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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 21 de octubre de 2006 331097REPUBLICADELPERU del Ministerio de Salud, hasta por un período de treinta (30) días naturales, el proyecto de la Norma Técnica “Categorías de Establecimientos del Sector Salud” V.02. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 03321-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G61/G62/G69/G61 /G48/G75/G6D/G61/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 981-2006/MINSA Lima, 18 de octubre del 2006 Visto: el Expediente Nº 05-558405-001, que contiene el MEMORANDO N° 3600-2005-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N° 276-87-SA/DM, de fecha 23 de abril de 1987, se aprobaron las “Normas para el Control de la Rabia en el Perú”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0141-93-SA/ DM, de fecha 24 de marzo de 1993, se aprobó el “Manual de Técnicas y Procedimientos para el Control de Rabia Transmitida por Murciélagos”; Que, con la finalidad de actualizar y uniformizar los criterios y técnicas empleados en la prevención y control de la rabia en los establecimientos de salud del país, se ha elaborado la “Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de Rabia Humana en elPerú”; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Articulo 1°.- Aprobar la NTS N° 052-MINSA/DGSP- V.01: "Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de Rabia Humana en el Perú", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Dirección General de Salud de las Personas, en coordinación con la Dirección General de Promoción de la Salud, la Dirección General de Salud Ambiental, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la Dirección General de Epidemiología y el Instituto Nacional de Salud, se encargará de la difusión, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la mencionada Norma Técnica de Salud. Artículo 3°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la implementación, difusión y cumplimiento de la citada Norma Técnica de Salud, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4°.- La Oficina General de Comunicaciones publicará la referida Norma Técnica de Salud en el portal de Internet del Ministerio de Salud. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 276-87-SA/DM y la Resolución Ministerial Nº 0141- 93-SA/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 03321-2/G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61 /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 985-2006/MINSA Lima, 19 de octubre del 2006 Vista la renuncia formulada por la licenciada en administración Rosa Hilda Merino Cáceres; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 844-2004/ MINSA, de fecha 31 de agosto de 2004, se designó a la licenciada en administración Rosa Hilda Merino Cáceres, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la licenciada en administración Rosa Hilda MERINO CÁCERES al cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la médico cirujano Sandra Liliana TÁVARA TALLEDO, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 03321-3 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G22/G43/G6F/G6D/G70/G72/G61/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G45/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G41/G6D/G62/G75/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 991-2006/MINSA Lima, 20 de octubre del 2006 Visto: el Memorando N° 1683-2006-OGA/MINSA de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, mediante el cual se requiere incorporar por segunda vez en la relación de bienes aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 945-2006/MINSA de fecha 6 de octubre del 2006 y ampliados mediante Resolución Ministerial Nº 986-2006/MINSA de fecha 19 de octubre del 2006, aquellos bienes, omitidos en las relaciones aprobadas; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28880 aprobó un crédito suplementario para proveer recursos a favor de diversos sectores, a fin de que los mismos sean destinados a la ejecución de actividades y proyectos de inversión de índole y efecto social, cuya realización debe efectuarse de manera inmediata considerando su impacto en la población más pobre del país; Que, por Decreto de Urgencia N° 024-2006, se aprueba el mecanismo especial en materia de contrataciones y