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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2006 (30/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALESEl Peruano Martes 30 de mayo de 2006 319805REPUBLICADELPERU Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF publicada el 5 de diciembre del 2005, el cual quedará redactado en los siguientes términos: Artículo 62º.- Son funciones de la Gerencia de Operaciones: a) Proponer políticas y disposiciones sobre los aspectos operativos que corresponden al campo de su competencia; b) Planear, organizar, dirigir y controlar los programas de gestión operativa a nivel de las Jefaturas Regionales; c) Organizar la administración del flujo documentario en la sede operativa y en las Jefaturas Regionales; d) Asesorar a la Jefatura Nacional en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de las accionesde seguridad y defensa nacional; e) Ejercer, a través de la Jefatura Regional X Sede Lima, la Jefatura de la Oficina de Defensa Nacionalconforme a lo establecido en la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional; f) Coordinar con la Gerencia de Administración el abastecimiento oportuno de los materiales registrales, administrativos y operativos requeridos para su adecuado funcionamiento; g) Emitir las constancias y certificaciones de las inscripciones en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y en el Registro del Estado Civil, conformesean incorporadas las respectivas Oficinas Registrales; h) Autenticar las firmas de los Registradores Civiles que emitan copias certificadas de Actas de Nacimiento,Matrimonio, Defunción y Constancias; i) Distribuir a través de las Jefaturas Regionales, los documentos solicitados a las distintas agenciasregistrales en los que se realizaron los trámites; j) Fiscalizar a través de las Jefaturas Regionales la legalidad de las inscripciones en las Oficinas de Registrosdel Sistema Registral; k) Absolver consultas legales en materia registral y, otras de implicancia legal que las Jefaturas Regionales yOficinas Registrales Consulares requieran, según corresponda; l) Resolver los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones emitidas por las Oficinas Registrales Consulares y en vía de revisión, resolver las resoluciones emitidas por las Jefaturas Regionales; m) Mantener estrecha coordinación con la Gerencia de Procesos y la Gerencia de Informática y Estadística en el desarrollo progresivo de automatización de lasactividades y procedimientos registrales; n) Mantener estrecha coordinación con la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social respecto aldesarrollo de las campañas de identificación y registro; o) Realizar actividades de control que garanticen la transparencia de los procedimientos en todos losprocesos a su cargo; p) Planificar, organizar, dirigir y controlar los servicios brindados por el RENIEC a los peruanos residentes enel exterior, manteniendo la coordinación con el órgano pertinente; q) Coordinar con la Escuela Nacional de Registro del Estado Civil e Identificación, la capacitación de los Registradores del Sistema Registral; r) Coordinar con la Escuela Nacional de Registro del Estado Civil e Identificación, la entrega de información relacionada con la casuística y situaciones frecuentes referidas a los Registros Civiles para su inclusión en losprogramas de capacitación; s) Formular su Plan Operativo y su Presupuesto correspondiente; y t) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia. Artículo Segundo.- Derogar el literal b) del artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEFpublicada el 5 de diciembre del 2005. Artículo Tercero.- Modificar el artículo 42º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado porResolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF publicada el 5 de diciembre del 2005, el cual quedará redactado en los siguientes términos: Artículo 42º.- La Subgerencia de Servicios Generales es el órgano encargado de realizar lasacciones de supervisión de los servicios de limpieza, mensajería, telefonía, mantenimiento de locales, vehículos, equipos mecánicos, estandarizar el diseño de la entidad, de los inmuebles y muebles de ésta, yotros que le sean asignados por la Gerencia de Administración. Está a cargo de un Subgerente, quien es un funcionario de confianza que depende del Gerente de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09520 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G63/G6F/G6E/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 397-2006-JEF/RENIEC Lima, 26 de mayo de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1978-2006/GO/RENIEC, de fecha 16 de mayo del 2006, emitido por la Gerencia de Operaciones, el Oficio Nº 1143-2006/SGREC/GO/RENIEC, de fecha 11 de mayo del 2006, emitido por la Sub Gerencia deRegistros del Estado Civil, y el Informe Nº 000550-2006- GAJ/RENIEC, de fecha 23 de mayo del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva yexcluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como registrar los nacimientos,matrimonios y defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que mediante Resolución Jefatural Nº 788-2005-JEF/ RENIEC, de fecha 20 de julio del 2005, se aprobó el Formato de Acta de Nacimiento con el Código Único de Identificación, propuesto por la Gerencia de Operacionesa efectos de emplearla con la finalidad dispuesta por la Primera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica del RENIEC; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 032-2006- GO/RENIEC, de fecha 19 de mayo del 2006, y en cumplimiento de lo dispuesto en el tercer artículo de laparte resolutiva de la Resolución Jefatural precitada, se aprobó el Instructivo IN-002-GO/002 sobre "Asiento Registral", cuarta edición, el mismo que entre otros temascontiene disposiciones puntuales acerca del uso del Acta de Nacimiento con Código Único de Identificación; Que, de acuerdo a lo informado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, se ha llevado a cabo la distribución a las Oficinas de Registros Civiles a nivel nacional de Librosde Actas con CUI, teniendo en cuenta la previsión de iniciar su uso el 1 de junio del presente año, para lo cual, de otro lado, se está preparando el despacho de lasmismas a las Oficinas Consulares del país para su uso en el exterior; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de conformidad con lodispuesto en el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº1183-2005-JEF/RENIEC, defecha 5 de diciembre de 2005; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a partir del 1 de junio del presente año el uso de las Actas de Nacimiento con