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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

327907El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1) N° Denominación del Requisitos (2)Derecho CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad compe- Autoridad que Observaciones Procedimiento (Base de Pago donde se tente para resolver resuelve el Legal y Fecha de (3). inicia el en primera instancia recurso Publicación) trámite el trámite administrativo Auto- Ev aluación Previa mática Positivo Negativo Decreto Supremo Nº 015- . Partida de nuevo Matrimonio de reciente expedición (máximo 3 meses de En el caso de matrimonios celebrados en el 98-PCM (25/04/1998) Art. antigüedad). extranjero, para su validez, deberá ser inscrito en 3 el Consulado Peruano del país donde se celebró o deberá inscribirse dentro de los 90 días contados a partir del ingreso al territorio nacional de los contrayentes; caso contrario, deberá hacerlojudicialmente. SOLICITUDES ESPECIALES RELACIONADAS AL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE PRESTACIONES - D.L 19990 8 PRORROGA DE Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito 30 días Oficina de Jefe de la División Reconsideración Reconsideración a l Jefe de la División de PENSION POR Orientación y de Calificaciones : División de Calificaciones. Plazo: 15 días. INVALIDEZ Recepción a nivel y/o Calificaciones. . Resuelve el Jefe de la División de Calificaciones. nacional. Coordinadores Apelación: Plazo: 30 días. Departamentales Gerencia de .Documentación sustentatoria.según Operaciones (Disp. . No necesita la firma de abogado. corresponda. Transitoria de la Ley Apelación al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 Nº 28040). días. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 días. . Documentación sustentatoria. .No necesita la firma de abogado. Decreto Supremo Nº 011-74 Copia simple legible de: TR (31.07.1974) Art.31º.Ley Nº 27023 (24.12.1998) . Documento de Identidad vigente del solicitante y/o apoderado. 2º párrafo del Art. 1º.Ley Nº 27444 (11.04.2001), . Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero. El poder general se formaliza mediante simple Art. 115º, 115.1; Código Civil, Poder Especial si además se faculta al apoderado a firmar Declaraciones designación de persona cierta en el escrito, o Art. 155º. Juradas. (4) acreditando una carta poder con firma del administrado. Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente deberá precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerirá de Poder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Deberá ser formalizado a elección del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Público autorizado para elefecto o mediante declaración en comparecencia personal del administrado y representante ante la Autoridad. . Resolución aprobatoria de pensión o última Resolución de prórroga de *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pensión (mostrar, si lo tuviere).* pero su presentación coadyuvará a realizar un trámite más expeditivo. . Certificado Médico de Invalidez, expedido por EPS, ESSALUD o MINSA; Adicionalmente puede presentar: en caso que la pensión, inicialmente se haya otorgado con carácter . Copia legible del último cupón de pago de temporal. pensión. 9 PRORROGA DE Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito 30 días Oficina de Jefe de la División Reconsideración Reconsideración a l Jefe de la División de BONIFICACION POR Orientación y de Calificaciones. : División de Calificaciones. Plazo: 15 días. GRAN INVALIDEZ Recepción a nivel Calificaciones. . Resuelve el Jefe de la División de Calificaciones. nacional. Apelación: Plazo: 30 días.