la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006. Articulo 2º.- Cumplimiento obligatorio de estas disposiciones por las FFAA y la PNP Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, estan obligadas a cumplir estas disposiciones, a traves de una permanente coordinacion con la Secretaria General de la ONPE y con los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; de conformidad con el literal f) del articulo 5º y el literal e) del articulo 27º de la Ley Organica de la ONPE. Articulo 3º.- Alcance de las medidas de seguridad brindadas por las FFAA y la PNP

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