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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331096El Peruano sábado 21 de octubre de 2006 Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 –Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal de T arifa de Apellidos US$ por día de viáticos Aer opuerto US$ Días US$ US$ Paúl FernandoDuclos Parodi 754.24 200.00 2 + 1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, el referido funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03334-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°1260/RE Lima, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el 25 de octubre de 2006, se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, la III Reunión del Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política Perú-Chile (2+2), en cumplimiento de lo acordado por los Cancilleres de ambos países en el párrafo 23 del Comunicado Conjunto suscrito el 22 de agosto del presente año; Que, la realización de la próxima reunión de este mecanismo permitirá una mayor coordinación de acciones y acuerdos en el ámbito de seguridad y defensa, contribuyendo a fortalecer la relación bilateral sobre la base de la confianza mutua; Que, es necesario el concurso de funcionarios diplomáticos para apoyar a la delegación peruana que participará en el referido evento; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006 y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, integrando la delegación que participará en la reunión del III Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política Perú-Chile (2+2), quese realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 25 de octubre de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del citado funcionario diplomático serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 –Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal de T arifa de Apellidos US$ por día de viáticos Aer opuerto US$ Días US$ US$ Gonzalo Alfonso GutiérrezReinel 865.00 200.00 1 + 1 400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, el mencionado funcionario deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03334-2 SALUD /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C /G65/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G64/G65/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G22/G43/G61/G74/G65/G67/G6F/G72/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G22/G56 /G2E/G30/G32/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 980-2006/MINSA Lima, 18 de octubre del 2006 Visto: el Expediente N° 06-072320-001, que contiene el Memorándum N° 4700-2006-DGSP/MINSA, cursado por la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2006-SA, se aprobó el Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo; Que, por Resolución Ministerial N° 769-2004/MINSA del 26 de julio de 2004, se aprobó la Norma Técnica N° 021-MINSA/DGSP-V.01 denominada “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”; Que, la Décima Disposición Complementaria del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, dispone que el Ministerio de Salud adecue la Norma Técnica precitada a las disposiciones aprobadas en el reglamento; Que, en ese sentido, la Dirección General de Salud de las Personas ha elaborado el proyecto de Norma Técnica “Categorías de Establecimientos del Sector Salud” V.02, el mismo que resulta conveniente poner a disposición de la opinión pública interesada, con la finalidad de recepcionar las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuir a su perfeccionamiento; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 826-2005/MINSA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique en el portal electrónico