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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

327901El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUdías. Documentación sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. Además de los requisitos generales: Decreto Supremo Nº 015- . Partida de Matrimonio Civil de reciente expedición (máximo 3 meses de En el caso de matrimonios celebrados en el 98-PCM (25.04.1998) Art. antigüedad). extranjero, para su validez, deberá ser inscrito en 3º . el Consulado Peruano del país donde se celebró o deberá inscribirse dentro de los 90 días contados a partir del ingreso al territorio nacional de los contrayentes; caso contrario, deberá hacerlo judicialmente. Casos de excepción en la fecha de celebración del En el caso de matrimonios celebrados antes de la matrimonio: vigencia del Código Civil de 1936, se requerirá unicamente copia certificada de Partida de Matrimonio Religioso. . Si falleció por accidente, Parte Policial y/o Certificado de Necropsia. . Si existiese(n) hijo(s) en común, Partida de Nacimiento de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).. Si la viuda se encontrase en estado grávido, certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha de fallecimiento del causante. Asimismo, si el causante es mujer: . Si el solicitante es menor de 60 años de edad, Certificado Médico de Invalidez del solicitante (viudo).. En su defecto, si es mayor de 60 años de edad, declaración jurada de haber dependido económicamente de la causante y de no percibir renta. Decreto Supremo Nº 057- 3.2. SOLICITUD DE PENSIÓN DE ORFANDAD Gratuito 1 año y 3 Oficina de Jefe de la División Reconsideración Transcurrido 90 días sin pronunciamiento de la 2002-EF (06.04.2002) meses Orientación y de Calificaciones : División de Entidad, se deberá pagar pensión provisional en Art. 5º. Recepción a nivel y/o Calificaciones. mérito a la Ley Nº 27585. nacional. Coordinadores Apelación: Reconsideración al Jefe de la División de Departamentales, Gerencia de Calificaciones. Plazo: 15 días. según Operaciones (Disp. . Resuelve el Jefe de la División de Calificaciones.- corresponda. Transitoria de la Ley Plazo: 30 días. Nº 28040). Documentación sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. Apelación al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 días. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 días. Documentación sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. Además de los requisitos generales: Decreto Supremo Nº 014- . Partida de Nacimiento de reciente expedición (máximo 3 meses de 74-TR (07.08.1974) Art. antigüedad), de hijos menores de 18 años, hijos inválidos e hijos mayores56º. Decreto Legislativo Nº de 18 que estudian. 295 (25.07.1984) Arts. 502º al 563º. Sentencia delTribunal Constitucional del 3 de junio de 2005, Expediente Nº 0050-2005- AI y otros. . Certificado(s) y/o Constancia de Estudios ininterrumpidos de nivel básico o superior de hijos mayores de 18 años, precisando el período de estudios que cursa. . De no ser el padre o madre el que solicitara, deberá presentarla el Tutor oTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1) N° Denominación del Requisitos (2)Derecho CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad compe- Autoridad que Observaciones Procedimiento (Base de Pago donde se tente para resolver resuelve el Legal y Fecha de (3). inicia el en primera instancia recurso Publicación) trámite el trámite administrativo Auto- Ev aluación Previa mática Positivo Negativo