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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (21/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331110El Peruano sábado 21 de octubre de 2006 El voto del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, es como sigue: VOTO SINGULAR DEL DR. LUÍS ALBERTO MENA NÚÑEZ EN EL PROCESO DISCIPLINARIO INCOADOCONTRA DON FRANCISCO AMPUERO MESTANZA, JUEZ DE PAZ DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA. QUEJA ODICMA Nº 587-2005-LIMA Lima, 16 de mayo del 2006Que, en el proceso disciplinario incoado contra don Francisco Ampuero Mestanza en su condición de Juezde Paz del distrito de Punta Negra, expreso mi discrepancia de la mayoría por los siguientes fundamentos a) porque la sanción que se le impone essumamente drástica y evidencia una deficiente dosificación de la misma. Que, la sanción impuesta al magistrado es sumamente drástica derivada de una deficiente valoración y gradualidad en la que no se ha tomado algunos aspectos sustantivos que atenúan su responsabilidad como: 1.-su condición de Juez de Paz lo enmarca como lego en Derecho y sus decisiones y funciones se encuentran amparadas constitucionalmente, las quese sustentan a su "leal saber y entender" ; 2.- su actuación, como consecuencia de lo anterior, no fue dolosa; 3.- su jerarquía o nivel inferior en la arquitecturaorganizacional de la entidad; 4.- el motivo altruísta de su decisión; 5.- la falta de reincidencia y deméritos que justificaran que se le imponga la máxima sanción; 6.- nohaber obtenido ningún beneficio personal en su decisión; entre otros. Que, lo anotado implica la vulneración del Principio de la Proporcionalidad que rige la potestad sancionadora estatal y que exige la adecuación o equivalencia entre la infracción cometida y la sanción impuesta, ecuación oequilibrio que se rompe cuando las infracciones de escasa gravedad, dentro de las comprendidas en el tipo, se les aplica al tope máximo de la sanción autorizada sincircunstancias especiales que exterioricen una mayor responsabilidad del autor. La proporcionalidad constituye el principio normativo que se le imponecomo un precepto más a la administración y que reduce el ámbito de sus potestades sancionadoras . Que teniendo en cuanta la condición especial del magistrado, a quien se instituye como tal exonerándolo de contar con formación jurídica generando el riesgo que realice algunas actuaciones irregulares a la luz de nuestroordenamiento jurídico que mayormente desconoce (riesgo que debe ser compartido con la sociedad), la sanción impuesta por la mayoría es excesiva y trasluce el hechoque al momento de ejercitar esta atribución los equiparamos por error a los jueces profesionales llamados así, lo que en el futuro debe cambiar. Por estas consideraciones; mi VOTO es porque la sanción impuesta sea más benigna, dada la especial condición del magistrado disciplinado. LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ Consejero 03394-2 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G56/G69/G63/G65/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 309-2006-CG Lima, 19 de octubre de 2006 Visto, la Hoja Informativa Nº 151-2006-CG/RH de la Gerencia de Recursos Humanos;CONSIDERANDO: Que, el Contralor General de la República, señor Genaro Matute Mejía, deberá ausentarse del país por motivos personales del 21 de octubre al 5 de noviembrede 2006, lo cual ha sido comunicado oportunamente al Congreso de la República; Que, en consecuencia a efecto de asegurar la continuidad de la gestión rectora que le compete a la Contraloría General de la República, resulta necesario encargar a la Vicecontralora General de la Repúblicalas funciones del cargo de Contralor General de la República; De conformidad con lo previsto en los artículos 32º y 33º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a la señora Vicecontralora General de la República, M.A. ROSA ELIZABETH URBINA MANCILLA, las funciones del cargode Contralor General de la República, del 21 de octubre al 5 de noviembre de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03401-1 J N E FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 2198-2006-JNE Mediante Oficio Nº 5137-2006-SG/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Nº 2198-2006-JNE, publicada en Separata Especial en la edición del día 13 de octubre de 2006, página 330271. En el Artículo Segundo: DICE: "(...) Ley de Elecciones Municipales Nº 26964, (...)"DEBE DECIR: "(...) Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 (...)" 03337-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 2710-2006-JNE Mediante Oficio Nº 5134-2006-SG/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Nº 2710-2006-JNE, publicada en Separata Especial en la edición del día 12 de octubre de 2006, páginas 330127 y 330128. En los vistos DICE: "(...) Concejo Distrital de Llamellín, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Ancash, (...)" DEBE DECIR: "(...) Concejo Provincial de Antonio Raimondi, departamento de Ancash (...)"