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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2006 (30/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALESEl Peruano Martes 30 de mayo de 2006 319803REPUBLICADELPERU ejercicio de los derechos políticos reconocidos en la Constitución, corresponde revocar la resolución impugnada; Que, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Eduardo AlejandroCastillo Elías, personero legal titular del Movimiento Regional "Movimiento Socialista del Perú", y en consecuencia REVOCAR la Resolución Nº 086-2006-OROP/JNE, expedida por la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas. Artículo Segundo.- Devolver a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas el presente expediente para los efectos correspondientes conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 09487 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6E/G20 /G4A/G75/G61/G6E/G2C/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G69/G68/G75/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 1103-2006-JNE Expediente Nº 226-2006 Lima, 25 de mayo de 2006VISTO, el expediente sobre vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de San Juan, provincia deSihuas, departamento de Ancash, que ejerce don Edilberto Mezarina Aguilar, por la causal prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, remitido por don Balvino B. Martínez Moreno. CONSIDERANDO: Que, remiten los documentos sustentatorios de vacancia del Alcalde del concejo distrital de San Juan, Sihuas-Ancash el 20 de marzo de 2006, ante el Jurado Nacional de Elecciones; Que, la causal de vacancia invocada es la prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, referida a la inconcurrenciainjustificada a 3 (tres) sesiones ordinarias consecutivas o 6 (seis) no consecutivas durante 3 (tres) meses, encontrándose acreditada con la copia del acta deSesión Ordinaria S/N de fecha dos de diciembre de 2005, en donde se registra la no asistencia del Alcalde Sr. Edilberto Mezarina Aguilar desde el día dieciochode noviembre de 2005, situación que impide los pagos de los trabajadores por no haber encargatura de la Alcaldía; las citaciones cursadas al Alcalde para lasSesiones Ordinarias del día 24 y 30 de noviembre, 02 y 08 de diciembre de 2005, las mismas que se negó a firmar; Que, obra en el expediente la Carta Nº 001-2006- MDSJ/CM de fecha 20 de febrero de 2006, con la que notifican de la vacancia, de acuerdo a lo registrado en elActa de Sesión Extraordinaria, declarando esta por ausencia a las Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal; Que, asimismo se presenta copia del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 03-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, con el que se aprueba por unanimidad lavacancia del Alcalde Distrital de San Juan Sr. Edilberto Mezarina Aguilar, de conformidad con el artículo 22º inciso 7 de la Ley Nº 27972, notificándolo en el 10 defebrero del presente año; y por la cual solicita Reconsideración con fecha 28 de febrero de 2006, concediéndole a través de la copia del acta de sesión extraordinaria de fecha 01 de marzo de 2006, un plazode dos días para subsanar, el mismo que se notifica con oficio Nº 10-2006-GDSJ/CM el día 02 de marzo del presente año; Que, con la constancia de Mesa de Partes y Archivo de la Municipalidad, de fecha 08 de marzo, se indica que durante los días 3 y 6 de marzo, no se presenta escritoalguno del Sr. Edilberto Mezarina Aguilar; así con la copia acta de sesión extraordinaria Nº 07-2006 de fecha 9 de marzo, se tiene por no presentado el recurso dereconsideración y por ese motivo declaran consentida la vacancia, notificándose con carta Nº 002-2006-MDSJ/ CM de fecha 09 de marzo; Que, tal como se advierte de autos, se ha cumplido los requisitos exigidos en el TUPA (vacancia): tales como la solicitud de remisión de documentossustentatorios para declaración de vacancia, sustentada en la causal de inconcurrencia injustificada a 3 (tres) sesiones ordinarias consecutivas o 6 (seis) no consecutivas durante 3 (tres) meses, establecida en el artículo 22º inciso 7 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972; recibo de pago por concepto de vacancia de autoridades regionales y municipales; copia certificada del acta de la Sesión Extraordinaria de fecha 09 de marzo de 2006, en laque se acordó la vacancia del alcalde, así como de las actas de fechas 18, 24 y 30 de noviembre, además del 2 y 8 de diciembre del año 2005, y la constanciaque dicho acuerdo quedó firme, por no haber sido impugnado, de la Unidad de Trámite Documentario; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar en el cargo de Alcalde a don Sais Villanueva Jacinto y en el cargo de regidora adoña Felisa Velasquez de Vidal, candidata siguiente de la lista Movimiento Campesino Atusparia (MICA). Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 09483 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61 /G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 RESOLUCIÓN Nº 1104-2006-JNE Expediente Nº 779-2006. Lima, 25 de mayo de 2006VISTO; el escrito recibido con fecha 10 de mayo de 2006, enviado por el Presidente del Gobierno Regionalde Ancash, elevando el expediente de vacancia del Consejero Regional de la Región Ancash por la provincia de Casma, don José Francisco Cavero Zevallos, porcausal de muerte; CONSIDERANDO:Que, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2006- GRA/CR, de fecha 8 de mayo de 2006, el Consejo delGobierno Regional de Ancash declaró la vacancia de don José Francisco Cavero Zevallos como Consejero, en virtud de lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 30ºde la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 que dispone que el cargo de consejero se declara vacante por fallecimiento;