Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2006 (14/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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(iii) Tipificacion conjunta de los presupuestos normativos que sustentan la causal de exoneracion. Que, teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, en el presente caso se cumplen los dos presupuestos para la declaracion de desabastecimiento inminente: (i) la ausencia extraordinaria e imprevisible de un bien; en este caso, papel MORDAZA de 80 grs. en sus formatos A-03 y A-04 para la MORDAZA Registral Sede Lima; y, (ii) dicha ausencia compromete directamente los servicios esenciales que brinda la institucion; puesto que, conforme se ha indicado, la ausencia de dicho bien generaria que no se preste de manera adecuada los servicios registrales que brinda la entidad; Que, conforme a los Informes Tecnico y Legal Nºs. 022006-SUNARP-Z.R.N°IX-SLS/GAF y 146-2006-SUNARP-ZR N°IX/OL; asi como el Memorandum N°150-2006-SUNARPZRNºIX-SPRE/GPD elaborado por la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, en el cual se establece que se cuenta con disponibilidad presupuestal para la adquisicion de papel MORDAZA de 80 grs. en sus formatos A-03 y A-04 para la MORDAZA Registral Sede Lima; y, el Informe Nº 111-2006-SUNARP/ GL elaborado por la Gerencia Legal de la SUNARP; Que, mediante Resolucion Nº 130-2006-SUNARP/SN, se ha encargado el despacho de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de la SUNARP; Estando a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y el Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de papel MORDAZA de 80 grs. en sus formatos A-03 y A-04 para la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolucion, por un plazo MORDAZA de cuatro (4) meses, contados a partir de la suscripcion de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion previsto en el Plan Anual de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA, la adquisicion de papel MORDAZA de 80 grs. en sus formatos A-03 y A-04 para la MORDAZA Registral Sede MORDAZA, hasta por el plazo de cuatro (4) meses; y, hasta por un monto de referencia MORDAZA de S/. 247,200.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Disponer que se incluya en el contrato que se celebre como consecuencia de la presente autorizacion, una clausula de resolucion automatica, que se ejecutara a la sola comunicacion de la entidad una vez que se encuentre suscrito el contrato con la empresa ganadora del MORDAZA de seleccion que se convoque para efectos de la adquisicion de papel MORDAZA de 80 grs. en sus formatos A-03 y A-04 para la MORDAZA Registral - Sede MORDAZA, si dicha suscripcion se realiza MORDAZA del vencimiento del referido contrato. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, para contratar los servicios requeridos mediante accion inmediata, conforme a lo previsto en el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM. Articulo Quinto.- Disponer que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 21° y 47° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM, el Organo de Control Interno de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA, realice las acciones pertinentes a fin de determinar si existio responsabilidad en los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta origino la presencia o causal del desabastecimiento. Asimismo, disponer que el Organo de Control Interno de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA, realice una revision del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 002-2005-ZRLIMA, para la adquisicion de papeles MORDAZA y sobres; a fin de determinar si existio responsabilidad de los miembros del comite en la conduccion de dicho MORDAZA, dando lugar a la peticion formulada via excepcion. Articulo Sexto.- Disponer que Secretaria General de la Sede Central de la SUNARP, remita, en el plazo no mayor de 10 dias habiles siguientes a la fecha de emision de la resolucion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la

exoneracion y los informes que la sustentan; ello, de conformidad con lo establecido en el tercer parrafo del articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, disponer que la Secretaria General de la Sede Central de la SUNARP, conforme a lo establecido en el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publique la presente resolucion que aprueba la exoneracion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Setimo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, publique la resolucion a traves del SEACE, segun lo estipulado en el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA BUSTAMANTE} Superintendente Nacional (e) 08608

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen levantamiento de carga a que se refiere la Resolucion de Subgerencia Nº 0030, que aprobo planeamiento integral para uso residencial de terreno MORDAZA ubicado en el ex Fundo MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 0033
Ate, 20 de marzo de 2006 LA SUBGERENTE DE PLANIFICACION MORDAZA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Anexo N° 5568-2005 del Expediente N° 19909-2002, seguido por don MORDAZA POPPE HAGUE, mediante el cual solicita el levantamiento de la carga senalada en el articulo MORDAZA de la Resolucion de Subgerencia N° 0030 de fecha 29 de MORDAZA de 2005, al haber cancelado todas las cuotas del convenio de fraccionamiento aprobado con la Resolucion N° 1421-2004-SGR-GR/MDA del 15 de octubre de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Subgerencia N° 0030 de fecha 29 de MORDAZA de 2005 se aprobo de acuerdo con el Plano signado con el Nº 007-2005-SGPUC-GDU/MDA, el Planeamiento Integral para Uso Residencial de Densidad Media R-3 y R-4; Comercio Vecinal C-2; Equipamiento Educativo E-1; Equipamiento de Salud H-2 y MORDAZA Zonal Huaycan del terreno MORDAZA de 629,600.00 m2, constituido por la Parcela N° 10015 ubicado en el ex Fundo Pariachi; distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; autorizandose segun el Plano signado con el Nº 0082005-SGPUC-GDU/MDA, la Independizacion del mencionado terreno rustico; en ocho (8) Subparcelas o Sectores; Que en el articulo MORDAZA de la precitada Resolucion de Subgerencia se dispuso que conforme a lo senalado en la Resolucion de Subgerencia de Recaudacion Nº 0004 del 10 de enero de 2005, la perdida del fraccionamiento otorgado MORDAZA lugar de oficio a declarar sin efecto la presente Resolucion, asi como el incumplimiento en el pago de dos cuotas del convenio de fraccionamiento aprobado mediante la Resolucion Nº 1421-2004-SGR-GR/MDA, quedando obligado el recurrente al pago de la totalidad de la deuda pendiente para el otorgamiento de una nueva resolucion de Independizacion; Que, mediante Resolucion Subgerencial de Recaudacion N° 1421-2004-SGR-GR/MDA de fecha 15 de octubre de 2004 se aprobo el fraccionamiento en 12 cuotas del monto total de S/. 135,753.70 correspondiente a la valorizacion N° 021-2004-

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