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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.331914 distribuirá de izquierda a derecha cuatro cartas cubiertas a cada jugador. Luego se colocarán cinco cartas más descubiertas en el centro de la mesa, llamadas “cartas comunitarias”, compartidas por todos los jugadores. Al término cada jugador formará su jugada usando la mejor combinación entre sus cuatro cartas, escogiendo sólo dos de ellas, y las cinco cartas comunitarias, escogiendo sólo tres de ellas. $UWtFXOR'HOGHVDUUROORGHODSDUWLGDPara el desarrollo de la partida se aplicarán las siguientes reglas: a) Para empezar la partida, cada jugador recibe una carta, se reparte de izquierda a derecha del dealer, el que obtenga la carta mayor tendrá el Botón dealer, procediéndose a barajar las cartas de nuevo, para luego iniciar el reparto correspondiente. b) Luego están las ciegas, las cuales son dos apuestas obligatorias, la ciega pequeña y la ciega grande. El jugador que se encuentre a la izquierda del que tiene el Botón dealer debe poner la ciega pequeña, y el jugador a la izquierda de éste, la ciega grande, esta apuesta es el doble de la ciega pequeña. c) Una vez colocadas las ciegas, el dealer reparte a cada jugador cuatro cartas cubiertas, empezando con el jugador que se encuentra a la izquierda del que tiene el Botón dealer, a continuación la primera ronda de apuestas la inicia el jugador que se encuentra a la izquierda del que ha puesto la ciega grande. Teniendo las opciones de retirarse, ir o apostar. Si decide ir debe igualar el importe de la ciega grande. Si apuesta debe aumentar lo apostado, el turno de apuesta continúa en el sentido de las agujas GHOUHORMKDVWD¿QDOL]DUHQHOMXJDGRUTXHDSRVWyODFLHJDgrande. d) Si el primer jugador ha apostado, el siguiente jugador puede retirarse, ir o aumentar la apuesta. El turno pasa a su izquierda y concluye cuando todos los jugadores han contribuido al pozo la misma cantidad de dinero, habiéndose retirado aquellos que así lo han decidido. En caso que un jugador aumente la apuesta y ningún otro la iguale, gana la partida automáticamente y se lleva el dinero del pozo menos el monto correspondiente a la comisión del operador. d) Los jugadores que continúen en el juego, ven entonces el “Flop”, el dealer quema una carta y reparte las tres primeras cartas comunitarias seguidas de las cinco que van a constar en la partida. A continuación hay otra ronda de apuestas. Esta vez empieza el jugador que esta a la izquierda del dealer, puede escoger entre pasar o apostar. Si el jugador pasa, se reserva el derecho a igualar o superar cualquier apuesta que se haga antes que le vuelva a tocar su turno. Las apuesta continúan de ODPLVPDIRUPDTXHHOURQGDDQWHULRU¿QDOL]DQGRDKRUDHQel jugador que tiene el Botón dealer. e) A continuación el dealer quema una carta y descubre la cuarta carta comunitaria, empezando la tercera ronda de apuestas, las mismas que continúan de la misma forma que la ronda anterior, esta etapa del juego se le conoce como “The Tum”. Finalmente se quema de nuevo una carta y se descubre la quinta y última carta comunitaria, comenzando con la cuarta y última ronda de apuestas, de la misma forma que la ronda anterior, esta etapa del juego VHOHFRQRFHFRPR³7KH5LYHU´$O¿QDOL]DUODURQGDORVjugadores que permanecen en la partida deben comparar sus jugadas y se lleva el pozo aquel cuya combinación sea superior. f) Si por el resultado de las combinaciones de dos o más jugadores existe empate, el pozo será repartido entre ellos, salvo que la sala de juego establezca un criterio razonable para el desempate. $UWtFXOR'HODVDSXHVWDVJDQDGRUDVSe considerará ganador al jugador que efectuó la última apuesta que no fue cubierta por los demás jugadores o el que muestre la combinación de mayor valor luego de haberse repartido las cuatro cartas cubiertas a los participantes y las cinco cartas comunitarias. El jugador ganador recibirá como premio el pozo menos la comisión que le corresponde percibir al explotador.CAPÍTULO IV DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Artículo 12º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego El personal de la sala de juego procurará corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no esté de acuerdo con la decisión del personal de la sala de juego podrá solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Dirección Ejecutiva explicando los hechos y las razones que sustentan su reclamo. CAPÍTULO V DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Artículo 13º.- De la información sobre las reglas del juego En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa de juego donde se practique el Omaha Póker deberán estar a disposición de los usuarios en forma gratuita cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego. Asimismo, el titular deberá tener un letrero en el se consigne de manera legible la modalidad de juego con la que se inicia la partida así como si el detalle si es con límite de apuesta o sin límite. Dicho letrero deberá encontrarse en la toma del sistema de video correspondiente. Artículo 14º. - De la información sobre los límites GHODVDSXHVWDV Los límites para las apuestas deberán exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se juegue el Omaha Póker, en cualquiera de sus dos (2) variantes: con límite o sin OtPLWH(VWRVOtPLWHVSRGUiQPRGL¿FDUVHGXUDQWHODVKRUDVde funcionamiento de la sala de juego, previa comunicación a los jugadores antes del inicio de la partida. CAPÍTULO VI DE LA COMISIÓN DEL TITULAR Artículo 15º.- De la comisión por gastos RSHUDWLYRV La comisión que percibirá el titular por la instalación y funcionamiento de la modalidad de juego del Omaha Póker será equivalente al porcentaje del 5% aplicable sobre el total de las apuestas de una partida (pot), independientemente se trate del Omaha Póker con límite o sin límite, no pudiéndose aplicar bajo ningún concepto un porcentaje distinto. La determinación de la comisión se realizará aplicando la regla del redondeo en virtud de la cual la cifra por un monto distinto de la unidad se elevará a la superior inmediata, según corresponda. CAPÍTULO VII DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS $UWtFXOR'HODVVDQFLRQHVDSOLFDEOHVDe conformidad con lo establecido en el artículo 45º de OD/H\1PRGL¿FDGDSRUOD/H\1FXDOTXLHUDvulneración de lo establecido en el citado cuerpo legal, normas reglamentarias y Directivas constituye infracción administrativa sancionable. 3707-11 Declaran fundadas impugnaciones y autorizan explotación de máquinas tragamonedas solicitadas por Raymi & Games S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 745 - 2006-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 20 de octubre de 2006 Visto, el Expediente Nº 015897-2006-MINCETUR, de fecha 31.08.2006, ampliado mediante Expedientes Nºs. 016235, 017051 y 017101-2006-MINCETUR de