Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Las medidas de seguridad y de orden interno que dispongan las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, previa coordinacion entre MORDAZA, estan dirigidas a la proteccion y resguardo de los electores, miembros de mesa, personeros de las organizaciones politicas, observadores, funcionarios de los organismos electorales, candidatos, locales de votacion, locales de los organismos electorales y de sus organos descentralizados (Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, Jurados Electorales Especiales - JEE y oficinas del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil) y los materiales electorales. CAPITULO II DISPOSICIONES ESPECIFICAS Articulo 4º.- Medidas de seguridad en zonas declaradas en emergencia Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru deberan brindar un tratamiento especial a las zonas declaradas en emergencia, de modo que existan mayores medidas de seguridad que garanticen el ejercicio del derecho al MORDAZA de los electores de tales zonas. Articulo 5º.- Resguardo a las sedes centrales de los organismos electorales La Policia Nacional del Peru, debera disponer de efectivos debidamente equipados y en numero suficiente, para la proteccion y resguardo de la sede central de la ONPE, del MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE) y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), desde la convocatoria a la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006, hasta la proclamacion de los resultados oficiales, en coordinacion con la Secretaria General de la ONPE y, de esta, con las Secretarias Generales de los organismos mencionados. Articulo 6º.- Resguardo a los locales de las ODPE, JEE y oficinas del RENIEC Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, previa coordinacion, deberan disponer de los efectivos debidamente equipados y en numero suficiente para la proteccion y resguardo de las sedes de las ODPE, las subsedes y los centros de computo de las ODPE, de los JEE y de las oficinas del RENIEC, hasta la conclusion del MORDAZA, en coordinacion con los Jefes de las ODPE. Articulo 7º.- Resguardo a las sedes donde se producen materiales electorales La Policia Nacional del Peru debera disponer de efectivos debidamente equipados y en numero suficiente para la proteccion y resguardo de las sedes de la ONPE, en donde se producen y custodian materiales electorales, desde la convocatoria oficial a la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006, hasta la proclamacion de los resultados oficiales, en coordinacion con la Secretaria General de la ONPE y con las Gerencias de Gestion Electoral y de Sistemas e Informatica Electoral. Articulo 8º.- Resguardo a los locales de votacion Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru deberan disponer de efectivos debidamente equipados y en numero suficiente para la proteccion y resguardo de los locales de votacion, en coordinacion con los Jefes de las ODPE, para garantizar el normal desarrollo del acto electoral para la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006, hasta que concluya el escrutinio de las actas y su remision a los centros de computo de las ODPE. Articulo 9º.- Seguridad y medidas de orden interno en los locales de votacion Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru dispondran coordinadamente las medidas necesarias para la seguridad de los locales de votacion, asi como aquellas de orden interno, para el dia de la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006. Articulo 10º.- Medidas de seguridad en los locales de votacion el dia del sufragio Los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru que resguarden los locales de votacion,

el dia del sufragio, permitiran el ingreso de los electores debidamente identificados, de los funcionarios de los organismos electorales, del personal de la Defensoria del Pueblo, del personal del Ministerio Publico, de personeros de los partidos politicos, de observadores y de periodistas debidamente acreditados. Tambien permitiran el ingreso de personas que acompanen a electores con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas y lactantes, asi como a menores de edad que acompanen a sus padres. Despues de las 16:00 horas no se permitira el ingreso de personas no autorizadas. Los efectivos MORDAZA nombrados solamente permitiran el retiro de las actas escrutadas y demas material electoral por personal de la ODPE correspondiente. Articulo 11º.- Resguardo durante el despliegue y el repliegue del material electoral Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru deberan disponer de los efectivos debidamente equipados y los medios de transporte necesarios para resguardar el despliegue del material electoral, desde la MORDAZA de MORDAZA hacia las ODPE y desde estas sedes hacia los locales de votacion a nivel nacional, asi como el repliegue del mencionado material. Articulo 12º.- Garantias a la MORDAZA de los electores, miembros de mesa, personeros y observadores Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, a traves de medidas de seguridad y orden interno, garantizan la MORDAZA de los ciudadanos para ejercer su derecho a votar libremente, asi como la MORDAZA con que los miembros de mesa, personeros de las organizaciones politicas y observadores ejercen su funcion, sin coaccion alguna. Articulo 13º.- Medidas de seguridad para el personal de los organismos electorales Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, deben coordinar permanentemente con la Secretaria General de la ONPE, las medidas de seguridad y proteccion que se otorgara a los funcionarios de la ONPE, del JNE y del RENIEC, cuando corresponda, a traves de los oficiales designados para tal proposito. Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, deben coordinar con los Jefes de las ODPE las medidas de seguridad y proteccion que se otorgara al personal de las ODPE y de los Jurados Electorales Especiales, cuando corresponda. Articulo 14º.- Medidas de seguridad para los candidatos Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, a cargo de la custodia de los locales de votacion, en coordinacion con los Jefes de las ODPE, adoptaran las medidas necesarias para facilitar el ejercicio libre del MORDAZA de los candidatos a la MORDAZA Eleccion Presidencial de las Elecciones Generales 2006, brindando las garantias para su seguridad personal. 08653

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntas responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 332-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1996-2005/GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 000441-2006-GAJ/RENIEC de fecha 26 de

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