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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2006 (30/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319804El Peruano Martes 30 de mayo de 2006 Que, con el Acta de Defunción, que obra a fojas 11, se acredita que don José Francisco Cavero Zevallos falleció el 14 de abril de 2006; Que, conforme lo dispone el artículo 30º de la Ley mencionada precedentemente, en caso de vacancia del Consejero Regional, el Jurado Nacional de Elecciones acredita a los consejeros accesitarios; Que, en el presente caso el Consejero vacado era el accesitario de la lista de representantes del "Partido Aprista Peruano" por la provincia de Casma, por tantoeste partido no cuenta con ningún miembro que represente a la mencionada provincia; Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, determina la estructura básica de los Gobiernos Regionales, la que está integrada por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y losConsejeros de las provincias de cada región; asimismo el inciso 4) del artículo 8º de la referida Ley señala que cada provincia obtendrá como mínimo un representanteen el Gobierno Regional; por tanto corresponde a fin de no dejar a la provincia de Casma sin representación convocar al miembro de la organización política que siguesegún el Acta de proclamación de resultados del Jurado Electoral Especial de Huaraz y que cuenta con un representante por esta provincia para asumir el cargo,en este caso don Gilberto Manuel Meléndez Enríquez candidato de la organización política "Perú Posible"; siendo procedente otorgar la credencial correspondiente; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a don Gilberto Manuel Meléndez Enríquez para que asuma el cargo de Consejero Regional de la Región Ancash, para completar el período de gobierno regional 2003-2006, otorgándoselela respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 09484 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G34/G31/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4A/G4E/G45/G2C /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G70/G65 RESOLUCIÓN Nº 1105-2006-JNE Exp. Nº 415-2005-VAC Exp. Nº 051-2006-VAC Lima, 25 de mayo de 2006VISTO, de oficio la resolución Nº 1041-2006-JNE del 18 de mayo del 2006, mediante la cual se declara lavacancia del señor Moisés Paucar Gonzáles, en el cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Supe; CONSIDERANDO: Atendiendo a que en la parte considerativa de la referida resolución se ha consignado erróneamente la denominación de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto,debiendo ser Municipalidad Distrital de Supe; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Precísase la resolución Nº 1041- 2006-JNE del 18 de mayo del 2006, en el sentido que ladeclaración de vacancia del señor Moisés Paucar Gonzales, corresponde al cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Supe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 09485 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 384-2006-JEF/RENIEC Lima, 24 de mayo de 2006VISTOS: El Oficio Nº 000810-2006-GPP/RENIEC de fecha 20 de abril del 2006 elaborado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, y el Informe Nº 000517-2006-GAJ/RENIEC de fecha 15 de mayo de 2006 elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de manera exclusiva y excluyente de lasfunciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como, en otros, registrar los hechos y actos relativos a sucapacidad y estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1183-2005- JEF/RENIEC de fecha 5 de diciembre del 2005, se aprobóel Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, el artículo 16º de la Ley Nº 28478 - Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional establece que los organismos públicos deberán contar con una Oficinade Defensa Nacional que dependan de la más alta autoridad de la entidad pública; Que, la alta dirección ha designado al Sr. Juan Antonio Huerta Valverde Jefe Regional Lima como Jefe de la Oficina de Defensa Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, motivo por el cualresulta pertinente la modificación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, por otro lado, a fin de darle mayor operatividad a la gestión de organización y puesta en funcionamiento de diversos locales y agencias RENIEC se ha previsto la necesidad de trasladar personal de la Gerencia deImagen Institucional a la Subgerencia de Servicios Generales de la Gerencia de Administración, razón por la cual resulta necesaria la modificación del Reglamentode Organización y Funciones en su parte pertinente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y, de conformidad con lo dispuesto por la LeyNº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil e inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobadomediante Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/ RENIEC de fecha 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo 62º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por