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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2006 (18/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G39/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de mayo de 2006 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, aprobado porDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia delConsejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra lospartícipes de los hechos, de conformidad con el Informe Especial Nº 005-2006-2-3376 - Perjuicio económico de S/. 161 009,82 detectado en la obra "Construcción dered de drenaje en la quebrada La Ollada. Sector Chepén", en agravio del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, que constituye parte integrante de la presente ResoluciónMinisterial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 08747 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G61/G20 /G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20 /G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G61/G20 /G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2006-PCM Lima, 12 de mayo de 2006 Vistos el Oficio Nº 268-2006-PCM/PRO.-500 de la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el OficioNº 200-2006-GG/IRTP, de la Gerente General (e) del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; y, CONSIDERANDO: Que el Informe Especial Nº 001-2006-IRTP/OGAI - "Mediante irregulares procesos de selección sedirecciona la contratación de locadores", de la Oficina General de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP recomienda el iniciode las acciones penales correspondientes contra las personas aludidas en el informe antes referido, por la presunta comisión de los delitos de aprovechamientoindebido de cargo o negociación incompatible con el cargo, omisión de acto funcional y falsedad genérica previstos en los artículos 397º, 377º y 438º del Código Penal,respectivamente; Que estando a lo dispuesto por el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, losinformes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales que seanrecomendadas en dichos Informes; Que el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé quepuede motivarse un acto administrativo mediante ladeclaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones oinformes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto; Que, en tal sentido, resulta pertinente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para queinterponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM, que adscribió al IRTP al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministrosy el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación ydefensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra las personas aludidas en el Informe Especial Nº 001-2006-IRTP/OGAI - "Mediante irregulares procesos de selección se direcciona la contratación de locadores", de la Oficina General de Auditoría Interna del InstitutoNacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, que constituyen parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los finesa que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 08748 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G74/G61/G20/G64/G65 /G45/G6E/G74/G65/G6E/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G49/G49/G43/G41/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G64/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G2C/G6C/G61/G73/G20 /G50/G61/G73/G61/G6E/G74/GED/G61/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/GED/G64/G65/G72/G65/G73/G20 /G64/G65/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G67/G72/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2006-AG Lima, 17 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de abril de 2002 el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA suscribió un Acuerdo General de Cooperación Técnica con el Ministerio de Agricultura - MINAG, fijando las basesy lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las Áreas Estratégicas de PolíticaComercial e Integración, Promoción de la Competitividad de los Agronegocios, Promoción de la Sanidad Agropecuaria y la Inocuidad de Alimentos, DesarrolloRural Sostenible y el Uso Racional de Recursos Naturales, y Modernización Institucional; Que, en ese contexto mediante Resolución Suprema Nº 011-2006-AG de fecha 12 de abril de 2006, se aprobó la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura del Perú y el Instituto Interamericano deCooperación para la Agricultura - IICA, para viabilizar la