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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2006 (14/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de mayo de 2006 proceso del desarrollo de la programación y concertación mediante el sistema de la organización y dinámicas delproceso de interacción entre la Municipalidad Distrital deIndependencia y la Sociedad Civil de la jurisdicción Distrital,promoviendo una verdadera democracia participativa, conrelación al proceso del Presupuesto Participativo 2007. Artículo 2º.- Objetivos El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: a) Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridadesconsideradas en el Plan de Desarrollo Concertado y losplanes sectoriales y nacionales, propiciando una culturade responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad. b) Promover la democracia participativa y la descentralización de las decisiones de la gestión municipalen la inversión. c) Recoger las demandas de los vecinos de Independencia y plasmarlas en forma prioritaria, dentro delprograma de Inversión Municipal para su consiguienteejecución. d) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivosestratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creandoconciencia respecto de los derechos y obligaciones quelos ciudadanos tienen como contribuyentes y como actoresen la implementación de las acciones del estado y lasociedad en su conjunto. e) Fijar prioridades en la inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectosdeclarados viables bajo las normas técnicas yprocedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley delSistema Nacional de Inversión Pública; así como garantizarla sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, ya sea en elejercicio fiscal actual o en los siguientes segúncorresponda. f) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del Presupuesto y fiscalización de la gestión,fortaleciendo las capacidades locales para fines del procesoparticipativo y vigilancia ciudadana. g) Fortalecer la participación ciudadana, consolidando los mecanismos de participación, vigilancia y control yrendición de cuentas. Artículo 3º.- Alcances La presente Ordenanza precisa la naturaleza y alcances de los roles de los actores institucionales involucrados enel proceso de Presupuesto Participativo, en lacircunscripción del Distrito de Independencia, para efectode la formulación concertada del Presupuesto Municipalpara le año fiscal del 2007. Capítulo II Definiciones Básicas Artículo 4º.- Para efectos de la presente norma se entenderá por: a) Proceso Participativo.- Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentosde gestión para el desarrollo local y regional que incluyenla participación de la población, en el proceso de toma dedecisiones, como elemento primordial. Los productos másimportantes del proceso participativo son el Plan deDesarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. b) Presupuesto Participativo (PP): Es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual los lasautoridades locales y los vecinos participan en formaorganizada en la elaboración, definición, ejecución y controldel Presupuesto de Inversiones de la Municipalidad Distritalde Independencia. Es un espacio y un proceso «deconcertación de la inversión entre la población y lasautoridades, para promover el desarrollo local con una visiónde futuro concertada” c) Agentes Participantes: Son quienes participan, con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en elproceso de planeamiento y del Presupuesto Participativo.Están integrados por los miembros del Concejo deCoordinación Local del Distrito de Independencia, losmiembros del Concejo Municipal de Independencia, losrepresentantes de la Sociedad Civil debidamenteidentificados y acreditados, los ciudadanos no organizadosdebidamente registrados, los niños y adolescentesrepresentantes de las Instituciones Educativas y los representantes de las entidades del Gobierno Regional yNacional que desarrollan acciones en el ámbito del distritode Independencia, designados para este fin. Integrantambién el Equipo Técnico de soporte del proceso,designado por el Alcalde, quienes participan con voz perosin voto. d) Consejo de Coordinación Local (CCLD): E s el órgano de coordinación y concertación del Distrito deIndependencia, encargado de promover el desarrollo localsostenible, a través de la planificación participativa en elPlan de Desarrollo Municipal Concertado y el PresupuestoParticipativo Distrital. Institucionaliza la participaciónciudadana en la gestión y el desarrollo local, estáconformado por diecisiete (17) miembros: El Alcalde, quienlo preside, pudiendo delegar su función en el Regidor quecorresponda de acuerdo a Ley, once (11) Regidoresmiembros del Concejo Municipal y cinco (5) Delegados –Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civildel Distrito, elegidos democráticamente por lasorganizaciones de la sociedad civil del distrito deIndependencia. e) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como organismose instituciones privadas dentro del ámbito local. Sonorganizaciones sociales de base territorial o temática,aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentrodel ámbito local, tales como juntas y comités vecinales,clubes de madres, comedores populares, comités de vasode leche, asociaciones de padres de familia, organizacionesde mujeres, de jóvenes, de niños y adolescentes, las mesasde concertación y cualquier otra agrupación socialrepresentativa en la localidad. Los organismos einstituciones privadas son todas las organizaciones,instituciones y demás entidades privadas promotoras deldesarrollo, tales como universidades, colegios profesionales,asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentalesde desarrollo, cámara de comercio, asociaciones o gremiosempresariales, laborales, de productores o comerciantes,organismos de cooperación técnica internacional,fundaciones, iglesia, entre otras, con presencia en lajurisdicción. f) Delegados de una Organización: Es la persona natural designada por su organización para participar yrepresentarla en el proceso de programación y concertacióndel Presupuesto Participativo del año 2007. g) Talleres de Trabajo: Son las reuniones convocadas por el Alcalde y el CCLD en las cuales se analizan losproblemas y potencialidades y se plantean las acciones aimplementar, señalándose los compromisos que los diversosactores públicos y privados asumirán en la ejecución delPresupuesto Participativo. Son de 2 tipos: de DiagnósticoTemático, y Territorial y de Definición de Criterio dePriorización. h) Plan de Desarrollo Concertado (PDC): Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador deldesarrollo local y del proceso del Presupuesto Participativo,que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo yobjetivos estratégicos de mediano y largo plazo de lacomunidad en concordancia con los planes sectoriales ynacionales. Capítulo III Principios Rectores y Características del Presupuesto Participativo Artículo 5º.- Principios Rectoresa) Participación, asociatividad y corresponsabilidad b) Coherencia y transparenciac) Equidad e igualdad de oportunidadesd) Toleranciae) Eficiencia y eficaciaf) Viabilidad técnica, financiera, ambiental y político- social de las inversiones g) Competitividadh) Desarrollo sosteniblei) Respeto a los Acuerdos y naturaleza vinculante de los acuerdos j) El desarrollo de la ciudadanía, sobre la base de la toma de conciencia de derechos y obligaciones. k) Control y fiscalización