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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de mayo de 2006 Artículo 6º.- Características a) Participativo b) Racional y coherentec) Flexibled) Multianuale) Concertadof) Gradual e irreversible Capítulo IV De las Fuentes de Financiamiento y la Distribución Presupuestal Artículo 7º.- Fuentes de Financiamiento del Presupuesto Participativo a) Los recursos procedentes de las transferencias del canon y renta de aduana b) Los recursos procedentes de foncomun, destinados a proyectos de inversión c) Las transferencias del presupuesto nacional para proyectos de inversión d) Los aportes de las entidades empresarialese) Los aportes de las organizaciones vecinales y comunitarios locales f) Los aportes directos de la cooperación internacional Artículo 8º.- Cobertura del Presupuesto Participativo El monto destinado al presupuesto participativo será equivalente al cien por ciento del presupuesto deinversiones. Este monto será, el resultante de la deducciónde las obligaciones, teniendo en cuenta la realización deun proceso de optimización organizacional y funcional dela entidad, la cobertura de obligaciones fijas, continuas eineludibles, el mantenimiento de la infraestructura existentey, la atención de proyectos en ejecución. Artículo 9º.- Distribución presupuestal La distribución presupuestal del monto asignado para la ejecución del presupuesto participativo es como sigue: 30% para proyectos de Superación de la pobreza 30% para proyectos de Desarrollo de Capacidades40% para proyectos territoriales. Los niveles de recursos que el Gobierno Local considerará, de manera referencial, como techospresupuestales, están constituidos por los montosasignados en el año inmediato anterior. Este se ajustaráde acuerdo a las cifras definitivas por los montos queestablezca la Dirección General de Asuntos Económicos ySociales del Ministerio de Economía y Finanzas. Definidos los techos presupuestales referenciales, la determinación del monto específico que se destinaría a lasacciones resultantes del proceso de PresupuestoParticipativo, es realizado por el Concejo Municipal. Capítulo V Registro y Acreditación de los Agentes Participantes Artículo 10º.- Del Registro y Acreditación Las Organizaciones inscritas en el Registro de Organizaciones Sociales eligen democráticamente a susrepresentantes de conformidad con el reglamentorespectivo. Para participar en el proceso de programacióny concertación del Presupuesto Participativo 2007, deberánregistrarse en el Libro de Agentes Participantes que tieneaperturado la Municipalidad, con los siguientes requisitos: Como Agentes Participantes:a) Solicitud de registro. b) Copia autenticada del Acta de Asamblea donde se designa al delegado participante, debidamente firmado porlos asistentes. c) Copia del DNI, del delegado participante.d) Documento que amerite el registro o reconocimiento de la organización, según sea el caso. Las organizaciones de la Sociedad Civil que cuenten con Resolución de Reconocimiento podrán acreditar 2delegados, uno en calidad de titular y otro en calidad dealterno. Además, los vecinos que deseen inscribirse como Agentes Participantes, se inscriben presentando lossiguientes documentos: Solicitud de registro Fotocopia de su D.N.I. Declaración Jurada de Residencia en el distrito. Asimismo, los niños y adolescentes que deseen inscribirse como Agentes Participantes, se inscribenpresentando los siguientes documentos: Solicitud de registro Fotocopia de su D.N.I. o Carné de Estudiante Carta de presentación del Director de su Institución Educativa. Los representantes de las entidades del Gobierno Nacional y de la Municipalidad Metropolitana de Lima comoRegión que desarrollan acciones en el Distrito, para poderregistrarse deberán presentar la designacióncorrespondiente de su Entidad que lo acredite. Capítulo VI De las Instancias de Coordinación y Gestión del Desarrollo Local, Soporte Técnico y Fiscalización del Proceso Participativo Artículo 11º.- Roles del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) En el marco de la legislación vigente se establece que los miembros del Consejo de Coordinación Local Distritales la instancia encargada de: coordinar, concertar, liderar,monitorear y garantizar el desarrollo del proceso deplaneamiento del desarrollo concertado y presupuestoparticipativo. Artículo 12º.- Naturaleza de los Acuerdos Los acuerdos que dan origen al Presupuesto Participativo tienen naturaleza vinculante para laMunicipalidad Distrital de Independencia y lasorganizaciones de la sociedad civil involucradas. Es decir,el Presupuesto Participativo compromete en su respeto aAutoridades y Ciudadanos. Artículo 13º.- Del Equipo Técnicoa) De la conformación del Equipo Técnico: Será nombrado por Resolución de Alcaldía, que se encargará de brindar el soporte técnico especializado en elproceso de programación y concertación del PresupuestoParticipativo. Estará conformado por los Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia designados porel Alcalde, el Consejo Coordinación Local Distrital y lasInstituciones Técnica que trabajan dentro de la jurisdicción: /GD8Por la Institución Municipal: Gerente Municipal Presidente Gerente de Planificación, Presupuesto y Racionalización Secretario Técnico Gerente de la Mujer y Desarrollo Social Miembro Jefe de la División de Participación Vecinal Miembro Jefe de la unidad de Imagen Institucional Miembro Gerente de Desarrollo Económico Local Miembro Gerente de Gestión Ambiental y Servicios Públicos Miembro Gerente de Gestión Urbana Miembro Jefe de la Unidad de Cooperación Internacional y Formulación de Proyectos Miembro /GD8Por la Sociedad Civil: Cinco (5) Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD Miembros /GD8Por los Organismos No Gubernamentales: Centro de Investigación Social y Educación Popular “Alternativa” Miembro Asociación de Comunicadores Sociales “Calandra” Miembro Acción por los Niños Miembro b) De las Funciones del Equipo Técnico El Equipo Técnico, tendrá por funciones las siguientes: - Elaborar y proponer la metodología y programación del Proceso y los Talleres para la puesta en marcha delproceso de programación y concertación del PresupuestoParticipativo. - Informar a la población y las organizaciones de la Sociedad Civil sobre el proceso objeto de la presenteOrdenanza y de los mecanismos de participación. - Facilitar los documentos de gestión del proceso y toda información necesaria, a fin de garantizar la participaciónde los agentes participantes. - Organizar todas las actividades de capacitación que se consideren necesarias.