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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de mayo de 2006 sociales y económicos que afecten a Lima metropolitana y al distrito de Independencia. e) Multianual: Porque su vigencia y el establecimiento de objetivos son de mediano y largo plazo. Artículo 27º.- Articulación Distrital y Provincial/ Regional. El Proceso de Presupuesto Participativo Distrital, se articulará y complementará con el presupuestos de laMunicipalidad Metropolitana de Lima en su calidad deProvincia y/o Región, en la perspectiva de las visiones yprioridades de desarrollo. Artículo 28º.- Sistemas Locales de Participación y Concertación La interrelación de Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo se dará en el marco del SistemaLocal de Participación y Concertación que la MunicipalidadDistrital de Independencia y las organizaciones de lasociedad civil establecerán al amparo de la autonomíamunicipal. Artículo 29º.- Contenidos Mínimos Los contenidos mínimos del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo son el diagnóstico,la visión compartida de futuro, los objetivos estratégicos,las acciones concertadas, los recursos diversificados, losindicadores y los convenios de ejecución presupuestaria através de Comités de Gestión. Capítulo IV De la Evaluación Técnica de los Proyectos Artículo 30º.- Evaluación Técnica de los Proyectos Consiste en el análisis y desarrollo técnico y financiero de cada una de las acciones propuestas para poderevaluar su viabilidad. Esta evaluación está a cargo delEquipo Técnico y se inicia aplicando los criterios depriorización de las acciones resultantes de los Talleresde Trabajo. En los casos de Proyectos de InversiónPública, esta evaluación, considerará el mínimo depreinversión requerido, de acuerdo con las normas delSistema Nacional de Inversión Pública. La evaluación del financiamiento de las propuestas se realiza teniendo en cuenta estrictamente los recursosespecíficos determinados para la atención de accionesresultantes del Proceso Participativo, incluyendo todas lasformas de financiamiento disponibles, preservando siempreel equilibrio entre los recursos disponibles y los montos derecursos requeridos para la atención de las necesidades. Las propuestas de acciones con sus costos y ordenados de acuerdo a los criterios de priorización acordados, sonresumidos y presentados luego por el Equipo Técnico a losAgentes Participantes para su aprobación. Una vezaprobado este documento, las acciones priorizadas en elproceso y cuyo financiamiento requiera total o parcialmenterecursos públicos, serán tomados en cuenta para suincorporación en el Plan de Desarrollo Concertado y en elPresupuesto Institucional, como Actividades o Proyectos,según corresponda. El Presupuesto Participativo debe reflejar de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdosestablecidos entre los distintos Agentes Participantes. Las oficinas correspondientes en el Gobierno Local identificarán los proyectos de inversión viables y los querequieren estudios de preinversión adicionales, de acuerdocon las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública,para su inclusión en el Proyecto de PresupuestoInstitucional. De encontrarse que algunos de los proyectos priorizados que habiendo terminado sus estudios depreinversión no son viables, el Presidente del GobiernoRegional o Alcalde dispondrá el reemplazo del proyecto encuestión por otro proyecto resultante del ProcesoParticipativo según la escala de prioridades establecida yel nivel de recursos disponibles para su atención. Los proyectos de inversión que son determinados en el marco del Proceso Participativo y considerados en laformulación presupuestaria, se sujetan a las disposicionesdel Sistema Nacional de Inversión Pública. Capítulo V De la Aprobación y Ejecución Presupuestaria Artículo 31º.- Aprobación del Presupuesto Participativoa) Adopción y formalización de acuerdos: Los resultados del Proceso Participativo consolidado por el Equipo Técnico, incluyendo la evaluación y eldesarrollo técnico y financiero de las propuestas, sonpresentados por el Alcalde, en su condición de Presidentedel Consejo de Coordinación Local, a los AgentesParticipantes para su discusión, consideración, modificacióny aprobación final de los Acuerdos. Las propuestas de modificaciones deben ser justificadas en el marco del resultado de los Talleres y deberán serevaluadas por el Equipo Técnico para ser incluidas. Aprobados los acuerdos, los Agentes Participantes en general formalizarán los acuerdos suscribiendo el Actarespectiva. Todos los participantes deben firmar el Acta deAcuerdos y Compromisos correspondiente. La firma del Acta de Acuerdo tiene naturaleza vinculante para la Municipalidad Distrital de Independencia y constituye elinstrumento de aprobación del Presupuesto Participativo y dela ejecución y/o ajuste del Plan de Desarrollo Concertado. b) AprobaciónLos documentos del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo son presentados por el alcaldeal Concejo de Coordinación Local y al Concejo Municipalpara su aprobación formal definitiva. c) Publicación y Remisión de AcuerdosLuego de aprobado el Presupuesto Participativo, el Alcalde dispondrá su publicación en los medios disponiblespara conocimiento de la comunidad. Copia del documentodel Presupuesto Participativo es remitida a la DirecciónNacional del Presupuesto Público y al Consejo Nacional deDescentralización. En todos los casos, se adjunta copiadel Acta de Acuerdos y Compromisos. Artículo 32º.- Ejecución Presupuestaria Se llevará a cabo entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2007, correspondiente al ejercicio fiscal 2007 TÍTULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Equipo Técnico, enconformidad con los dispositivos legales referidos alPresupuesto Participativo y Desarrollo Concertado, en baseal Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01. Segunda.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia, queda autorizado para firmar convenioscon las instituciones públicas y privadas correspondientes,que permitan garantizar la legalidad y transparencia delproceso materia de esta Ordenanza. Tercera.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones complementarias para el mejor cumplimientode la presente Ordenanza. Cuarta.- Los resultados del proceso de programación del Presupuesto Participativo 2007, serán publicados en la páginaweb site de la Municipalidad Distrital de Independencia, asícomo en el aplicativo informático que el Ministerio de Economíay Finanzas ha elaborado para tal fin. Quinta.- Corresponde al Equipo Técnico desarrollar el proceso de programación del Presupuesto Participativo parael año 2007, conforme lo detallado el Artículo 9º de lapresente Ordenanza, debiendo presentar al Alcalde elinforme final denominado “Documento PresupuestoParticipativo 2007” en un plazo que no excederá al 15 deagosto del 2006. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. Séptima.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social,Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Gestión Ambiental yServicios Públicos y Oficina de Planificación, Presupuesto yRacionalización el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 08673