Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

(...) la Constitucion es una MORDAZA juridica. En efecto, si expresa la autorrepresentacion cultural de un pueblo, y refleja sus aspiraciones como nacion, una vez formado el Estado Constitucional de Derecho, MORDAZA pasa a ocupar una posicion analoga a la que ocupaba su creador. En buena cuenta, en el Estado Constitucional de Derecho, el status de Poder Constituyente, es decir la representacion del pueblo politicamente soberano, lo asumira la Constitucion, que de esta forma pasara a convertirse en la MORDAZA juridicamente suprema. 8 En igual sentido, en otro caso sostuvo que: (La) Constitucion Politica de la Republica del Peru" ... toda MORDAZA posee fuerza normativa (...) 9 Con relacion a la fuerza normativa y al contenido de la Constitucion, se preciso que: La Constitucion es un ordenamiento que posee fuerza normativa y vinculante; por ende, la materia constitucional sera toda la contenida en MORDAZA, y "lo constitucional" derivara de su incorporacion en la Constitucion. Asi lo ha entendido el Tribunal Constitucional, a lo largo de su funcionamiento, en la resolucion de los diferentes casos que ha tenido oportunidad de conocer ..., donde ha evaluado vulneraciones a la Constitucion de la mas diversa indole y en las cuales el unico requisito para tal examen consistia en que la controversia se fundara en una violacion de algun MORDAZA, valor o disposicion de la Constitucion.10 Pero el Tribunal Constitucional no solo se ha referido a la Constitucion como MORDAZA juridica, sino que recientemente lo ha hecho desde una perspectiva objetivo-estructural y subjetivo institucional. Asi: La Constitucion es la MORDAZA juridica suprema del Estado, tanto desde un punto de vista objetivo-estructural (articulo 51º), como desde el subjetivo-institucional (articulos 38º y 45º). Consecuentemente, es interpretable, pero no de cualquier modo, sino asegurando su proyeccion y concretizacion, de manera tal que los derechos fundamentales por MORDAZA reconocidos MORDAZA verdaderas manifestaciones del principio-derecho de dignidad humana (articulo 1º de la Constitucion). En consecuencia, pretender que la Constitucion no puede ser interpretada, no solo negaria su condicion de MORDAZA juridica ­ en directa contravencion de sus articulos 38º, 45º y 51º­, sino que desconoceria las competencias inherentes del juez constitucional como operador del Derecho, y seria tan absurdo como pretender que el juez ordinario se encuentre impedido de interpretar la ley MORDAZA de aplicarla.11 2.1.1.2. La Constitucion como fuente de Derecho 10. Con relacion a la Constitucion como fuente de nuestro "derecho nacional" 12 , debe remarcarse que constituye el fundamento de todo el "orden juridico" y la mas importante fuente normativa. Al respecto, la doctrina apunta que: La Constitucion es la fuente suprema dentro del ordenamiento, que conforma el orden juridico fundamental del Estado y de la sociedad. 13 En cuanto MORDAZA suprema del ordenamiento, la Constitucion prevalece sobre todas las demas y en ese sentido condiciona el resto de las normas, por cuanto determina la invalidez de aquellas que formal o materialmente contradigan las prescripciones constitucionales. 14 Es por ello que La Constitucion (...) termina convirtiendose en el fundamento de validez de todo el ordenamiento instituido por ella. De manera que una vez que entra en vigencia, cualquier produccion normativa de los poderes publicos e, inclusive, los actos y comportamientos de los particulares, deben guardarle lealtad y fidelidad. Ciertamente, no se trata solo de una adhesion y apoyo que pueda ser medido o evaluado en el plano de la moral o la etica, sino tambien de una exigencia de coherencia y conformidad de la que es posible extraer consecuencias juridicas. La infidelidad constitucional, en efecto, acarrea la posibilidad de declarar la invalidez de toda MORDAZA o acto,

cualquiera sea su origen, segun los alcances que el mismo ordenamiento constitucional MORDAZA previsto. 15 2.1.1.3. La Constitucion como fuente de MORDAZA 11. En cuanto a la consideracion de que la Constitucion es la "fuente de las MORDAZA de derecho" y la que regula la produccion normativa16 o disciplina los modos de produccion de las MORDAZA, MORDAZA Balaguer Callejon apunta que esta es, (...) ademas, la fuente que incorpora las normas fundacionales del ordenamiento mismo, a partir de las cuales se determinara la legitimidad del resto de las normas del sistema juridico".17 En igual sentido, se ha sostenido que (...) la Constitucion tambien incide en el sistema de MORDAZA en la medida en que regula el MORDAZA de produccion juridica atribuyendo poderes normativos a distintos sujetos y asignando un valor especifico a las normas creadas por estos. Es decir, la Constitucion es la MORDAZA normarum del ordenamiento, aunque no todas las normas sobre la produccion juridica estan contenidas en ella.18 Por su parte, este Colegiado sobre el tema ha expresado que la Constitucion: (...)ostenta el MORDAZA nivel normativo, por cuanto es obra del Poder Constituyente; reconoce los derechos fundamentales del ser humano; contiene las reglas basicas de convivencia social y politica; ademas de crear y regular el MORDAZA de produccion de las demas normas del sistema juridico nacional. En efecto, la Constitucion no solo es la MORDAZA juridica suprema formal y estatica, sino tambien material y dinamica, por eso es la MORDAZA basica en la que se fundamentan las distintas ramas del derecho, y la MORDAZA de unidad a la cual se integran. Es asi que por su origen y su contenido se diferencia de cualquier otra fuente del derecho. Y una de las maneras como se traduce tal diferencia es ubicandose en el vertice del ordenamiento juridico. Desde alli, la Constitucion exige no solo que no se cree legislacion contraria a sus disposiciones, sino que la aplicacion de tal legislacion se realice en MORDAZA con MORDAZA misma (interpretacion conforme con la Constitucion).19

8

Caso MORDAZA Borea MORDAZA y mas de 5000 ciudadanos, Exp. Nº 0014-2003-AI/TC, fundamento 2, parrafo 3. Caso Sesenta y cuatro Congresistas de la Republica, contra los articulos 1º, 2º, 3º, y la Primera y MORDAZA Disposicion Final y Transitoria de la Ley Nº 26285 (Exp. Nº 005-2003-AI/TC, fundamento 21.

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10 Caso MORDAZA MORDAZA, Exp. Nº 0168-2005-PC/TC, fundamento 3. 11 Caso Ley de la MORDAZA electoral, Exp. Nº 00030-2005-PI, fundamentos 40 y 41. 12 Articulo 55º de la Constitucion. 13 BALAGUER CALLEJON, Francisco. Ob. Cit, 1992, p. 28. 14 BETEGON, MORDAZA, GASCON MORDAZA, DE PARAMO, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Luis. Ob. Cit., p. 285. 15 Caso MORDAZA Borea MORDAZA y mas de 5000 ciudadanos, Exp. Nº 0014-2003-AI/TC, fundamento 2, parrafo 4 16 BETEGON, MORDAZA, GASCON MORDAZA, DE PARAMO, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Luis. Ob. Cit. p. 285. 17 BALAGUER CALLEJON, Francisco. Ob. Cit., p. 28 18 BETEGON, MORDAZA, GASCON MORDAZA, DE PARAMO, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Ob. Cit. p. 285 19 Caso Hoja de Coca, Exp. Nº 0020-2005-AI/TC, 0021-2005-AI/TC (acumulados), fundamento 19.

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