Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2006 (18/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2006 3) Determinacion del puntaje total:

NORMAS LEGALES

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Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluacion tecnica y economica se procedera a determinar el puntaje total de las mismas. Tanto la evaluacion tecnica como la evaluacion economica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje total de la propuesta sera el promedio ponderado de MORDAZA evaluaciones, obtenido de la aplicacion de la siguiente formula: PTPi = c1PTi + c2PEi Donde: PTPi PTi PEi c1 c2 = Puntaje Total del postor i = Puntaje por Evaluacion Tecnica del postor i = Puntaje por Evaluacion Economica del postor i = Coeficiente de ponderacion para la evaluacion tecnica = Coeficiente de ponderacion para la evaluacion economica

del limite minimo establecido por las normas presupuestarias para las licitaciones publicas o concursos publicos, segun corresponda; b) Los procesos declarados desiertos, cuando corresponda de acuerdo a lo establecido en el Articulo 32º de la Ley; y c) La contratacion de expertos independientes para que integren los Comites Especiales." "Articulo 90º.- Obligatoriedad de comprar corporativamente Mediante decreto supremo del Ministerio de Economia y Finanzas se establecera el listado de bienes y servicios sujetos a la modalidad de compras corporativas obligatorias, las Entidades participantes, asi como la unidad de compras del gobierno nacional que se encargara de efectuar los procesos de seleccion correspondientes. Asimismo mediante decreto supremo del Ministerio de Economia y Finanzas se senalara las entidades que, en MORDAZA instancia, determinan las caracteristicas y/o detalle de las especificaciones tecnicas de los bienes o servicios requeridos por las Entidades participantes, que seran incluidos en los procesos de compras corporativas obligatorios." "Articulo 91º.- La Unidad de Compras Corporativas La Unidad de Compras es la encargada del planeamiento, programacion, coordinacion y evaluacion de los procesos de seleccion de compras corporativas obligatorias, desde los actos previos a la consolidacion de los requerimientos, hasta que la buena pro quede consentida y sea informada a cada una de las Entidades participantes, las que deberan contratar obligatoriamente con el proveedor o proveedores seleccionados. La Unidad de Compras tiene facultades para proponer la incorporacion de nuevas Entidades participantes y para determinar el contenido, cantidad y oportunidad de remision de la informacion que deberan proporcionar las Entidades participantes. Asimismo, la Unidad de Compras esta facultada: para excluir, sustentado en razones tecnicas, determinados requerimientos de las Entidades participantes; para encargar a otras Entidades la realizacion de los estudios de MORDAZA que se requieran o proponer la contratacion de una consultoria especializada en la materia; y, para aprobar los expedientes de contratacion y las Bases, por delegacion del Titular o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad a la cual esta adscrita. En cuanto a la realizacion de los procesos, la Unidad de Compras podra encargar a otras Entidades el cobro del derecho de participar y la contratacion de notario publico para los actos publicos. La Unidad de Compras es un ente colegiado cuyos miembros dependen funcionalmente del Titular de la Entidad a la cual esta adscrita o del area a quien este delegue, uno de cuyos miembros sera designado como su Jefe, quien tiene a su cargo la organizacion funcional y las actividades de coordinacion de la Unidad. El Titular o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad a la cual esta adscrita la Unidad de Compras, designara a los miembros de los Comites Especiales que se encargaran de la ejecucion de los procesos de seleccion de las compras corporativas obligatorias." "Articulo 94º.- Sustento presupuestal En el caso que la consolidacion y/o agregacion de la cantidad total de requerimiento de bienes y/o servicios se realice durante un periodo fiscal, para la atencion de requerimientos para el siguiente ano fiscal, la Unidad de Compras requerira a la entidad participante en la compra corporativa, que tenga la calidad de Pliego Presupuestario, que efectue la verificacion de la disponibilidad de recursos, tomando como referencia el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal siguiente que el Poder Ejecutivo MORDAZA remitido al Congreso de la Republica, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 78º de la Constitucion Politica vigente, y que remita dicha informacion a la Unidad de Compras. Asimismo, las Entidades participantes que tengan la calidad de Pliego Presupuestario no podran efectuar

Los coeficientes de ponderacion deberan cumplir las condiciones siguientes: a. La suma de ambos coeficientes debera ser igual a la unidad (1.00) b. Los valores que se aplicaran en cada caso deberan estar comprendidos dentro de los margenes siguientes: b.1 En todos los casos de adquisiciones o contrataciones se aplicara las siguientes ponderaciones: 0.60 < c1 < 0.70; y 0.30 < c2 < 0.40 b.2 Solo en el caso de servicios de consultoria se aplicara las siguientes ponderaciones: 0.80 < c1 < 0.90; y 0.10 < c2 < 0.20 La propuesta evaluada como la mejor sera la que obtenga el mayor puntaje total. 4) Para la contratacion de obras que correspondan a adjudicaciones directas o adjudicaciones de menor cuantia, la evaluacion se realizara sobre cien (100) puntos atendiendo unicamente a la propuesta economica" "Articulo 77º.- Tipos de Procesos de Seleccion De conformidad con lo establecido en el Articulo 14º de la Ley, son procesos de seleccion los siguientes: 1) Licitacion Publica, que se convoca para la adquisicion de bienes, asi como para la contratacion de obras, dentro de los margenes que establecen las normas presupuestarias. 2) Concurso Publico, que se convoca para la contratacion de servicios, dentro de los margenes establecidos por las normas presupuestarias. 3) Adjudicacion Directa, que se convoca para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, conforme a los margenes establecidos por las normas presupuestarias. La Adjudicacion Directa puede ser publica o selectiva. La Adjudicacion Directa Publica se convoca cuando el monto de la adquisicion o contratacion es mayor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa en las normas presupuestarias. La Adjudicacion Directa Selectiva se convoca cuando el monto de la adquisicion o contratacion es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias. 4) Adjudicacion de Menor Cuantia, que se convoca para: a) La adquisicion o contratacion de bienes, servicios y obras, cuyos montos MORDAZA inferiores a la decima parte

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