Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1)
Derecho de Pago (3). Automatica Positivo Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). Negativo Evaluacion Previa CALIFICACION Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para resolver en primera instancia el tramite Autoridad que resuelve el recurso administrativo Observaciones

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Denominacion del Procedimiento (Base Legal y Fecha de Publicacion)

Requisitos (2)

Decreto Supremo Nº 01474-TR (07.08.1974) Art. 30º.

MORDAZA simple legible de:

R

EP

UB

LICA DEL P E
R
U

Documento de identidad vigente del solicitante y/o apoderado.

NORMAS LEGALES

Decreto Supremo Nº 011-74TR (31.07.1974) Art. 31º. Ley Nº 27023 (24.12.1998) 2º parrafo del Art. 1º. Ley Nº 27444 (11.04.2001), Art. 115º, 115.1; Codigo Civil, Art. 155º. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones y/o Coordinadores Departamentales, segun corresponda.

. Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. (4) Resolucion aprobatoria de bonificacion o MORDAZA resolucion de prorroga de bonificacion (mostrar si la tuviere).*

Documentacion sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. Apelacion al Gerente de Operaciones. Plazo:15 dias. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo:30 dias. .Documentacion sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. El poder general se formaliza mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado. Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente debera precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerira de Poder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Debera ser formalizado a eleccion del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Publico autorizado para el efecto o mediante declaracion en comparecencia personal del administrado y representante ante la Autoridad. Adicionalmente puede presentar: MORDAZA legible del ultimo cupon de pago de pension. Certificado Medico en donde se aprecie la Gran Invalidez, expedido por: EPS, ESSALUD o MINSA. *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su MORDAZA coadyuvara a realizar un tramite mas expeditivo. Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). Reconsideracion al Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 15 dias. . Resuelve el Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 30 dias. . Documentacion sustentatoria. . No necesita la firma de abogado. Apelacion al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 dias. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 dias. . Documentacion sustentatoria. . No necesita la firma de abogado.

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PRORROGA DE PENSION DE ORFANDAD

Solicitud segun formato autorizado adjuntando:

El Peruano martes 12 de setiembre de 2006

Ley Nº 27444 (11.4.2001), Art. 115º, 115.1; Codigo Civil, Art. 155º.

REQUISITOS GENERALES MORDAZA simple y legible del documento de identidad del solicitante y/o apoderado. . Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. (4)

El poder general se formaliza mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado. Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente debera precisarse el alcance y sentido de las mismas,

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